La asociación judicial de Salvador Alba cree que su condena demuestra que no hay corporativismo en la justicia

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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La conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), de la que forma parte y de la que fue portavoz en Canarias Salvador Alba, considera que la sentencia del Tribunal Supremo que condena al juez por conspirar contra la también magistrada -ahora en excedencia- Victoria Rosell demuestra que no hay corporativismo en la judicatura. “Se nos acusa muchas veces de corporativistas, pero es evidente que los jueces reaccionamos como debemos hacerlo cuando un juez incurre en una actividad delictiva”, ha afirmado en declaraciones a este periódico la recientemente nombrada presidenta nacional de este colectivo, María Jesús del Barco, que ha calificado la situación de “lamentable”.

Cuando el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abrió diligencias para investigar la actuación de Salvador Alba tras la difusión de la grabación en la que se le escuchaba maquinar una operación con el objetivo de perjudicar a Rosell -la jueza a la que sustituía en el Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria-, la APM pidió “respeto” a los plazos abiertos por el órgano de gobierno de los jueces y defendió que no había “ningún problema” en que un juez recibiera en su despacho, “como acto de transparencia”, a aquellas personas que lo solicitaran.

Ahora, su portavoz ha señalado que, “como siempre”, la Asociación Profesional de la Magistratura “respeta las resoluciones del Tribunal Supremo y entiende que si procede la condena, lo que hay que hacer es condenar sea quien sea el ciudadano, sea un ciudadano de a pie, un juez o un político”. “Todos estamos sometidos a la ley”, ha asegurado María Jesús del Barco, que ha precisado que aún no ha podido leerse la sentencia del Supremo.

“Muchas veces se habla y se dice quién juzga a los jueces. Cuando un juez hace las cosas mal y comete una acción delictiva, como cualquier ciudadano está sometido al imperio de la ley. Y es así como funciona el ordenamiento jurídico, Hay poco más que decir”, ha añadido.

Del Barco, que fue elegida presidenta de la APM el pasado 19 de noviembre, considera que la condena de Alba “no tiene ninguna repercusión” en el ámbito de la asociación. “No somos responsables de las actividades que, a título particular, haga un asociado. No damos instrucciones sobre cómo debe poner o no las sentencias o sobre cuál debe ser su actuación. Partimos, como con el resto de los compañeros, de que se va a actuar de forma honesta dentro del cumplimiento de la ley en las resoluciones que se dicten. Es una situación particular del señor Alba, que a él solo le afecta, Ni más ni menos. Lamentable, pero es así”, ha dicho la jueza decana de Madrid.

Salvador Alba ha ocupado puestos de responsabilidad en la Asociación Profesional de la Magistratura en Canarias. Se aupó a la portavocía en Canarias poco después de adquirir notoriedad mediática tras presentar en 2005, siendo titular del Juzgado de lo Penal 3 de Las Palmas de Gran Canaria, una cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley contra la Violencia de Género aprobada durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, por considerar que era discriminatoria con los hombres. Años después intentaría sin éxito, con el exministro José Manuel Soria como ‘padrino’, ser vocal del Consejo General del Poder Judicial. También fue candidato a presidir el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en 2014.

La presencia de Salvador Alba en órganos de dirección de la APM también afectó a la composición de la sala del Tribunal Supremo que ha resuelto el recurso de casación que presentó contra la sentencia del TSJC. El magistrado Pablo Llarena, que pertenece a la misma asociación conservadora, había sido uno de los integrantes designados para dirimir el recurso. Sin embargo, el 7 de junio, la víspera de la fecha señalada para la vista en el alto tribunal, el instructor de la causa del procés catalán (proceso soberanista de Catalunya) presentó un escrito de abstención en el que afirmaba que había compartido “momentos de ocio” con Alba durante la etapa en la que ambos ocuparon puestos de responsabilidad en la APM y que esta circunstancia podía “percibirse externamente” como una “adhesión personal que imposibilita una actuación profesional objetiva”. La renuncia de Llarena provocó que la vista en el Supremo se demorara cinco meses sobre la fecha señalada en un principio.

Finalmente, Alba ha sido condenado a seis años y medio de cárcel y a 18 de inhabilitación por los delitos de prevaricación judicial, cohecho y falsedad documental. Además, debe pagar una multa de 12.000 euros y una indemnización de 60.000 a Victoria Rosell por los daños morales.