El Supremo confirma el archivo de la causa contra el senador Pedro San Ginés (CC) por denuncia falsa y falso testimonio

Pedro San Ginés, senador de Coalición Canaria por la comunidad autónoma

Natalia G. Vargas

Arrecife —
11 de junio de 2024 11:04 h

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El Tribunal Supremo ha confirmado el archivo de la causa contra el senador Pedro San Ginés (CC) por denuncia falsa y falso testimonio. La Sala Segunda de lo Penal ha desestimado el recurso de reforma interpuesto por la Fiscalía y concluye que ''no hay sostén jurídico para la viabilidad de la prosecución de la causa''. El Ministerio Público presentó el recurso al detectar ''varios errores'' en el sobreseimiento libre y archivo definitivo del caso, sosteniendo que el expresidente del Cabildo de Lanzarote había orquestado una ''actuación falsaria'' con fines políticos.

El nuevo auto del Supremo, firmado por el magistrado Vicente Magro Servet, recoge que no puede deducirse que la actuación de San Ginés fue ''falsaria'' solo porque los hechos que denunció se archivaran después de la investigación.

El entonces presidente del Cabildo acudió el 11 de noviembre de 2009 a las 22.30 horas a las dependencias de la Guardia Civil de Costa Teguise. Su objetivo era denunciar una serie de hechos presuntamente delictivos atribuidos a Carlos Espino (PSOE), responsable en ese momento de los Centros de Arte, Cultura y Turismo (CACT), y al administrador de la empresa Climafrical, Antonio González Medina. Según el recurso de reforma de la Fiscalía, el actual senador aseguró ante las autoridades que ''se estaban saltando los procedimientos establecidos para la adjudicación de los contratos para contratar con sujetos afines al mismo'', insistiendo en que González era afiliado del PSOE.

El Ministerio Fiscal detectó en este punto el primer error. El auto de archivo emitido por el Supremo hizo referencia a este episodio como una ''comparecencia'' de Pedro San Ginés ante la Guardia Civil. ''Lo que la resolución denomina ''comparecencia'' puede inducir a error, en el sentido de dar a entender que el señor San Ginés fue citado a comparecer ante la Guardia Civil. El señor San Ginés se presentó voluntariamente a las 22.30 horas en las dependencias de la Guardia Civil'', matiza el escrito.

En esta línea, el Supremo responde que el concepto ''comparecencia'' hace referencia a que el político efectuó una ''comparecencia-denuncia''. ''El archivo de las diligencias no está conectado con la circunstancia de que no haya existido una formal denuncia, sino porque no concurren los requisitos y elementos básicos del delito de acusación y denuncia falsa'', insiste el documento al que ha tenido acceso Canarias Ahora.

''Interés espurio''

La Fiscalía alertó en su recurso de reforma de que la denuncia de San Ginés presentaba indicios de su ''carácter espurio'', al estar respaldada por el partido político al que pertenece y no por la institución a la que representaba entonces, el Cabildo de Lanzarote. En este sentido, el Supremo establece que ''la circunstancia de que las fuentes de información procedan del grupo político Coalición Canaria no tilda por sí mismo de espurio el contenido de la denuncia formulada''.

Asimismo, la Sala Segunda de lo Penal apunta que el hecho de que el senador presentara su denuncia por la noche a pesar de que estuviera al frente del Cabildo y pudiera tener conocimiento de los hechos con anterioridad ''no puede llevar consigo el carácter falsario de la denuncia o un aprovechamiento de la misma''. ''Mientras un hecho no esté prescrito, la denuncia se puede presentar en cualquier momento'', reza el auto.

Pedro San Ginés también fue investigado por falso testimonio al comparecer en dos ocasiones por esta causa ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Arrecife. En los dos casos reiteró las acusaciones vertidas contra Espino y González. En el procedimiento se confirmó que todas las facturas cumplían con los requisitos de facturación. La tercera vez que San Ginés compareció por esta trama lo hizo como imputado por los delitos de denuncia falsa y falso testimonio, y se acogió a su derecho a no declarar. Este año la causa fue elevada al Tribunal Supremo, después de que Coalición Canaria designara a Pedro San Ginés como senador por la Comunidad Autónoma.

''Podemos concluir que todas las acusaciones vertidas a lo largo del procedimiento [...] no respondían a la verdad'', reza la Fiscalía en su recurso. Además, el documento del Ministerio Público recogió una posible relación entre la actuación del dirigente de CC y la denuncia que presentó ese año Carlos Espino y que derivó en el conocido Caso Unión, la mayor trama de corrupción investigada en Canarias por número de piezas e imputados. 

Sobre esto, el Supremo subraya que ''no puede operar contra el investigado en un proceso penal por acusación y denuncia falsa la suposición de intereses espurios motivados por una contienda política, si, como decimos, la denuncia que se formuló por el investigado llevó consigo una investigación relevante por el instructor''.

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