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Los peritos desmontan la coartada de los acusados en el caso Eólico y confirman el cobro de comisiones ilegales

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

Dos peritos de la Policía Nacional han desmontado la coartada utilizada por los acusados del caso Eólico que siguen defendiendo su inocencia, el exdirector general de Industria del Gobierno de Canarias Celso Perdomo y la funcionaria del Cabildo de Gran Canaria Mónica Quintana, para tratar de justificar dos ingresos, uno de 14.052 euros y otro de 9.400, en la cuenta corriente que la segunda abrió en el Fortis Bank de Luxemburgo. Las defensas han sostenido durante la vista que esas transferencias fueron realizadas por el empresario Enrique Guzmán, uno de los cuatro procesados arrepentidos, como contraprestación a una supuesta labor de intermediación de Perdomo en la compra de una parcela en el municipio tinerfeño de Granadilla de Abona y la posterior construcción en ese lugar de una planta de producción de anhídrido carbónico de la sociedad Carboneco, que había alcanzado un acuerdo de suministro con la multinacional Coca Cola.

Este jueves han declarado en el juicio los autores del informe policial que concluyó, en el año 2006, que Perdomo y Quintana habían percibido esas cantidades en concepto de comisiones ilegales por la información privilegiada que el primero le había proporcionado a Enrique Guzmán para que se situase en una posición de ventaja en el concurso eólico con respecto a sus competidores. En una comparecencia conjunta, el instructor de la investigación policial, que ya había declarado en calidad de testigo, y el entonces jefe de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO) de Las Palmas, también máximo responsable del grupo de Blanqueo de Capitales, han ratificado las conclusiones de un informe que echa por tierra el argumento exculpatorio de los acusados.

Los peritos han explicado que en ningún momento se pudo acreditar durante las pesquisas esa labor de intermediación. Los investigadores interrogaron al propietario de la parcela, Luis Alberto Lara, y al constructor de la nave, Francisco José Delgado, y ambos coincidieron en que no conocían de nada a Perdomo ni a Quintana, salvo por lo que había aparecido en prensa. El primero, en consonancia con lo manifestado durante su declaración como testigo en el juicio, explicó que sus contactos eran los trabajadores de la inmobiliaria y que había mantenido reuniones con un representante de la empresa Carboneco y otras dos personas “de acento peninsular” para la venta de la parcela. Delgado, por su parte, dijo que el trabajo se lo encargó el director general de Carboneco desde Barcelona, aunque reconoció que Enrique Guzmán era uno de los participantes en esa operación.

Según los autores del informe, la documentación extraída de la cuenta de Guzmán en el Fortis Bank de Luxemburgo demostró que el empresario había cobrado por esos trabajos dos comisiones, una de 90.000 y otra de 40.000 euros, y que su intención era “eludir el pago de impuestos” en España.

Con posterioridad, Guzmán transfirió a la cuenta de Mónica Quintana en el mismo banco las cifras antes mencionadas, un total de 25.000 euros, unos ingresos que, puestos en relación con el contenido de las conversaciones telefónicas interceptadas durante la investigación, llevaron a la Policía Nacional a concluir que ese dinero correspondía a un pago del empresario por los favores prestados por el alto cargo del Gobierno regional en la tramitación del concurso eólico y no a esa supuesta intermediación.

El instructor de la investigación puso de relieve que, aún dando por buena esa justificación, la de la intermediación en la compra de la parcela de Granadilla, las cantidades tendrían que haber sido declaradas por Celso Perdomo y no por su entonces pareja, Mónica Quintana, puesto que en ese caso existiría “un efecto defraudatorio a Hacienda”.

Luxemburgo, paraíso fiscal

Para los peritos no es causal que las operaciones se realizaran a través de dos cuentas de un banco con sede en Luxemburgo y sucursal en Madrid. En su comparecencia de este jueves, recordaron que, en aquel momento y hasta diciembre de 2014, este país era considerado por España como un paraíso fiscal o “no colaborador” en la materia, que las transacciones estaban protegidas por el secreto bancario y que el objetivo era ocultarlas dada la falta de transparencia y la opacidad de la entidad.

Los investigadores policiales han relatado en la sesión de este jueves todas las vicisitudes y obstáculos que debieron sortear para poder dar con las claves de la trama, dadas las estrategias de los ahora acusados para ocultar las actuaciones presuntamente delictivas. “Hubiera sido imposible pillarles sin las conversaciones telefónicas”, afirmó uno de ellos.

Cuando el magistrado instructor del caso Eólico, Miguel Ángel Parramón, entonces titular del Juzgado de Instrucción 7 de Las Palmas de Gran Canaria, decidió bloquear las cuentas corrientes de varios acusados como medida cautelar, entre ellos las de Enrique Guzmán, Celso Perdomo y Mónica Quintana, el Fortis Bank de Luxemburgo constató que la pareja del principal acusado no tenía ningún producto abierto en la sucursal de Madrid, por lo que “formalmente las cuentas estaban aportadas” en el país centroeuropeo, explicó uno de los peritos.

Como era “evidente”, a tenor del contenido de las escuchas, que la acusada tenía un producto en ese banco, decidieron cursar una comisión rogatoria internacional a las autoridades luxemburguesas para acceder a esa información y comprobar que, efectivamente, Quintana era titular de una cuenta en el Fortis Bank asociada a una tarjeta “sin dibujo ni anagrama” que, además, no estaba en su poder, pero que fue encontrada en una entrada y registro en la casa de su hermana.

El instructor policial del caso Eólico ha dado por acreditado el ánimo defraudatorio de los acusados, que no comunicaron a Hacienda la apertura de esa cuenta corriente en el banco de Luxemburgo. La utilización de paraísos fiscales “es una circunstancia muy manida, muy usada en delitos de corrupción”, aseveró el perito. Según explicó, abrir una cuenta en ese país no es ningún delito, pero las transferencias deben ser declaradas a la Hacienda española y el dinero debe tener un origen legal, una condición que, en su opinión, no se daba en este caso, ya que procedía de una comisión que un empresario pagaba a un alto cargo del Gobierno para obtener ventaja en un concurso público.

Los investigadores explicaron que no solicitaron la declaración de la renta de la funcionaria del Cabildo de Gran Canaria correspondiente al ejercicio 2005 porque había sido detenida en febrero de 2006 y tenía de plazo para presentarla hasta el 30 de junio de ese mismo año, por lo que, al saber que estaba bajo la lupa de la Policía y de un juez, no se le podía dar el mismo valor.

Para los peritos, Quintana, que ejercía “de testaferro”, también mintió al banco luxemburgués al ocultar que su pareja ostentaba un cargo de responsabilidad en una administración pública, una circunstancia que le impedía abrir la cuenta, según las normas de la propia entidad.

En la sesión de este jueves también compareció la perito judicial María Teresa Ponga, que realizó la tasación de 19 libros que fueron adquiridos por Celso Perdomo y Mónica Quintana con cargo a las arcas de la Consejería de Industria del Gobierno de Canarias y comprobó, sobre la base de la factura de la librería Canaima, que se correspondían con precios de mercado. La prueba pericial se completó con la declaración de cuatro agentes de la Policía Nacional, dos de ellos por videoconferencia de Madrid, que se ratificaron en las conclusiones de un informe para la identificación de las voces que aparecen en las conversaciones interceptadas. Tanto Perdomo como Quintana se negaron en su momento a dejarse grabar en sede judicial para poder realizar el estudio, por lo que el informe no les afecta.

El veredicto, a partir del día 16

Concluida la fase de prueba, el juicio continuará el jueves 12 de julio con los conclusiones y los informes finales.  Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), el lunes 16 se reunirán los miembros del jurado popular con el presidente del tribunal, el magistrado Pedro Herrera, para concretar el objeto del veredicto y entregárselo al jurado, que podría comenzar sus deliberaciones, ya en régimen de aislamiento, ese mismo día por la tarde.

Aunque no hay un límite de tiempo para las deliberaciones, la ley establece que, pasados dos días desde  su inicio sin que el jurado haya entregado el acta de la votación, el juez podrá convocar una comparecencia. Los miembros del jurado se alojarán desde el lunes 16 en un hotel de la capital grancanaria con cargo a la Administración de Justicia.