¿Debe pasar a nivel 4 de alerta sanitaria la isla de Tenerife?: esto dicen los datos

Karen Estévez

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El Consejo de Gobierno afronta este jueves una jornada de revisión de los niveles de alerta y las restricciones en las islas cargada de complejidad: deberá decidir qué hacer con Tenerife, cuya curva de contagios asciende sin control a pesar de encontrarse en nivel 3 de alerta sanitaria desde hace ya dos semanas.

Según el último informe epidemiológico, que utiliza el Consejo como orientación para tomar sus decisiones, las incidencias acumuladas a 7 y 14 días se apuntan en riesgo extremo en Tenerife, con 166,27 casos por cada 100.000 habitantes en una semana y 279,99 en dos.

Cabe señalar que para que pasar a nivel 4 de alerta, desde la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias se expone que se deben cumplir dos requisitos: por un lado, tener dos indicadores del bloque sanitario en riesgo muy alto (marrón), es decir, las incidencias, la positividad o la trazabilidad; y por otro, al menos un indicador en riesgo muy alto en el bloque de la capacidad asistencial (ocupación hospitalaria y de camas UCI).

Tenerife cumple con uno de estos requisitos, pintando de marrón sus incidencias a 14 y 7 días, como se indicó anteriormente. No obstante, mantiene en riesgo medio y bajo su capacidad asistencial, en gran medida, gracias al avance de la vacunación en mayores de 65 años, quienes sufren las peores consecuencias de la enfermedad. De hecho, la incidencia de la COVID-19 en estas edades se apunta en riesgo medio en la isla.

El cambio de paradigma, gracias al gran número de personas ya inmunizadas y el bajo porcentaje de pacientes en cuidados intensivos, ha provocado, por ejemplo, que hace dos semanas se decidiera pasar a la isla a nivel 3 de alerta sanitaria aunque tampoco en este caso se cumplieran los requisitos necesarios.

Nivel 4 en Lanzarote a principios de enero

Fue el pasado mes de enero cuando las islas estrenaron el nivel 4 de alerta sanitaria, siendo Lanzarote y La Graciosa las primeras islas en padecer sus duras restricciones. En aquel momento, los indicadores epidemiológicos sí dejaban muy claro qué debía ocurrir con las medidas de estas islas, como se puede comprobar en la siguiente tabla publicada en el informe a finales de aquel mes.

Ahora se hace más compleja la toma de decisiones, y se toman en cuenta otras circunstancias. No hay que olvidar que el fin del estado de alarma, a principios de mayo, hace más compleja la tarea de tomar ciertas medidas restrictivas, ya que pueden ser tumbadas por la Justicia. Así ocurrió con el toque de queda también en el mes de mayo, que echó por tierra el Tribunal Supremo, o más recientemente, la anulación del cierre del interior de los locales de restauración por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que ha traído de cabeza a expertos, ciudadanía y políticos isleños.

En todo caso, de pasar a nivel 4 de alerta sanitaria, estas serían algunas de las medidas que podrían afectar a los isleños:

Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. En el nivel de alerta 4, la permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado cerrados o al aire libre queda limitada a dos personas, salvo en hostelería y restauración.

Limitación de cierre a las 18.00 en todas las actividades, servicios o establecimientos, salvo la actividad industrial y el comercio mayorista; comercios minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; centros y servicios sanitarios, centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, academias de idiomas y de refuerzo educativo de asignaturas incluidas en planes de estudios de educación reglada, conservatorios y escuelas de música; servicios profesionales, servicios de seguros, y empleados del hogar; servicios públicos esenciales; servicios sociales y sociosanitarios; centros o clínicas veterinarias; establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustibles para automoción; alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos; servicios de entrega a domicilio; comedores sociales; servicios funerarios y velatorios; centros deportivos al aire libre para la práctica deportiva individual; centros para la ejecución de medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores y puntos de encuentro familiar; restaurantes y cafetería para la entrega a domicilio y recogida en el local; establecimientos de restauración integrados en establecimientos de alojamiento turístico exclusivamente para el uso de sus clientes, centros sanitarios, establecimientos con servicios de comedor de carácter social y de centros de trabajo destinados a sus trabajadores y de centros de educación.

Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. En el nivel de alerta 4, no se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre, quedando prohibido el servicio en zonas interiores. La ocupación máxima por mesa será de 4 personas y está prohibido el consumo en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 18.00 horas. Se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local y la entrega a domicilio hasta las 22.00 horas.

Práctica deportiva. Al aire libre solo se permite el deporte individual y aquel en el que se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente. No podrán practicarse deportes de equipo ni aquellas prácticas y ejercicios en los que no se pueda garantizar esa distancia. La práctica de actividad física y deportiva en zonas interiores de instalaciones y centros deportivos queda prohibida. Durante la vigencia del nivel de alerta 4 se prohíbe cualquier tipo de actividad física o práctica deportiva no profesional en la que no se pueda mantener la distancia interpersonal de 2 metros en todo momento, incluidos los deportes de equipo, si bien podrán realizarse entrenamientos y actividad física en las que se garantice esa distancia.

Eventos deportivos. Podrán celebrarse eventos profesionales y, para el caso de los no profesionales, solo aquellos en que los deportistas o jugadores puedan mantener la distancia de seguridad de dos metros permanentemente. En ningún caso se permite la asistencia de público, salvo en el caso de acompañamiento a menores.

Centros hospitalarios y centros de atención sociosanitaria. En los centros hospitalarios se suspenden las visitas externas salvo en el caso de menores de edad, gestantes, de acompañamiento a pacientes terminales y de aquellas otras situaciones clínicas que se consideren necesarias a criterio del facultativo. En las residencias de mayores, se suspenden las salidas de los residentes fuera de los centros y las visitas externas, salvo en el caso de acompañamiento a pacientes terminales y aquellas otras situaciones que se consideren necesarias a criterio de la dirección del centro por motivo sanitario. De esta limitación estarán exentos aquellos pacientes que sean casos confirmados con infección resuelta. Además, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte del personal que tenga atención directa con los pacientes en esos centros, así como reforzar la ventilación.

Transporte público. En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, queda reducido su aforo al 50%. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables. Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, lo que incluye no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.

Establecimientos y locales de juegos y apuestas. En el nivel de alerta 4, los locales de actividad recreativa de juegos y apuestas permanecerán cerrados.