Hasta 3.000 euros de multa por arrojar colillas a la vía pública de la capital
El Boletín Oficial de la Provincia publica este lunes, 15 de febrero, la ordenanza municipal de la limpieza y uso de la vía pública y de los residuos en general, aprobada por el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, tras el correspondiente período de información pública sin que se hayan presentado reclamaciones o alegaciones, señala el Consistorio capitalino en un comunicado. Desde este martes, añade, la normativa “es de obligado cumplimiento y en caso contrario podrán aplicarse las sanciones establecidas en la propia ordenanza”.
El alcalde de Santa Cruz de La Palma, Sergio Matos, y el concejal de Infraestructuras y Servicios Públicos, Manuel Abrante, explican que la nueva reglamentación “determina cuál es el correcto uso que debemos dar a nuestros residuos y trata de favorecer la implicación ciudadana como uno de los elementos fundamentales para que nuestra ciudad esté limpia y ofrezca su mejor imagen, por lo que pedimos una colaboración decidida y sin excepciones por parte de vecinos y comerciantes”.
La ordenanza, que puede consultarse en la página web del Ayuntamiento (santacruzdelapalma.es), detalla a lo largo de siete títulos y un total de 88 artículos la relación de normas establecidas en cuanto a la limpieza y uso de la vía pública, la gestión de residuos, tanto particulares como comerciales, su recogida selectiva, y las infracciones y sanciones que serán aplicables en el caso de incumplimiento.
Manuel Abrante señala que algunos de los aspectos en los que se pretende aplicar un especial control son la prohibición de depositar bolsas de basura fuera de los contenedores habilitados, la no recogida de excrementos de animales particulares o aquellos comportamientos incívicos que afecten a la limpieza de la ciudad. “Debemos concienciarnos de que ésta es una responsabilidad colectiva en la que todos debemos implicarnos y actuar con determinación”, señala el concejal.
La nueva ordenanza establece una serie de sanciones para los casos en los que se incumplan las normas aprobadas. En la nota de apunta que “las infracciones leves (entre las que se incluyen el arrojar a la vía pública toda clase de basuras, incluyendo colillas, chicles y similares, no recoger los excrementos de los animales, el lavado de vehículos y maquinaria en la vía pública…) pueden afrontar sanciones de hasta 3.000 euros”. Asimismo, “las infracciones graves (pintadas en la vía pública, el vertido incontrolado de residuos, etc.) podrán ser sancionadas con multas de hasta 30.000 euros”. Las calificadas “como muy graves (entre las que se incluyen la quema de contenedores o basuras, o el vertido de residuos peligrosos para la salud, entre otros…) pueden ser sancionadas con cantidades que oscilan entre los 30.000 y los 60.000 euros”.