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Tiempos constitucionalmente convulsos

Jesús Eduardo Herrera Sicilia

Seguro que desde hace unas semanas, las palabras sobre las que más se ha escrito en este país han sido Constitución y Cataluña. Y además desde todos los puntos de vista, incluso los que han pretendido separar y distanciar una de la otra. Pero analizando con cierta distancia la cuestión, nos podemos plantear toda una serie de cuestiones sobre las que habría que manifestar lo siguiente: para empezar el nacionalismo. ¿Hay uno solo tipo de nacionalismo o hay varios? Pienso que hay varios, pero el concepto teórico o doctrinal sería que el nacionalismo puede ser la hegemonía del Estado que tiene como fundamento esencial el principio de cada Estado una nación, a cada nación un Estado. Lo cual tiene como mínimo tres consecuencias; la primera: Nación como unidad cultural esencialmente homogénea, ósea como comunidad homogénea; la segunda: Nación como entidad soberana donde residen y emanan todos los poderes del Estado, lo que implica una soberanía que no es divisible y que se corresponde con todo el territorio nacional del Estado; y la tercera: la concepción de que la organización y distribución territorial del poder del Estado ha de ser simétrica. Esta definición sirve para la relación entre el Estado y la Nación como ocurre en España, y se contempla en la Constitución de 1978. Por lo que puede chocar con aquellos nacionalismos que entienden que su territorio es una nación, la cual pretenden convertir en un Estado, desgajándose del que pertenecen pero con la intención de copiarlo si se pudieran constituir en Estado ellos mismos, como el caso que nos afecta en la actualidad que es el catalán. Por lo cual se encuentra ese nacionalismo en sí mismo inmerso en una disquisición ideológica, que es el querer romper el Estado al que pertenecen para crear ellos su propio Estado, basándose en los principios que quieren romper, para crear sobre los mismos principios su propio Estado. Y esto no es solo teórico, se puede llevar la práctica, y en el caso de Cataluña nos puede servir de ejemplo la siguiente cuestión: ¿Qué haría Cataluña si fuese un Estado con el Valle de Arán y su derecho a decidir?

Por otro lado, hay diversos modos de entender la nación, y por ende, diversos modos de nacionalismo. En un extremo está la nación como etnos (agrupación de personas unidas por la raza o por la nacionalidad), como singularidad natural y, en su forma más primaria, racial. En el otro, nación como demos (conjunto de personas que forman una unidad política), como conjunto de hombres que viven sujetos a las mismas leyes que se dan. Así, el nacionalismo moderado subraya que junto a los valores nacionales están los democráticos, de ahí que las reivindicaciones nacionalistas hayan de lograrse por la vía democrática. Los objetivos nacionalistas solamente son válidos si se consiguen en un proceso democrático de largo alcance, renunciando al radicalismo. Por el contrario, el nacionalista radical no conoce otros valores que los nacionales y pretende conseguirlos por cualquier medio, sin descartar el camino de la violencia incluso, y anteponiéndolos a cualquier otro tipo de consideraciones. Así el nacionalismo excluyente, radical, se configura como una de las mayores amenazas para la democracia y el pluralismo político, ya que descarta el diálogo y defiende una idea de nación excluyente y basada en los que considera propios. Estas consideraciones como podrán observar se adaptan plenamente a lo que está sucediendo en Cataluña, tanto en su vertiente nacionalista radical, siendo los acontecimientos de estas semanas o meses claro ejemplo de esa forma de actuar que he descrito anteriormente del nacionalismo radical. Como en su vertiente institucional político legal, ya que nos encontramos en un ataque directo hacia elementos esenciales tanto de la Constitución como del Estatuto de Autonomía de Cataluña, como elementos legales esenciales de aplicación en Cataluña, que trascienden a toda España. Y en modo alguno se puede comparar con un choque de trenes al menos en el aspecto legal, ya que por un lado está la legalidad, el Estado de Derecho, la Democracia, y por otro lado está un ataque directo, sin ambages contra la legalidad constitucional y el Estado Democrático de Derecho existente, basando ese ataque en una supuesta voluntad popular (que no hubo medios ciertos y comprobables dentro de parámetros de garantías democráticas para afirmarlo y demostrarlo). Ósea, y para finalizar con estos pensamientos escritos, la confrontación práctica entre el demos y etnos.

Jesús Eduardo Herrera Sicilia

Abogado

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