La portada de mañana
Acceder
Los socios del Gobierno discuten el aumento del gasto en defensa
Mazón paga a las contratistas elegidas a dedo entre un 30% y un 300% más
OPINIÓN | ¿Con qué nos sorprenderá esta semana Trump? Por Isaac Rosa

La Justicia avala la legalidad de la entrada de Aminatou Haidar en España

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha avalado la entrada de Aminatou Haidar el pasado 14 de noviembre en Lanzarote por estar ajustada a la Ley española de Extranjería y a lo recogido en el convenio europeo de Schengen. A través de un auto dado a conocer este sábado, la juez da la razón a la Abogacía del Estado, que sostiene que haberla devuelto a El Aaiún, como solicitó la activista saharaui, hubiera provocado lo que se conocer como “viaje en órbita”.

En su auto, la juez María del Carmen Monte Blanco, que no entra en el fondo del recurso contencioso-administrativo presentado por la abogada de Aminatou Haidar, Inés Miranda, rechaza sin embargo las medidas cautelares solicitadas, esto es, la salida inmediata de la activista de España con dirección al Sáhara Occidental.

Aminatou Haidar interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la decisión de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Arrecife de impedirle salir del aeropuerto de Guacimeta el pasado 14 de noviembre. Ese recurso incluía la petición de medidas cautelares, consistentes en ordenar la autorización para que la activista pudiera viajar rumbo a El Aaiún, donde fue rechazada por las autoridades marroquíes el día 13 de noviembre, cuando llegó en compañía de dos periodistas españoles que hacían un reportaje sobre su actividad en favor de los derechos humanos y la libertad del pueblo saharaui.

La juez afirma que la policía de fronteras española actuó conforme a la ley admitiendo la entrada de Haidar en el aeropuerto de Lanzarote con el permiso de residencia en España, “válido para autorizar la entrada en territorio español”, pero no “a los efectos de autorizar la salida del territorio nacional con destino a un tercer Estado”.

En su auto, fechado el pasado día 4, la magistrada recuerda “la facultad discrecional de los servicios policiales de control de evaluar la oportunidad o conveniencia de permitir la salida en tales condiciones, no pudiendo desconocerse las especiales circunstancias que concurren en el presente caso, en el que es pública y notoria la voluntad de las autoridades marroquíes de impedir la entrada de la recurrente en dicho país, a cuyo regreso van encaminadas sus pretensiones, con el consiguiente riesgo de que se produzca la situación descrita por el abogado del Estado como 'viaje en órbita”.

Este auto no cierra la vía de que se analice el fondo del recurso de Aminatou Haidar sobre la actuación de la policía de fronteras española porque sólo se limita a rechazar las medidas cautelares solicitadas. Aún así, ya da por sentado que esa actuación policial fue ajustada a derecho.

Etiquetas
stats