El CCN reclama 19.000 euros de indemnización por un incendio en su sede

El empresario Ignacio González, padre, ha presentado una reclamación al Ayuntamiento junto con el resto de propietarios del edificio situado en la calle de La Rosa número 3 a través de la cual exige el pago de una indemnización de 19.000 euros por el incedio que se produjo en el mes de mayo de 2009 en este inmueble en el que se encontraba la sede del Centro Canario Nacionalista (CCN) que preside su hijo, Ignacio González. En concreto, el empresario es propietario de una de las plantas en la que se situaba la sede de la formación política por lo cual le correspondió el abono del 30% de la factura por el arreglo de los desperfectos en la fachada que originó el incendio, cantidad que ahora reclama que le sea devuelta.

Los hechos se produjeron el 29 de mayo del año 2009 a las seis de la mañana cuando ardieron varios contenedores y tuvieron que ser desalojados los vecinos de este edificio, sin que nunca se pudiera concretar exactamente si lo ocurrido se debió a un acto de vandalismo callejero o en contra de la formación política. Además, se da la circunstancia de que el edificio se sitúa en una zona declarada Bien de Interés Cultural (BIC) por lo que tuvo que pagarse una licencia de obra mayor para arreglar la fachada que sumó más de 2.000 euros. El grueso de la reclamación de estos vecinos se basa en que los contenedores estaban mal situados al ubicarse junto a una acera cuya anchura no supera el metro lo que aumentó las consecuencias del incendio además del agravante de tratarse de un edificio que tiene una especial protección. Lo cierto es que los depósitos de basura fueron retirados poco después y el CCN optó por buscarse una nueva sede.

En principio el Ayuntamiento ha rechazado la reclamación al considerar que no existe un nexo causal por lo cual los vecinos han interpuesto ya la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo. Los propietarios indican que no consideran que la Corporación local haya sido responsable, en ningún caso, de incompetencia a la hora de apagar el incendio sino de la colocación de los contenedores en un enclave que era inadecuado. La propia empresa encargada de la recogida de basuras ha argumentado que es el servicio municipal competente quien decide en cada momento la ubicación de los contenedores. “En efecto, el traslado implica reconocimiento del riesgo de daño que supone, en caso concreto de incendio, su anterior ubicación, muy cerca de un edificio catalogado y, por tanto, a proteger”, argumentó la concesionaria.

La propia empresa tendrá que elaborar ahora un informe en el que se especifique si efectivamente existe un riesgo “objetivable y previsible de despefectos o estragos para los edificios cercanos por la ubicación de contenedores a un metro o menos de distancia especialmente en caso de incendios”. En este informe Urbaser tendrá que concretar si hay antecedentes de esta eventualidad, siquiera como conato o pequeño incidente, en ese lugar o en otro de las cercanías, previsión de protección de edificios incluidos en el catálogo de Patrimonio histórico y sobre todo en casos como el mencionado. Igualmente, se deberán indicar por qué pese a la especial protección del entorno de El Toscal no se realizó un cambio de lugar de los contenedores antes del incendio.

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