La sanidad canaria indemnizará con 600.000 euros a unos padres por la parálisis cerebral de su hijo
Una juez ha condenado la sanidad canaria a indemnizar a unos padres con 600.000 euros por la parálisis cerebral que sufre su hijo desde que nació, debido a que los médicos que atendieron el parto no observaron que presentaba síntomas de falta de oxígeno y no aplicaron una cesárea urgente.
Los padres demandaron al Servicio Canario de la Salud (SCS) cuando su hijo tenía 15 años, después de que la Dirección General de Políticas Sociales de la comunidad reconociera al menor la condición de gran dependiente, con una discapacidad del 79% en forma de graves limitaciones físicas y psíquicas que los propios neurólogos de la sanidad pública atribuyen al sufrimiento fetal perinatal.
El Hospital Materno Infantil de Gran Canaria alegaba en su defensa que su personal obró correctamente, que no incurrió en mala praxis y que no se dieron las circunstancias en el parto para apreciar que el feto sufría por hipoxia (déficit de oxígeno).
En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria desestima sus alegaciones, no solo porque el informe pericial aportado por los padres atribuye las secuelas que sufre el niño al sufrimiento durante el parto, sino porque los propios neurólogos del SCS que han examinado al menor entienden que su parálisis se debe a esa causa.
De hecho, añade la juez, el propio Consejo Consultivo de Canarias emitió un informe favorable a la demanda que formulaban los padres, al entender que los médicos que atendieron el parto cometieron “un error de diagnóstico grave” al no apreciar el sufrimiento fetal y decidir seguir esperando que se produjera un parto natural (que se demoró dos horas más), en lugar de realizar una cesárea urgente.
La magistrada Sagrario Tovar de la Fe resalta que las secuelas que sufre el joven como consecuencia de aquel error médico cometido en su nacimiento son “de extrema gravedad”, tanto las físicas como la psíquicas, y que todas ellas resultan además “irreversibles”.
Por ello, considera proporcionado otorgar a los padres la indemnización de 600.000 euros, más intereses, que solicitaba su defensa, ejercida por el letrado Agustín Domingo Acosta Hernández.