Archivada la denuncia por prevaricación contra el exalcalde de San Bartolomé de Tirajana por el nombramiento del jefe de Policía

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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La magistrada titular del Juzgado de Instrucción 2 de San Bartolomé de Tirajana, Yanira del Carmen González, ha archivado la denuncia presentada el año pasado contra Marco Aurelio Pérez, exalcalde de este municipio del sur de Gran Canaria, por un presunto delito de prevaricación en los sucesivos nombramientos de Isidro Armas como comisario de la Policía Local. Unas designaciones que se formalizaron entre los años 2013 y 2016 a través de diferentes fórmulas. Primero, con una comisión de servicios desde el Cuerpo Nacional de Policía. Después, con su elección como asesor en materia de seguridad. Por último, con un polémico proceso selectivo por el sistema de turno libre, convocado a pesar de las advertencias, entre otros, del Gobierno de Canarias, que insistía en que debía ser por promoción interna. 

En un auto notificado a las partes este jueves, la jueza ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa al no apreciar indicios suficientes de la comisión de un ilícito penal por parte del dirigente del Partido Popular-Agrupación de Vecinos (PP-AV), ahora consejero en la oposición en el Cabildo de Gran Canaria. La resolución judicial se basa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, a través de la mención a sentencias dictadas en 2004 y años anteriores, para explicar que la sanción penal por prevaricación no se impone por la mera ilegalidad del acto administrativo, en este caso el nombramiento del comisario, sino por su “arbitrariedad” y porque haya sido firmado “a sabiendas de su injusticia”, circunstancias que, a juicio de la magistrada, no concurren en esta causa. 

La primera designación de Armas como comisario se conoció el 1 de marzo de 2013, en un pleno municipal y en el turno de ruegos y preguntas. Marco Aurelio Pérez anunció en ese momento, tras la interpelación de un concejal de la oposición, que el funcionario de la Policía Nacional, que entonces tenía 33 años, asumiría el puesto de máxima responsabilidad en el cuerpo de seguridad local a través de una comisión de servicios y con el beneplácito del entonces jefe de Recursos Humanos, Antonio Muñiz, que días antes había firmado un informe en calidad de secretario para facilitar la adscripción de Armas a la plantilla. 

Ese nombramiento inicial fue anulado apenas 35 días después por el alcalde tras el revuelo generado en el municipio. La Asociación de Jefes y Subjefes de las Policías Locales de la provincia de Las Palmas (AJEPOL) denunciaron que el Ayuntamiento había utilizado una fórmula “ilegal”, la comisión de servicios de un funcionario que formaba parte de la Administración General del Estado (es inspector de la Policía Nacional desde 2008) y que, por tanto, no podía enrolarse en la Policía Local mediante esta vía. Para el presidente de este colectivo policial, José Luis Herrera, la vía de urgencia utilizada por la corporación local entonces liderada por Pérez pretendía “enmascarar” una elección “a dedo”, sin publicidad y sin que pudieran optar a la plaza otros aspirantes. 

Herrera declaró el pasado mes de diciembre en calidad de testigo y defendió que para acceder a la jefatura de la Policía Local es necesario ser miembro de un cuerpo de seguridad de ámbito municipal. La asociación policial que preside cuestionó además los méritos académicos de Armas para el desempeño del cargo, ya que no disponía de la licenciatura requerida, sino de dos diplomaturas (Ingeniería Técnica Industrial y Ciencias Policiales). En su comparecencia en sede judicial, el actual comisario de San Bartolomé de Tirajana sostuvo en cambio que, desde hace unos años, la categoría de inspector es equivalente a una licenciatura. 

Pese a la anulación de su nombramiento inicial en comisión de servicios, Armas se mantuvo en el Ayuntamiento como asesor en materia de seguridad, un cargo que le reportaba unos ingresos anuales superiores a los 60.000 euros y en el que siguió hasta julio de 2015, fecha en la que se resolvió el proceso selectivo para proveer la plaza, convocado por el sistema de turno libre. Al concurso se presentaron nueve candidatos y el elegido fue Armas. 

Ese procedimiento acabó judicializado y anulado en primera instancia en abril de 2017. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Las Palmas de Gran Canaria sentenció que el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana había vulnerado la normativa autonómica, que obligaba a convocar el concurso mediante la fórmula de promoción interna y, por tanto, sacaba a Isidro Armas de la ecuación. El mismo argumento esgrimido por el Gobierno de Canarias, por la asociación policial e, incluso, por el actual jefe de departamento de la asesoría jurídica del Ayuntamiento. Sin embargo, dos años y medio después, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acabaría salvando la plaza del comisario por una cuestión de forma y sin entrar en el fondo del litigio. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal canario dictaminó que el sindicato CCOO no tenía legitimación para recurrir la resolución del concurso convocado porque sus representantes habían estado presentes en las negociaciones de la oferta pública de empleo. 

En el ámbito contencioso administrativo, tanto un subcomisario de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana, a finales de 2019, como la comisaria de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria, en febrero de 2020, presentaron sendos escritos solicitando la “revisión de actos nulos”, es decir, la anulación del nombramiento de Isidro Armas por las infracciones en las que, a juicio de estos dos funcionarios, incurrió el Ayuntamiento de la localidad sureña a la hora de convocar la plaza de comisario por el sistema de turno libre y no por promoción interno. Este litigio se dirime en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de la capital grancanaria, donde la representación letrada de Armas pidió hace escasas fechas su suspensión hasta que se resolviera la causa abierta contra Marco Aurelio Pérez por presunta prevaricación. 

Las diligencias penales se abrieron en mayo de 2020. Fue la Fiscalía la que llevó el asunto a los juzgados de San Bartolomé de Tirajana después de tener conocimiento de los hechos a través de la denuncia presentada por el empresario Juan Manuel Pérez León. Contra el auto de archivo se puede interponer recurso de reforma en el plazo de tres días o de apelación en cinco. 

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