El Tribunal Supremo ha sentenciado que la agresión que sufrió una mujer por su expareja en Fuerteventura fue un intento de homicidio y no un delito de lesiones como había determinado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por lo que confirma la condena de 14 años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial.
Esta condena había sido rebajada a seis años y medio de prisión por el TSJC, fallo que ahora anula el Supremo.
La sentencia recuerda que el acusado mantuvo una relación con la víctima durante tres años que acabó a principios de 2021 y la agresión se produjo cuando el hombre de forma sorpresiva y ocultando su identidad con una peluca, mascarilla y capucha, le clavó de forma repetida un cuchillo en varias partes del cuerpo hasta que una persona consiguió agarrarlo y detener la agresión.
Durante el tiempo en el que acuchillaba a su expareja repetía frases como: “voy a matarte” o “arruinaste mi vida” y como resultado de la agresión la mujer sufrió varias heridas y cortes en las manos y en la caja torácica, hematomas y excoriaciones compatibles con el uso de arma blanca, que tardaron 63 días en curar de los que 33 causaron un perjuicio leve en su calidad de vida y 30 moderado.
En primera instancia la Audiencia Provincial concluyó que se estaba ante un intento de asesinato pero continuación pocos meses después el TSJC estimó en parte el recurso del procesado, revocó el fallo y emitió uno nuevo en el que calificaba los hechos como un delito de lesiones por lo que rebajó la pena.
La víctima interpuso un recurso ante el Supremo que en enero de 2025 anuló esta última sentencia y remitía las actuaciones al momento anterior al último pronunciamiento para que emitiera una nueva, “subsanando los graves defectos” apreciados.
En marzo de este año el TSJC desestimó el recurso del procesado y confirmó la condena impuesta por la Audiencia Provincial a 14 años de cárcel y pago de la mencionada indemnización que de nuevo fue recurrida ante el TS, esta vez por el condenado.
Ahora se ha emitido este último pronunciamiento en el que se reafirma que se está ante un intento de asesinato con los mencionados agravantes y no de lesiones.