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Tres ex concejales de Firgas, acusados de prevaricar

Los ex concejales del Ayuntamiento de Firgas (Gran Canaria) Alfonso Marrero Marrero, José Manuel Marrero Navarro y Asunción Nuez Arencibia, entonces del Centro Canario (CCN), acusados de un presunto delito continuado de prevaricación urbanística cometido en el año 1994, alegaron este miércoles que eran “prácticamente unos mandados” y hacían lo que el ex alcalde Francisco Ponce Gil les “decía”.

Así lo manifestaron los tres ex ediles durante el juicio celebrado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, al que no pudo asistir el ex regidor, de 77 años de edad y también imputado por el mismo supuesto delito en la causa, por problemas de salud.

La Fiscalía solicita en su escrito de conclusiones provisionales imponer a Ponce la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de doce años y para los entonces concejales Asunción Nuez Arencibia, José Manuel Marrero Navarro y Alfonso Marrero Marrero solicita inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años por otorgar sendas licencias urbanísticas a viviendas unifamiliares, a pesar de los informes técnicos y jurídicos desfavorables. Sin embargo, la defensa pide la libre absolución para sus clientes.

El que fuera primer edil Francisco Ponce fue condenado por sentencia de 10 de enero de 2002 a la pena de 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público como autor de un delito de prevaricación.

Normas anuladas del Plan de Ordenación del municipio

Según el escrito del Ministerio Público, en virtud del acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 14 de diciembre de 1990 fueron definitivamente aprobadas las normas subsidiarias del planeamiento municipal de Firgas, contra las cuales presentaron recursos de reposición en vía administrativa entre otros el Ayuntamiento de Firgas, ya entonces presidido por el alcalde Francisco Ponce, recursos que fueron parcialmente estimados mediante otro acuerdo de la comisión de 5 de julio de 1991.

Interpuesto recurso contencioso administrativo contra ambos actos y siendo parte el Consistorio, que se personó en el trámite de conclusiones alegando su inadmisibilidad, la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de 28 de julio de 1993 anuló ambos acuerdos por ser contrarios al ordenamiento jurídico.

Además, mediante auto de 16 de mayo de 1994 la misma sala ordenó ejecutar provisionalmente dicha sentencia, pese a la oposición del Ayuntamiento para impedir el desarrollo urbanístico conforme a las normas anuladas, al estimar que causaría a la entidad local demandada y a los particulares afectados mayores perjuicios que los derivados de la suspensión de la aplicabilidad de las normas anuladas.

El 18 de julio de 1994 el director general de Urbanismo del Gobierno de Canarias remitió escrito dirigido al entonces alcalde de Firgas requiriéndole para que la corporación se abstuviera de conceder licencias de obras en suelos clasificados como urbanos en las normas anuladas, limitándose a concederlas exclusivamente a los delimitados en 1974 y según el procedimiento legal, cumpliendo, entre otros, el informe preceptivo de dicho centro directivo en todos los proyectos para los que se solicitase licencia municipal de obras y debiendo acompañar el promotor, entre otros el visto bueno del técnico municipal.

Sin embargo, el día 2 de diciembre de 1994 se reunió en sesión ordinaria la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Firgas, a la que asistió Ponce y los entonces tenientes de alcalde Alfonso Marrero, José Manuel Marrero y Asunción Nuez, además del ex secretario municipal sin facultad de participar en la toma de decisiones.

Informes desfavorables

En dicha sesión se decidió otorgar sendas licencias urbanísticas para la construcción de viviendas unifamiliares, a pesar de los informes desfavorables del secretario del Ayuntamiento y de la oficina técnica municipal evacuados respectivamente en los expedientes urbanísticos municipales tramitados con carácter previo al otorgamiento de las licencias solicitadas.

La acusación pública insiste en que en ambos casos el fundamento de los informes desfavorables del secretario y del técnico municipal fue que habiendo quedado anuladas las normas subsidiarias del planeamiento de Firgas por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el suelo donde se solicitaba autorización para construir tenía la consideración de suelo rústico.

Por ello, los dos empleados municipales alertaron de que el Ayuntamiento no podía otorgar la licencia sin la previa autorización de la obra por la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias.

''Yo ignoraba lo que firmaba''

En cambio, el entonces concejal Alfonso Marrero argumentó este miércoles durante el juicio que “no tenía conocimiento de que las normas subsidiarias hubieran sido anuladas por el TSJC” y “firmaba todo lo que el alcalde decía”.

Además, admitió que “ignoraba lo que firmaba”. “Sinceramente nosotros no teníamos ni idea de cuestiones de medioambiente y no teníamos conocimiento de nada sino que hacíamos y votábamos lo que el alcalde decía”, alegó Marrero, que dijo no recordar su presencia en la comisión de gobierno que aprobó la concesión de dos licencias urbanísticas porque “hace 15 años que ocurrió”.

“Votábamos inconscientemente. Yo no sabía lo que firmaba porque tenía una tonga de expedientes en la mesa. A mí me ponían los expedientes delante y yo firmaba y eso era lo que se hacía en aquella época”, aseveró, al tiempo que dijo no recordar que fue presidente de la comisión informativa de Urbanismo. “Nosotros éramos prácticamente unos mandaos, unos ignorantes y prácticamente no nos enterábamos de nada”, reconoció.

''Había informes que no se leían''

Por su parte, el ex concejal José Manuel Marrero, indicó que “había informes que no se leían” y puede que “igual los de las licencias otorgadas fueran de las que no se leyeron en la comisión de gobierno”. “No fuimos informados de la sentencia de las normas subsidiarias y yo no lo conocía”, reiteró.

“Por el volumen de trabajo no se leían todos los expedientes, sino que se votaba lo que decía el alcalde”, destacó Marrero.

En los mismos términos se expresó Asunción Nuez Arencibia, que también dijo que no conocía la sentencia del TSJC que anulaba las normas subsidiarias ni recuerda que votara a favor de las licencias urbanísticas concedidas por el Consistorio. “No me acuerdo de eso, yo no llevaba obras y no estaba pendiente de eso. Se leían algunos de los informes pero no todos”, sentenció.

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