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La Audiencia revoca la anulación de hipotecas en Lanzarote con intereses “usurarios”

Oficina de Bankia.

Manuel Riveiro

Arrecife —

En abril de 2013, el entonces titular del Juzgado número 4 de Arrecife, Juan José Cobo Plana, dictó una batería de resoluciones judiciales en las que no sólo rechazaba los desahucios de propiedades inmobiliarias instados por los bancos sino que anulaba las escrituras de los préstamos que habían concedido y también las hipotecas. Una auténtica ‘revolución’ judicial en contra de los bancos que ahora la Audiencia Provincial ha echado por tierra.

El juez Cobo Plana se basaba para anular los préstamos y las hipotecas en la consideración de que eran ilegales por tener un interés de demora “abusivo y usurario”, que en algunos casos era del 18,5 por ciento anual y en otros llegaba al 20,5 por ciento.

Las resoluciones de Cobo Plana fueron dictadas en procedimientos en los que los bancos estaban ejecutando las hipotecas para quedarse con las propiedades y al anular tanto los préstamos como las hipotecas paralizaba los desahucios.

La ‘doctrina Cobo Plana’ se plasmó en numerosos casos en los que condenaba el “abuso inmoral” que supone “que las entidades financieras sigan fijando y manteniendo unos tipos de intereses moratorios superiores a los intereses básicos que rijan en cada momento en el mercado hipotecario” y que en los casos que tramitó variaba entre el 3,6 y el 6,1 por ciento anual.

“La concepción de los intereses moratorios como una sanción o pena por el incumplimiento de la obligación de pagar las cuotas del préstamo hipotecario carece de sentido en la actualidad”, reiteraba el juez Cobo Plana en sus autos, ahora anulados por la Audiencia Provincial.

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