Circuito del Motor

La Justicia reclama al Cabildo de Tenerife una nueva declaración de impacto ambiental sobre el Circuito del Motor

La Justicia ha vuelto a confirmar la caducidad de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Circuito del Motor de Tenerife. En una nueva sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TJSC) ha recordado al Cabildo que si las obras de un proyecto no comienzan dentro del plazo establecido desde la aprobación de la DIA, ''el promotor deberá iniciar nuevamente el trámite de evaluación ambiental del proyecto'' para ajustarse a la ley. Así, el Tribunal subraya que ''no debe ofrecer duda que el transcurso del tiempo sin materializar el proyecto reclama una nueva evaluación'' en la que serían aplicables los nuevos conocimientos y técnicas disponibles y una normativa actualizada ''más acorde con las nuevas exigencias ambientales''.

La sentencia, emitida el 10 de junio y notificada a las partes este martes, se refiere en concreto al Proyecto de adaptación del Parque Internacional del Motor al Plan de Defensa contra Avenidas, uno de los cuatro proyectos en los que la corporación dividió la obra que se lleva a cabo en el municipio de Granadilla. De este modo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dado la razón a la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) y ha desestimado el recurso presentado por el Cabildo contra la sentencia emitida en primera instancia.

Tras esta nueva victoria en los tribunales, ATAN solicitará al TSJC la paralización cautelar de las obras y exige a la corporación insular y a su presidenta, Rosa Dávila (CC), la paralización ''inmediata e incondicional'' de cualquier actuación relacionada con el Circuito del Motor. Además, la asociación pedirá la restauración del daño causado, devolviendo el lugar a su estado anterior.

La declaración de impacto ambiental fue aprobada en 2011 con la condición de que esta caducaría si los trabajos no comenzaban a realizarse en un plazo de cinco años. ''No cabe entender que cuando la DIA se refiere al inicio de las obras pueda admitirse la mera realización de unas primeras actuaciones para, después, dejarlas paralizadas indefinidamente'', subraya esta nueva sentencia en relación con la justificación del Cabildo, que defiende que debe tenerse en cuenta la fecha del acta de replanteo, ''curiosamente pocos días antes del cumplimiento'' del plazo establecido en la DIA.

La sentencia recoge además que, aunque la copia del acta de replanteo establecía que se iniciarían las obras al día siguiente, ''esto no fue así''. ''Viene reconocido en documentos técnicos del propio Cabildo de noviembre de 2022 en el que se constata que el grado de ejecución del Proyecto del Circuito del Motor era del 0,0%'', apunta el fallo.

El documento judicial establece que el nulo grado de ejecución de las obras es lo que motivó al Cabildo de Tenerife a resolver el contrato ''por el estado de abandono de las obras'' y apunta a un informe de Gestur que dice que ''con fecha 28 de julio de 2017, el Servicio Técnico de Innovación emite informe en el que se propone el inicio del expediente de resolución contractual por causa imputable al contratista debido al evidente estado de abandono de la obra, tras varias visitas realizadas, sin que por parte del contratista se haya aplicado ninguna medida correctora para subsanar sus retrasos''.

La segunda sentencia del TSJC

La de este 10 de junio es la segunda sentencia emitida por el TSJC sobre el Circuito del Motor, un proyecto que cuenta con una inversión inicial de 51 millones de euros de dinero público. La primera fue notificada en abril, y confirmaba la nulidad de otro de los planes en los que se divide la obra: el Proyecto de Explanaciones e Instalaciones para Graderíos Desmontables. Esta concluyó que las obras no se ejecutaron de forma real ni efectiva dentro de los plazos legales.

Estos son dos de los cuatro procedimientos que se siguen en este Tribunal sobre el Circuito del Motor y que se corresponden a los recursos de apelación interpuestos por el Cabildo (contra tres sentencias desfavorables) y de ATAN (contra una sentencia desfavorable). Las sentencias que están aún pendientes de resolverse en segunda instancia se refieren al Proyecto modificado del acceso norte al Complejo Deportivo Centro Insular del Motor de Tenerife y al Proyecto modificado de la pista de velocidad en el Parque Internacional del Motor de Tenerife.