Una querella por los crímenes franquistas
Un total de diez asociaciones y dos particulares presentaron este miércoles una querella ante la Justicia argentina contra el “genocidio” cometido contra miles de personas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista en España, en virtud del principio de jurisdicción universal. En su denuncia, solicitan que se pida a España la identificación de todos sus presidentes y ministros entre 1936 y 1977, en el marco de la investigación que ayude a identificar a los responsables de estos crímenes y la detención de los que continúen vivos.
Los denunciantes alegan que los crímenes cometidos en España entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977, constitutivos de un delito de genocidio y/o de lesa humanidad, “nunca han sido investigados penalmente por la Justicia española”. “Hasta el día de la fecha, la impunidad ha sido la regla frente a unos acontecimientos que podrían revestir la calificación jurídica de crimen contra la humanidad”, afirman.
La denuncia ha sido presentada por un total de diez organizaciones no gubernamentales -Asociación de Recuperación de la Memoria Histórica, española; Abuelas de Plaza de Mayo; Liga argentina por los Derechos del Hombre; Comisión Provincial por la Memoria; Asamblea Permanente por los Derechos Humanos; Centro de Estudios Legales y Sociales; Asociación de ex detenidos-desaparecidos; Federación de Asociaciones Gallegas de la República de Argentina; Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales y el Comité de Acción Jurídica- y por dos particulares, Darío Rivas Cando e Inés García Holgado.
Estos dos últimos denuncian, respectivamente, la muerte de su padre y de tres tíos. El padre de Rivas fue alcalde de la localidad gallega de Castro de Rei y, tras la sublevación, fue encarcelado. Finalmente, murió fusilado en 1936, el día en que fue puesto en libertad, cuando caminaba por una carretera. Su cuerpo fue encontrado en una exhumación realizada en 2005 en la localidad lucense de Portomarín.
Técnica de homicidios perfeccionada por la Falange
Mientras tanto, un tío de Inés García permanece desaparecido y los otros dos fueron fusilados. En la querella, los 12 denunciantes alegan que los familiares de Rivas y García “fueron víctimas de una técnica de homicidios perfeccionada por la Falange Española, que denominaba paseos los fusilamientos por la espalda de los presos a los que los sublevados no sometían a un juicio, cuyos cadáveres eran dejados al costado por los caminos”.
Todas estas circunstancias, afirman, se extienden a “decenas de miles de personas asesinadas en las semanas que siguen al 17 de julio de 1936 por el grupo de oficiales militares alzados, la Falange Española y otras organizaciones afines de apoyo a la insurrección, en lo que constituyó un plan sistemático, generalizado, deliberado y planificado de aterrorizar a los españoles partidarios de la forma representativa de gobierno, a través de la eliminación física de sus más representivos exponentes.
Para la determinación de los hechos delictivos, el contexto en el que se produjeron y sus características, los querellantes transcriben extensamente párrafos de los autos del juez Garzón de 2008 en los que, primero, se declaró competente para investigar los crímenes del franquismo y, posteriormente, trasladó la competencia a los juzgados de las provincias donde hay fosas comunes.
No cuestionan la Ley de Amnistía, que no les afecta
En la querella, los denunciantes afirman que no tienen como propósito cuestionar la Ley de Amnistía española, sino “el ejercicio de la jurisdicción argentina respecto de crímenes que ofenden y lesionan a la humanidad que permanecen impunes”. Con todo recuerdan que este tipo de leyes no son admitidas por el Derecho Internacional y en Argentina se han declarado “insanablemente nulas”.
En cualquier caso, apuntan que esta “ley interna española” no afecta a la jurisdicción que ejerzan los órganos judiciales de otros países, tal y como, además, han puesto de manifiesto los tribunales españoles “que ejercieron su jurisdicción respecto de crímenes del mismo tenor cometidos en América Latina cuando, con justificación en leyes de impunidad, los tribunales de nuestros países no podían o no querían ejercer su jurisdicción sobre los mismos”.
Por ello, tildan de “inaudito” que el juez Garzón haya sido acusado de prevaricación por la Falange cuando lo que hizo fue “interpretar la Ley de Amnistía en conformidad con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el sentido de que la misma no puede amparar la impunidad de crímenes de lesa humanidad”.
Justicia universal en el derecho argentino
Defienden la competencia de los tribunales argentinos en estos hechos asegurando que la Constitución argentina atribuye jurisdicción a sus jueces para el conocimiento, investigación y en su caso enjuiciamiento de los responsables de crímenes lesivos para la humanidad cometidos fuera del territorio nacional.
En concreto, el artículo 118 de la Carta Magna del país suramericano establecía que el Congreso nacional debía determinar por “una ley especial” el lugar en que ha de seguir juicio contra los autores de crímenes cometidos fuera de los límites de su nación.
Esta ley data de 2006, cuando el Congreso argentino incorporó a la legislación del país el Estatuto de Roma de 17 de julio de 1998, que creó la Corte Penal Internacional. En su artículo 5, la ley argentina establece que la competencia por la comisión de los delitos previstos en dicho Estatuto -genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra- corresponde a los tribunales federales con competencia en lo penal.
“Es decir, que nuestra Carta Magna establece el principio de jurisdicción universal”, sostienen, para después recordar que los tribunales españoles han ejercido “activamente” este principio desde 1996 “en relación con crímenes de lesa humanidad y genocidio cometidos en Argentina, Chile, Guatemala y otros países del mundo, en múltiples resoluciones de sus distintos juzgados y tribunales”.
Entre otros asuntos, se refieren concretamente a la detención de Augusto Pinochet en Londres en 1998 por solicitud del juez Garzón, en el marco de una petición de extradición.
Identificación e imputación de responsables
Por todo ello, piden que sea admitida la querella y se instruyan actuaciones para la investigación de los hechos, la identificación de sus responsables, la imputación y detención de los mismos de aquellos que estén vivos y demás medidas que en derecho correspondan.
Para tal fin, solicitan al Gobierno de España que recabe a los organismos competentes información sobre los nombres y último domicilio conocido de los miembros de los Consejos de Ministros de los Gobiernos del Estado Español que desarrollaron sus funciones entre 1936 y 1977 y certificación de los que hayan fallecido.
Piden la misma información referente a los mandos de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil, Policía Armada, Directores Generales de Seguridad y dirigentes de Falange Española, así como sobre el número de personas desaparecidas y asesinadas y sobre niños sustraidos a sus familias. También piden datos sobre las fosas comunes localizadas y una lista de empresas privadas beneficiadas del trabajo forzado y esclavo de los presos republicanos que siguen activas.
Además, requieren, mediante exhorto por vía diplomática, al juzgado de Garzón para que remita testimonio completo de las diligencias previas y sumario de su investigación.