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El caos en la Agencia Tributaria Canaria obliga al Gobierno a ampliar a febrero la liquidación del IGIC y otros impuestos

La consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, Rosa Dávila.  EFE/Cristóbal García

Canarias Ahora

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El Gobierno de Canarias se ha visto obligado a ampliar a febrero el plazo que da a empresas y particulares para presentar las autoliquidaciones del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y otros tributos competencia de la Comunidad Autónoma, correspondientes al último cuatrimestre de 2018 y que vencen el 31 de enero.

En una orden fechada este último viernes por la consejera regional de Hacienda, Rosa Dávila, el Ejecutivo justifica la medida por la huelga que desde mediados de este mes mantiene el personal de la empresa pública recaudatoria de la Agencia Tributaria Canaria, Gestión Recaudatoria de Canarias, SA (Grecasa), que reclama al Gobierno canario la equiparación salarial con los empleados de la propia Agencia.

Rosa Dávila imputa en esa orden que el caos reinante en la Agencia Tributaria –así definido a este periódico por profesionales del sector, sobre todo durante esta última semana de vencimiento de plazos telemáticos entre el 21 y el 25- a la hora de gestionar la recaudación de tributos se debe al paro que “produce en ocasiones la imposibilidad de presentación de tales autoliquidaciones y declaraciones”.

Aún así, muchas de las gestiones se realizan telemáticamente, sin necesidad alguna de presencia física de los contribuyentes en las sedes de Grecasa que funcionan con servicios mínimos debido a la huelga. Fuentes del sector han asegurado a este diario que también durante las últimas horas se han visto con problemas en la web de la Agencia para cumplimentar la tramitación de esos tributos.

Por ello el Gobierno amplía al 15 de febrero el plazo de autoliquidación del IGIC y los impuestos sobre las Labores del Tabaco, del Arbitrio sobre Importaciones y Entrega de Mercancías (AIEM) y el Impuesto Especial sobre los derivados del petróleo, así como el de la declaración resumen anual de estos impuestos.

En el caso de los modelos de autoliquidación de los impuestos señalados cuyas deudas tributarias estén domiciliadas y deban pagarse el 15 de febrero, el plazo para tramitarlo en las correspondientes entidades bancarias vence el día 11, como suele ser habitual, cuatro días antes del plazo final. Precisamente ese último día debía ser el de este viernes 25 de enero, lo que desató gran inquietud en el sector.

También se ha ampliado al 15 de febrero la presentación del modelo 461 de declaración de operaciones accesoria al modelo 460, y del modelo 468 de comunicación de los precios medios ponderados de venta real del tabaco, y el del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como el de declaración censal.

La única autoliquidación que debe presentarse como muy tarde en diferente fecha, el 8 de febrero, es la de la Tasa Fiscal sobre el Juego correspondiente al ejercicio que vencía el 21 de enero.

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