Los peritos de la Fiscalía rebajan a un tercio las camas que se podían edificar en el frente de la playa

Los exalcaldes de Santa Cruz de Tenerife, Miguel Zerolo (i) y José Emilio García Gómez (d), junto al exconcejal de Urbanismo de la corporación tinerfeña, Manuel Parejo (c), todos ellos encausados en el juicio de Las Teresitas.

Belén Molina

Santa Cruz de Tenerife —

Las camas que se podrían construir en el frente de la playa de Las Teresitas no eran 4.637, como se indicaba en el Plan Parcial, sino como mucho, 1.511, según han defendido este miércoles los peritos de la Fiscalía y la acusación pública, de acuerdo con los estándares de la Ley del Suelo y tras la moratoria aprobada en 2001, unos meses antes de que se llevase a cabo la compra-venta que ha dado lugar a la causa penal que se sigue en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Y es que la jornada décimo séptima del juicio penal, tan densa y técnica como la del pasado martes, se ha centrado en si podía haber negocio hotelero en las parcelas del frente de la playa, lo que podría justificar que su precio de venta fuese mayor.

Para los peritos judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Vicente Fernando Hernández y Alberto Núñez, los estándares que cabía aplicar para cada parcela hotetlera (una parcela=una cama) era de 50 o 60 metros cuadrados, es decir, “la edificabilidad máxima era de 67.067 metros cuadrados”, aseguraron, un tercio menos de lo que esgrimían los empresarios de Inversiones Las Teresitas, que se agitaron en el banquillo al escuchar estas declaraciones.

La sesión se convirtió en un debate acerca de si podían construir hoteles turísticos o urbanos en la zona. Los turísticos fueron limitados por la Ley 6/2001, salvo excepciones como que conllevasen un bien añadido, como que se fuesen temáticos o destinados  a salud.

Para la ex arquitecto municipal Pía Oramas, que centra sus esfuerzos en explicar sus posiciones de la forma más sencilla posible, en Las Teresitas no se podían construir hoteles urbanos, porque esa zona no esta en núcleo urbano y porque más del 30 por ciento de los terrenos es turístico, “luego no caben hoteles urbanos”, además de que ese tipo de establecimientos están ligados a la categoría del suelo, “y ya se dijo ayer que Las Teresitas es suelo urbano no consolidado, lo que fue ratificado por la COTMAC (Comisión de Ordenación del Territorio y del Medio Ambiente de Canarias) en tres ocasiones”, insistió.

“Y aún siendo suelo urbano consolidado, no se reunía el requisito de ser urbanización turística, es decir, más del 30 por ciento de la edificabilidad era para uso turístico, luego no caben hoteles urbanos y eso afecta al frente de la playa”.

Choque de opiniones

Pero la opinión de los peritos de la defensa es diametralmente opuesta. Jorge Duatis, profesor de arquitectura de la Universidad de Barcelona opinó que en Las Teresitas no cabía aplicar los estándares fijados por la Ley de Moratoria y aseguró que cabían excepciones para los hoteles de cuatro estrellas, que requieren menos metros cuadrados por cama hotelera.

“La Ley de Moratoria no es es una prohibición a edificar”, señaló. “La legislación tiene por objeto aumentar la calidad hotelera y por eso se publicó un decreto de estándares para las nuevas construcciones”. Es más, añadió que durante la moratoria “se construyeron muchísimos hoteles”, aunque a lo largo de la sesión esas construcciones quedaron reducidas a cinco.

Sin embargo, el mayor choque fue el que se produjo entre la fiscal anticorrupción de la Audiencia Provincial, María Farnés Martínez-Frígola y el perito propuesto por Inversiones Las Teresitas, el arquitecto Javier Domínguez Anadón.

Anadón dijo que entre 2001, cuando la Ley de Moratoria se aprobó, y 2007 “en Tenerife se han autorizado 7.772 plazas hoteleras, algunas de las cuales las he tramitado yo, como el Hotel San Blas, que estaba afectado por un deslinde” y recalcó que la Ley (6/2001) “admite dos excepciones: los hoteles de cuatro estrellas como complejos temáticos o de salud y los de núcleos urbanos residenciales no turísticos.

La fiscal le recordó que los hoteles a los que se refería habían solicitado su licencia antes de que se promulgase la ley. Los peritos judiciales añadieron que el Hotel San Blas, al que aludía Anadón, está asociado a la protección de un enclave ecológico, lo que cabe en las excepciones otorgadas por el Cabildo de Tenerife.

Este debate no deja de tener su importancia, ya que en sesiones anteriores se alegó que la Ley de Moratoria no era aplicable a Las Teresitas, pero este miércoles se ha incidido en las excepciones de la misma, lo que viene a ratificar que sí es aplicable, según aclararon a Tenerife Ahora algunos juristas.

Una “trama urdida” por los peritos judiciales

Domínguez Anadón, sin embargo, inició la décimo séptima sesión de la vista oral con un intento de echar por tierra el informe de los peritos del TSJC, en el que los metros cuadrados de edificabilidad quedaban reducidos. No solo eso, sino que afirmó que estos peritos habían “manipulado” los parámetros con los que elaboraron sus conclusiones, “de consecuencias rapidísimas”, dijo,  y de haber “urdido una trama” que “da como resultado una merma del aprovechamiento hotelero”.

Anadón fue duramente reprendido por el agente de auxilio judicial de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, por decir en alto “es falso, es falso”, mientras la perito Pía Oramas intentaba responder a la Fiscalía que el Plan Especial de Las Teresitas no permite construir en pendientes de más de 30 grados, lo que a su vez incide en el valor del aprovechamiento urbanístico, es decir, en el precio a pagar por el frente de la playa.

Al cabo de tres intensos días en los que la fiscal ha intentado exprimir al máximo a los peritos que ella misma propuso, además de acorralar a los peritos propuestos por las defensas, le llegó el turno de preguntas al abogado de la acusación popular, el representante de Justicia y Sociedad, José Pérez Ventura.

El letrado quiso reafirmar cuál era el deslinde fijado por la Demarcación de Costas en 2001, que testigos y peritos han señalado que era el de 1961 (antes de convertir la playa en artificial y modificar su apariencia y extensión), mientras que otros peritos, como Anadón, sitúan en el muro que la bordea.

Una vez más, Pía Oramas dijo que, al menos cinco de las once parcelas penetran en el espacio de dominio público marítimos terrestre y siempre serían terrenos patrimonio del Estado, con lo que no cabe indemnización alguna a los propietarios de Inversiones Las Teresitas, en contra de lo que asevera el perito Gerardo Roger Fernández.

Y otra vez más, Jorge Duatis insistió en que la Ley de Costas no era de aplicación a Las Teresitas, mientras que los peritos del TSJC corroboraron las palabras de Oramas.

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