El hotel que burló la moratoria, el planeamiento, la Ley de Costas y no es ilegal

Vista del Royal Palm Resort & Spa.

Carlos Sosa

Las Palmas de Gran Canaria —

En el sector lo llaman el hotel del italiano porque su promotor es de esa nacionalidad y muy conocido en el municipio majorero de Pájara. Allí, desde principios de siglo manda en el urbanismo local el secretario general del PSOE de Fuerteventura, Blas Acosta, quien desde 2003 a 2011 ejerció formalmente de concejal del área con poderes muy superiores a los del alcalde, el todavía alcalde Rafael Perdomo, de su mismo partido. Acosta ejerce ahora de vicepresidente del Cabildo, donde también se ocupa de la política territorial y del turismo, las dos joyas económicas de la isla. Es la mano de Acosta la que está detrás de la historia del hotel que burló la moratoria, el planeamiento municipal y la Ley de Costas y todavía sigue siendo legal. Esta es la historia del Royal Palm Resort & Spa.

Como a otros muchos empresarios con intereses en el sector turístico de Canarias, al promotor Giovanni di Meglio le sorprendió en 2001 la ley de la moratoria turística, conocida formalmente como Ley 6/2001 de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del turismo. Tenía licencia de obras y autorización previa de la Consejería de Turismo para construir su hotel en Esquinzo desde 1999, pero llegada la fatídica fecha del 1 de enero de 2001 no pudo acreditar ante las administraciones que las obras estuvieran lo suficientemente avanzadas (10% de la edificación o la totalidad de la estructura) como para esquivar la moratoria. De hecho, el Royal Palm no comenzó los movimientos de tierra hasta entrado 2007.

Di Meglio veía peligrar una importante inversión, la que realizó en la compra de aquella parcela de 50.000 metros cuadrados, recalificada por el Ayuntamiento para dar salida a los propietarios del espacio protegido de El Saladar, un humedal de alto interés científico. Pero pese a tener licencia desde 1999 no había movido un bloque y se quedaba fuera de las excepciones a la moratoria. Sin embargo, en agosto de 2002 el promotor consigue del Ayuntamiento de Pájara un curioso pronunciamiento no vinculante: “la licencia concedida no se ve afectada por la Ley 6/2001, continuando dicha autorización en vigor hasta tanto no se resuelva lo contrario previa tramitación del correspondiente expediente”. Pero se hacía a continuación una advertencia: “No obstante ha de darse cumplimiento por la entidad interesada a todos los extremos que condicionaron en su día la referida licencia para que se pueda obtener la licencia urbanística de ejecución necesaria para el comienzo de las obras”. La secretaria general del Ayuntamiento prevenía de la exigencia de renovar la autorización previa de la Consejería de Turismo que el promotor había obtenido también en 1999.

Sin embargo, Canarias Turística 2000, S.L., la promotora, no consigue una primera prórroga a su licencia urbanística hasta julio de 2007 y por el muy discutible procedimiento del silencio administrativo, según consta en el expediente al que ha tenido acceso este periódico. Esa prórroga obligaba a la empresa a acabar el hotel antes del 15 de abril de 2013. Tampoco ese plazo se cumplió.

La prórroga de la licencia presenta serias dudas jurídicas, especialmente a un grupo empresarial -los Pérez Saavedra- que ha promovido toda suerte de denuncias ante las administraciones canarias. No solamente por considerar que incumple las prescripciones de la ley de moratoria sino porque en ese lapso entre la primera licencia (1999) y su primera prórroga (2007) se producen resoluciones judiciales que afectan directamente a la parcela: al anularse la revisión del Plan General de Ordenación de Pájara de 1998, el ordenamiento del municipio pasa a ser el primitivo de 1989, es decir, anterior a la primera licencia, cuando todavía esa pieza de suelo carecía de edificabilidad. Solo el cambio de realidad urbanística era razón suficiente para no proceder a prorrogar la licencia, explican los denunciantes, y los propios técnicos municipales se contradicen en el expediente sobre tal extremo: mientras unos sostienen que no se producen modificaciones, otros las dan por sentadas.

Pero, aun así, la tramitación administrativa para permitir el hotel de Giovanni di Meglio continúa adelante: por decreto del alcalde Perdomo se le concede en octubre de 2008 autorización para el inicio de las obras con el condicionante de acabarlas antes del 15 de abril de 2013.

El arquitecto: Miguel Cabrera

Como tampoco ese plazo se cumplió, el Ayuntamiento de Pájara decidió en mayo de 2013 “no declarar la caducidad de la licencia en cuestión advirtiendo del plazo de terminación de las obras en los términos del escrito recibido del viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias”. Porque, efectivamente, era necesario el concurso de la administración autonómica porque las licencias de obra municipales están sujetas al trámite de autorización previa de la Consejería de Turismo. Y ese departamento autonómico no formuló objeciones. A los denunciantes les llama la atención que hasta 2015 formara parte del equipo de esa consejería el arquitecto autor del proyecto, Miguel Cabrera, director general de Infraestructura Turística, porque es coetánea a su presencia en ese departamento autonómico cuando se evacúan informes que avalan las prórrogas a favor del hotel del italiano. Además, los denunciantes resaltan que el hijo de Miguel Cabrera, quien fuese todo un factótum de los años dorados de Asamblea Majorera, fuera el director de las obras.

En el expediente urbanístico consta una contradictoria resolución de la Consejería de Turismo en la que se pueden leer afirmaciones como que la licencia de este hotel “fue cuestionada con la entrada en vigor de la ley 6/2001 de Medidas Urgentes en materia de ordenación del territorio (…) y posteriormente por la ley 19/2003 por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General (…), motivando una farragosa tramitación judicial que tras distintos años concluyó mediante sentencia del Tribunal Supremo de fecha 27 de julio de 2008, cuyo pronunciamiento confirmó la validez y eficacia de la licencia otorgada”.

Una afirmación falsa porque, a la vista de la sentencia, lo que hace el alto tribunal es concluir que una consulta urbanística formulada por el promotor es “un trámite puramente informativo, sin contenido decisorio”. Pero, aún peor, la consejería se remite a una sentencia de 2008, cuando la prórroga a la licencia se otorgó por el Ayuntamiento de Pájara en 2007. Y, como resaltan los denunciantes, Turismo autorizaba una segunda prórroga, lo que la ley no permite.

El plazo para terminar el hotel, por lo tanto, volvía a desplazarse dos años más. Es decir, una licencia de obras de 1999 que pasa a extinguirse en 2001 con la entrada de la moratoria turística, es prorrogada en 2007 con una fecha límite en 2013 y, ante la imposibilidad de cumplir ese plazo, se prorroga hasta 2015. En total, quince años para levantar un hotel al que algunos políticos y técnicos de Pájara colaboraron en levantar.

Estas son las excusas

El alcalde de Pájara, el socialista Rafael Perdomo, justifica esta permisividad de las administraciones en el temor a que el promotor del hotel pudiera reclamar una fuerte indemnización económica al Ayuntamiento por la pérdida de sus derechos urbanísticos sobre la parcela. Se trata, recuerda Perdomo a este periódico, de una pieza de suelo que Di Meglio adquirió con edificabilidad después de que una permuta por medio de un convenio urbanístico que compensó en esa zona de Esquinzo a los propietarios de El Saladar.

Sin embargo, poco o nada podría reclamar un promotor al que se le caducó una licencia en varias ocasiones, más allá de lo que los tribunales de justicia pudieran concederle aplicando los mismos criterios de otros promotores que han demandado a la Comunidad Autómoma por la moratoria turística.

Pero desde el Ayuntamiento se han emitido muchas más excusas. En una notificación de catorce folios firmada por la secretaria accidental, Sonia Ruano, en abril de 2014, se recogen algunas muy llamativas todas ellas encuadradas en el rumboso concepto de “interés público”. La generación de puestos de trabajo es, naturalmente, una de ellas: “En un territorio en donde las tasas de paro se encuentran en torno al 30% no se considera adecuada y proporcionada la declaración de caducidad de la licencia, habiendo declarado el promotor su firme intención de terminar las obras comprometidas, si se le concede la oportunidad, en julio de 2015”.

Es falso que el municipio de Pájara tuviera en 2014 una tasa de desempleo del 30%, en realidad apenas superaba el 18%. Jamás en la historia reciente de ese municipio se ha alcanzado el 19%.

A las autoridades municipales, con Rafael Perdomo en la alcaldía y con Blas Acosta al frente de la Concejalía de Urbanismo, también pareció impresionarles que el promotor presentara “una carta de compromiso con un conocido touroperador en el que se comprometen las partes a iniciar la explotación del complejo en noviembre de 2015”, además de “una oferta de financiación de una conocida entidad bancaria para la que es imprescindible acreditar la vigencia de la licencia concedida”. Dos condiciones que no figuran en ningún listado de exigencias urbanísticas para la renovación de un permito.

Tampoco amilanó al Ayuntamiento de Pájara que la licencia se concediera para que el hotel Royal Palm tuviera más de la mitad de sus construcciones sobre servidumbre de protección de Costas. Preguntado el alcalde por esta cuestión, contestó que ese organismo estatal modifica con frecuencia sus deslindes y que los demás establecimientos de la zona están en la misma posición. En sus propias palabras, “Costas cambió el deslinde de 20 metros a 100 y dejó fuera ese hotel”.

Consultado este mismo sábado el visor de Costas sobre el deslinde del dominio público terrestre se aprecia la línea de zona de servidumbre de de do protección atravesando la mitad de la construcción del hotel, que aparece en construcción porque se trata de una ortofoto aérea obtenida en 2013.

En el expediente urbanístico no consta que el Ayuntamiento tuviera conocimiento de ese deslinde cuando otorgó la licencia y las dos prórrogas sucesivas.

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