El Cabildo de Gran Canaria sancionará las denuncias falsas de acoso laboral tras el caso de Juan Domínguez

Sede del Cabildo de Gran Canaria.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

El Cabildo de Gran Canaria aprobó el pasado 13 de febrero un protocolo de actuación frente al acoso laboral en el que, entre otras cuestiones, advierte de que abrirá expediente disciplinario a aquellos trabajadores de la corporación que interpongan  una denuncia falsa o de mala fe. El decreto fue ratificado ocho días después de que una funcionaria de la institución declarase ante la Fiscalía Provincial de Las Palmas por una denuncia contra Juan Domínguez por un presunto caso de 'mobbing' -finalmente archivado- y seis días antes de que lo hiciera el vicepresidente y consejero de Empleo, Industria, Comercio y Artesanía.   

El protocolo está firmado por la titular accidental del órgano de apoyo al Consejo de Gobierno insular, Carmen Delia Morales, que también fue denunciada por la mencionada funcionaria del Cabildo, de quien fue jefa durante un periodo entre 2008 y 2009. El texto, que aún  no ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Las Palmas,  amenaza con sanciones a quien aporte datos o testimonios falsos en alguna de las dos fases de investigación interna que prevé el procedimiento.

La denuncia por acoso laboral de la trabajadora contra Domínguez y otros tres funcionarios fue archivada por el fiscal Miguel Pallarés, que vio “excesivamente genérica e inconcreta” su exposición y recordó que para que exista este delito es preciso acreditar que ha habido “actos reiterados que supongan hostilidad o humillación”.  La empleada había afirmado sentirse intimidada y coaccionada por el vicepresidente para que firmara un expediente del área de Empleo en una reunión celebrada en agosto de 2014 en el despacho de Domínguez.

En este sentido, el documento aprobado por el Cabildo deja fuera del protocolo “las acciones de violencia en el trabajo realizadas desde una posición prevalente de poder respecto a la víctima, pero que no sean realizadas de forma reiterada y prolongada en el tiempo”.  Añade el texto que aunque pueda tratarse de situaciones de maltrato psicológico en el trabajo, similares a las incluidas en los casos de mobbing, deben darse los componentes de repetición y duración para que se active un protocolo en el que no entrarán las acciones esporádicas (“que serán sancionadas de acuerdo a la normativa aplicable”) ni aquellas situaciones que sean denunciadas “en una fase precoz”.

Tampoco se considerarán acoso laboral “las amonestaciones fundadas por no realizar bien el trabajo”, siempre que no contengan “descalificaciones improcedentes”, ni aquellos casos en los que las pruebas presentadas, aun sin ser falsas, sean inconsistentes.

Dos fases para valorar si hay acoso

El protocolo aprobado por el Cabildo garantizará, según la institución, la mayor “diligencia, sigilo y confidencialidad” en la tramitación de las denuncias, para las que se ha elaborado un modelo de instancia en la intranet. En una primera fase será el servicio de Gestión Económica y Administrativa de Recursos Humanos el que decidirá si la denuncia se admite o no. Para ello solicitará el informe de un técnico especialista en el área de Psicosociología del servicio de Prevención de Riesgos Laborales, que se entrevistará con los implicados.

El informe de valoración inicial, que deberá redactarse en un plazo inferior a los 20 días desde la presentación de la denuncia, será la base para que el consejero responsable del área de personal dicte su propuesta de resolución. El procedimiento  contempla tres opciones: el archivo de la denuncia (por desistimiento, falta de indicions o resolución del conflicto), la incoación de un expediente disciplinario por la comisión de una falta muy grave de acoso laboral (si los indicios son claros) o su remisión a un Comité Asesor creado a tal efecto (en el caso de que las pruebas no sean concluyentes).

En esta segunda fase será el consejero de Recursos Huamnos quien designará a los miembros del Comité Asesor, que abirá una investigación para determinar si ha habido alguna situación de acoso en el ámbito del trabajo. Este órgano deberá decidir si archiva la denuncia o si incoa un expediente disciplinario y pone los hechos en conocimiento de la Fiscalía.

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