El Gobierno canario crea y regula las nuevas categorías de enfermero y técnico

Imagen de un enfermero en un hospital

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El Consejo de Gobierno ha aprobado este lunes el decreto por el que se crean y regulan en el ámbito del Servicio Canario de la Salud (SCS) cinco categorías profesionales de Enfermería y cuatro de técnico.

El decreto también modifica la denominación de la categoría “Ayudante técnico sanitario-Diplomado universitario de Enfermería (ATS/DUE)”, para sustituirla por la de enfermero o enfermera.

El decreto ha recibido el informe favorable de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, el Consejo Consultivo de Canarias y la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.

Con su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), se hará efectiva la creación en el SCS de las categorías de enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Pediátrica, Enfermería de Salud Mental, Enfermería del Trabajo y Enfermería Geriátrica, dando así cumplimiento a lo previsto a nivel estatal en el real decreto 184/2015, de 13 de marzo.

Ese real decreto regula el catálogo homogéneo de equivalencia de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.

Asimismo, se crean las categorías de personal técnico especialista en Dietética y Nutrición, Documentación Sanitaria, Sistemas y Tecnologías de la Información y la de Técnico Auxiliar de Farmacia, a la vez que se modifica la denominación de la categoría ATS/DUE por la de enfermero.

Hasta el momento, el Ministerio de Sanidad no ha convocado la prueba de evaluación de la competencia que permite el acceso excepcional al título de enfermero especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria por los profesionales que acrediten haber ejercido como enfermero las actividades propias de la especialidad.

Por ello, la norma canaria prevé de forma transitoria que la creación de estas plazas en las plantillas orgánicas del SCS se realice de forma progresiva y con criterios de racionalidad, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Sanidad.

Dentro del catálogo vigente de categorías de personal estatutario se suprimen las pertenecientes a la extinta modalidad de prestación de servicios de cupo y zona, así como diversas categorías de personal estatutario de gestión y servicios que proceden del catálogo del Insalud y no cuentan actualmente con personal en las plantillas orgánicas de las Gerencias del SCS.

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