Sí se Puede critica que La Laguna sea inflexible con el IBI de la Universidad

Facultad de Ciencias de la Información en el Campus de Guajara.

Tenerife Ahora

El concejal de Sí se puede en La Laguna, Juan Miguel Mena, asegura no entender poca flexibilidad que se está aplicando a la Universidad de La Laguna a la hora de cobrar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), reclamándoles más de 7 millones de euros por este concepto, especialmente cuando de forma reiterada el gobierno local de CC-PSOE se ha negado a cobrar este tributo a los bienes del Obispado en los que se realizan actividades empresariales.

El edil ecosocialista reconoce que aunque es cierto que en 2007 un cambio de normativa eliminó la excepción del IBI de la que disfrutaba la Universidad, la realidad es que tampoco se han preocupado por aplicar consideraciones existentes en la Ley Orgánica de Universidades por las que los municipios pueden aplicar descuentos de hasta el 95% de este tipo de impuestos.

“Creemos que este centro educativo público es una parte importante del municipio, un motor de actividad cultural, científica, social y económica que el Ayuntamiento parece despreciar”, explica.

En Sí se puede entienden que es difícil de entender que esto pase en un municipio en el que los tres grandes partidos han pactado para bloquear iniciativas concretas para reclamar el cobro del IBI a las propiedades de la Iglesia en las que se realizan actividades económicas, como la moción defendida en el Pleno de junio de 2012.

El Ayuntamiento alega en este caso que se deben acoger a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, así como el Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Desde Sí se puede consideran que la aplicación de estas normativas en este tipo de propiedades no se ajusta a la realidad de estas propiedades, que por otra parte por sus características no deberían tampoco acogerse al acuerdo con la Santa Sede sobre Asuntos Económicos de 1979.

Valor catastral

A este respecto recuerdan que el Obispado posee 42 propiedades en La Laguna con diversos usos y con un valor catastral total de 19.833.745,81 euros.

Entre los usos de estas propiedades aparecen 5 propiedades destinadas a obras de urbanización por valor de 1.048.523,09, 3 propiedades industriales por valor de 517.206 euros y oficinas con un valor catastral de 1.114.379 euros.

También señalan el caso del Seminario Diocesano, resultándole difícil de entender que una propiedad que ocupa en total 115.219 m2 y tiene 14.430 m2 construidos y un valor catastral de más de 13,5 millones de euros, no pague el IBI, cuando se trata de uno de los mayores centros de oficinas del municipio, albergando diversas actividades económicas, incluida una torre de telecomunicaciones.

Aclaran que no piden que se aplique el IBI al Obispado como norma, “creemos que hay espacios donde se realiza una gran labor social o cultural que deberían quedar exentos”. Indican que la Ley de Haciendas locales declaran exentos del impuesto los inmuebles que sean propiedad del Estado, de las CCAA y de las entidades locales que estén dedicados a los servicios educativos, incluso los inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros privados acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo.  

Mena considera que siendo conscientes de la importancia de la Universidad pública en el municipio, se deberían buscar fórmulas de colaboración que impida generar un castigo económico a esta institución y facilite que su oferta cultural y educativa se sume a la que realiza el municipio, compartiendo espacios públicos de gran interés colectivo.

En este sentido proponen que se establezca una comisión en la que la entidad local y la Universidad exploren la posibilidad de aplicar el artículo 74 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales que dispone que “Los ayuntamientos, mediante ordenanza, podrán regular una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles de organismos públicos de investigación y los de enseñanza universitaria”.      

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