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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

El TSJC ratifica la sentencia de lo Social que obliga a repetir una selección de conductores en la empresa pública TITSA

Guaguas de TITSA en el intercambiador de La Laguna

D. M.

Santa Cruz de Tenerife —

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acaba de dar un segundo tirón de orejas a la empresa pública de guaguas dependiente del Cabildo de Tenerife, TITSA, al confirmar una sentencia del Juzgado de lo Social Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife (418/2017) que obliga a esta compañía de transporte a repetir desde la fase 2, la del test psicotécnico, la convocatoria pública que realizó con fecha de 29 de enero de 2017 con el objeto de proceder a la selección de conductores-perceptores y configurar una lista de reserva de contrataciones temporales o, en su caso, indefinidas en esa categoría laboral.

La sentencia del citado juzgado, que es el resultado de la denuncia en su día formulada por varios aspirantes a entrar en la bolsa de trabajo, fue recurrida por la empresa pública del Cabildo ante el TSJC (recurso de suplicación) y es ahora, con el fallo de este 13 de junio conocido el 25 del mismo mes, cuando aquel tribunal vuelve a quitar la razón a TITSA y de esta manera confirma la primera decisión, la del Juzgado de lo Social Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife. El TSJC desestima el recurso de suplicación de la parte demandada, TITSA, y la condena en costas. También informa que contra esta última sentencia cabe recurso de casación por unificación de doctrina, que se preparará por las partes o el Ministerio Fiscal.

Uno de los argumentos centrales que conducen al fallo contrario a los intereses de TITSA tiene que ver con que la psicóloga que participó en el proceso selectivo (en la prueba de la fase 2, test psicotécnico, con hasta 30 puntos, la máxima puntuación del proceso), la profesional C. L., “recibió el cuestionario” que se utilizó como test psicotécnico, algo que la sentencia considera “relevante” cuando en el proceso de selección interviene un familiar, en este caso C. M., sobrino político de la mencionada psicóloga.

Además, la sentencia contempla como hecho probado que C. M. “no aparecía en la lista provisional de admitidos y excluidos” del proceso selectivo, “ni constaba que presentara reclamación al respecto, aunque sí aparece en la lista definitiva de admitidos con el nº 280”. Tras la realización de las pruebas de la fase 1 en la primera etapa, “aparece como ‘no apto’; si bien fue corregida la calificación y luego aparece como ‘apto’, en la corrección de errores realizada posteriormente, junto a 11 candidatos más que se encontraban en las mismas condiciones”.

La nueva sentencia plantea que TITSA debe suspender el proceso de selección que convocó en enero de 2017 para volver a realizarlo desde la fase 2, justo antes de la celebración del test psicotécnico (esta prueba es la que más puntos daba, hasta 30).

La vuelta atrás en el proceso selectivo ideado por TITSA para crear una bolsa de empleo afecta al 10% de la plantilla actual de conductores-perceptores, el volumen de personas que ya había sido contratado por la empresa pública al tirar de esa misma lista de empleo; o sea, la construida a partir del proceso que ahora se anula casi en su totalidad pues ello implica repetir prácticamente todas las pruebas salvo la única que se admite, la de la fase 1: resistencia física.

El fallo de la sentencia del TSJC supone, y se cita textualmente, “declarar la nulidad de la fase 2 del proceso selectivo relativo a la batería de pruebas psicotécnicas y de personalidad, retrotrayendo las actuaciones al momento inmediatamente anterior a celebrarse esta, con el fin de que tenga lugar en condiciones de legalidad. Condena a la parte demandada [TITSA] a estar y pasar por la anterior declaración”.

Según fuentes conocedoras de este caso, la decisión del TSJC que refrenda la promulgada por el Juzgado de lo Social Nº 5 implica que deberá repetirse todo el proceso desde la prueba 2 (esta incluida) y tendrán que volver a hacerla todos los admitidos en la convocatoria (lo que no excluye el 10% de la plantilla de TITSA actual, las personas que se calcula que ya habían sido contratadas).

Tras realizarse de nuevo la prueba de la fase 2, el test psicotécnico, se pasará a las siguientes: fase 3, prueba de conducción y maniobra en carretera, y fase 4, reconocimiento médico, a lo que se añadirá la segunda etapa no eliminatoria: la entrevista personal y la valoración de méritos.

Los sindicatos con representación en la empresa pública TITSA, donde es mayoritaria Intersindical Canaria, ya están al tanto de esta última sentencia. Además, debido a la honda preocupación existente entre los trabajadores afectados de la compañía pública de transporte, este miércoles, en dos sesiones, se ha convocado en Cuevas Blancas (Santa Cruz de Tenerife), donde se hallan las principales instalaciones de TITSA, asambleas informativas para aportar toda la información sobre esta última decisión judicial y sus repercusiones.

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