Canarias Ahora Opinión y blogs

Sobre este blog

Seamos rigurosos con el lenguaje: Canarias es una nacionalidad

9 de julio de 2026 13:44 h

0

En el debate público actual, el uso del lenguaje no es una cuestión meramente semántica o accesoria; es el reflejo del respeto al pacto constitucional de convivencia y de la arquitectura jurídica que sostiene el Estado de las Autonomías. A menudo, escuchamos a responsables políticos, periodistas y analistas referirse a Canarias como una “región”. Sin embargo, este término, aplicado al archipiélago, no solo es técnicamente impreciso, sino que ignora la realidad jurídica y política consagrada en su norma institucional básica, el Estatuto de Autonomía, y en la propia Constitución Española.

El sistema de organización territorial se fundamenta en el principio de pluralidad que el constituyente de 1978 quiso dejar claro desde el primer momento. El artículo 2 de la Constitución, nos guste o no -en un sentido o en el otro-, establece el punto de partida de este modelo: La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Este precepto no utiliza los términos “nacionalidades” y “regiones” como sinónimos. Al contrario, reconoce que existen territorios con una identidad histórica, cultural y política singular que trasciende la categoría regional. Esta distinción es la que permite que el Estado se organice en comunidades autónomas con distintos grados de reconocimiento institucional, es decir, de manera asimétrica, como lo demuestra el reconocimiento constitucional de distintos hechos diferenciales con la lengua, los fueros o la lejanía e insularidad.

Para comprender por qué Canarias no es una “región” en el sentido administrativo tradicional, debemos acudir al Estatuto de Autonomía, norma que define la identidad del archipiélago y que es expresión del derecho a la autonomía ejercido por el Pueblo canario.

La reforma de nuestro Estatuto operada en 2018 supuso un salto cualitativo en la definición jurídica de Canarias, pues su artículo 1 es clarificador al respecto al afirmar: Canarias es un archipiélago atlántico que, como expresión de su identidad singular basada en sus circunstancias geográficas, históricas y culturales, ejerce el derecho al autogobierno como nacionalidad, constituyéndose en Comunidad Autónoma en el marco del Estado español.

Esta autodefinición como nacionalidad no es un capricho terminológico. Implica el reconocimiento de una singularidad que se asienta en su carácter archipelágico, en su ubicación atlántica, en su historia y en su cultura. Además, el Estatuto refuerza esta idea al vincular el origen del poder político a la ciudadanía del archipiélago al proclamar que los poderes de la Comunidad Autónoma de Canarias emanan de la Constitución y del pueblo canario, en los términos del presente Estatuto de Autonomía, que es su norma institucional básica.

No digo que se deba denominar como nación -aunque lo sea-, pero referirse a Canarias como “región” es ignorar que el ordenamiento jurídico le otorga la condición de nacionalidad y que asume la existencia de un “Pueblo canario” como sujeto político de su autogobierno.

La lealtad constitucional -con la que muchos se llenan la boca pero a la que pocos obedecen- no solo consiste en cumplir las leyes, sino también en respetar los símbolos, las denominaciones y la identidad de las instituciones que forman el Estado. Cuando políticos, periodistas y opinadores se empeñan en utilizar el término “región” para referirse a Canarias están erosionando el prestigio del modelo constitucional del Estado de las autonomías, que se caracteriza, insisto, por su pluralidad, al estar integrado por diversas entidades políticas –nacionalidades y regiones– a las que la propia Constitución reconoce y garantiza su derecho a la autonomía.

En definitiva, adaptarnos al lenguaje del Estado de las Autonomías es una exigencia democrática. Canarias ha definido su identidad como nacionalidad, con un acervo cultural e histórico y un régimen económico y fiscal (REF) propio que define su atlanticidad archipelágica. Respetar esta denominación es respetar el consenso alcanzado por los representantes de la ciudadanía canaria y ratificado por las Cortes Generales.

Es hora de que definitivamente el discurso público de las instituciones, los actores políticos y los medios de comunicación esté a la altura de nuestra arquitectura institucional. Canarias no es una región; es una nacionalidad atlántica, y su nombre, como su autonomía, merece ser tratado con el respeto que las normas exigen.