Los estibadores presentan un preaviso de huelga a partir del 25 de noviembre

Imagen de archivo de un paro de los estibadores del Puerto de La Luz y de Las Palmas
Las Palmas de Gran Canaria —

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La Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), el sindicato de los estibadores en España, ha anunciado este jueves un preaviso de huelga a partir del 25 de noviembre.

En una nota remitida a los medios de comunicación, la Coordinadora asegura que “la dilación en la negociación del V Acuerdo Marco por parte de la patronal, Anesco, así como su ausencia de buena fe han llevado a los estibadores a presentar, esta mañana, un preaviso de huelga para el día 25 de noviembre, de 24 horas, y del 26 al 30 en horas alternas”.

Para los trabajadores, asegura, “es vital cerrar, sin demora, un marco normativo general que los ampare en las negociaciones de los convenios de cada uno de los puertos, más de treinta, pues según dicta el RDL 9/2019 el 31 de diciembre de 2019 habrán de estar adecuados a las normas legales que modifican el sistema portuario español, los Reales Decretos-leyes 8/2017, de 12 de mayo y 9/2019, de 29 de marzo”.

De no ser así, añade, “la profesión de la estiba quedará en un limbo legal sin ninguna garantía para los trabajadores, pues los convenios colectivos serán nulos”. La Coordinadora asegura que “no es la primera ocasión”, desde que se constituyó la Comisión Negociadora del V Acuerdo Estatal para la Regulación de las Relaciones Laborales en el Sector de la Estiba Portuaria hace dos años, que los empresarios muestran “esta actitud de bloqueo en la negociación”.

En su opinión, “parecía que desde que los Ministerios de Fomento y de Trabajo propusieron a los negociadores el nombramiento de dos presidentes de la Comisión Negociadora, expertos en materia laboral y de competencia, las reuniones se habían vuelto más productivas y ágiles y se lograron alcanzar aproximaciones sustanciales de las partes”. La nota continúa afirmando que “la Comisión Negociadora acordó abordar los aspectos específicamente laborales de las plataformas sindical y empresarial intercambiadas desde hacía más de un año”. Sin embargo, “frente a la posición de los sindicatos, de negociar sin solución de continuidad, se ha impuesto la de la parte empresarial, que convoca reuniones puntuales en las que, hasta ahora, no ha manifestado posición definitiva sobre las reivindicaciones de los trabajadores, por lo que la laxitud del proceso ha sido manifiesta”.

La Coordinadora explica que en la reunión del 12 de noviembre con los Ministerios de Fomento y de Trabajo, los sindicatos expusieron su voluntad, nuevamente, de negociar de forma continuada hasta concluir el día 13 con un preacuerdo. Sin embargo, afirma, “por decisión empresarial, se suspendió durante la noche y se retomó a la mañana siguiente”. Se convino entonces reanudar la sesión a las 16.00 pero, asegura el sindicato, “a la hora concertada los representantes de la patronal no acudieron al encuentro y, mediante llamada telefónica, comunicaron su imposibilidad de fijar una posición respecto al texto negociado y propusieron una nueva cita para la semana siguiente”.

Los trabajadores entienden que “la actitud mostrada por los empresarios, de manera reiterada, y agravada por la ausencia de comparecencia en la cita pactada, refiere una manifiesta vulneración de la buena fe en la negociación, la voluntad de dilación en la conclusión de la misma, además de una falta de respeto a los integrantes de la Comisión Negociadora”.

Esos son los motivos por los que la Coordinadora llama a la huelga “con la esperanza de que, esta vez sí, acepten negociar de buena fe las cláusulas del V Acuerdo Marco, para lo que se requiere la disposición a mantener una negociación activa de forma continuada hasta su conclusión”.

Procedimiento de la huelga

El procedimiento de la huelga será el siguiente: comenzará el día 25 de noviembre de 2019, durante 24 horas, iniciándose a las 08:00 del mismo día y finalizando a las 08:00 horas del día 26 de noviembre de 2019.

A partir de entonces, hasta el día 30 de noviembre se realizará mediante la modalidad de una hora de huelga y una hora de trabajo.

Se ejercitará el derecho a la huelga en las siguientes horas de cada día: de 9 a 10; de 11 a 12; de 13 a 14; de 15 a 16; de 17 a 18; de 19 a 20; de 21 a 22; de 23 a 24; de 01 a 02, de 03 a 04, de 05 a 06, de 07 a 08.

Al ejecutarse en horas alternativas no habrá cesación de los servicios y no afectará a las mercancías perecederas, peligrosas o a las que cubran necesidades estratégicas, al normal abastecimiento de la población ni al desarrollo de la actividad económica, por lo que entienden los convocantes que no se precisa el establecimiento de servicios mínimos.

De igual manera, la huelga no afectará al tráfico de pasajeros de líneas regulares.

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