Un juzgado de Santa Cruz declara nula la cláusula multidivisa incluida en dos créditos hipotecarios

La sentencia también establece que el banco intentó eludir sus obligaciones informativas

EUROPA PRESS

Santa Cruz de Tenerife —

El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife ha declarado la nulidad de la cláusula multidivisa inserta en dos préstamos hipotecarios de una azafata y condena a la entidad bancaria a la devolución de más de 15.000 euros, así como las comisiones abonadas por el cambio de divisas, todo ello aumentado con el correspondiente interés legal aplicable desde la formalización de los pagos.

En adición, el juzgado condena a pagar las costas procesales y así recupera la denunciante los honorarios de abogado y procurador, según se recoge en una nota de prensa de Unive Abogados.

El contenido de la sentencia también establece que el banco intentó eludir sus obligaciones informativas sobre los riesgos que rodean esa modalidad de hipotecas argumentando que fue la cliente la que acudió a la entidad bancaria en busca de esos préstamos, así como que ella era azafata de vuelo y podía conocer las características y los riesgos de la hipoteca contratada.

No obstante, el juzgado afirma que esa condición “no le supone ser una persona acostumbrada a manejar divisas con plenos conocimientos”, ni que, “sin la debida información, sepa que las fluctuaciones de estas puedan ser tan considerables que pongan en riesgo su capacidad de afrontar pagos”. Por tanto, “no exime al banco demandado de su obligación de informar de ese riesgo”.

Unive Abogados explica que son cada vez más los juzgados españoles que fallan a favor de los afectados por esa cláusula, y recuerda las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo a favor de los afectados por la cláusula multidivisa.

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