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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

El jurado declara culpables de todos los cargos a los acusados del caso Eólico

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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El jurado popular ha declarado este jueves culpables de todos los cargos imputados por la Fiscalía a los seis acusados del caso Eólico, que se enfrentan a penas que oscilan entre los cuatro años y tres meses de prisión que pide el Ministerio Público para el principal procesado, el exdirector general de Industria del Gobierno de Canarias Celso Perdomo, hasta los cinco meses (con penas alternativas para alguno de ellos) que solicita para los procesados que han reconocido el cohecho, los empresarios Enrique Guzmán, José Ignacio Esquivel, Alfredo Briganty y el funcionario Honorato López, jefe de servicio de Industria. Para la funcionaria del Cabildo de Gran Canaria Mónica Quintana, que es la única, junto a su pareja en el momento de los hechos, Celso Perdomo, que no ha confesado y ha defendido su inocencia, pide dos años y nueve meses de cárcel. 

El jurado han elevado su veredicto al presidente del tribunal, el magistrado de la Audiencia Provincial de Las Palmas Pedro Herrera, que deberá ahora dictar la sentencia (prevé hacerlo en la segunda quincena de septiembre, según recoge la agencia Efe). Todas las decisiones han sido adoptadas por unanimidad de sus miembros y, en todos los casos, con enunciados desfavorables para los acusados.

De esta manera, el jurado considera probado que, siendo director general de Industria, el acusado Celso Perdomo reveló información privilegiada a empresarios interesados en concurrir al concurso eólico e incumplió el deber de sigilo exigido a todo cargo público (delito de revelación de secretos).

También ha quedado acreditado para el tribunal que Perdomo se aprovechó de su situación para obtener un enriquecimiento ilícito a través de las comisiones que percibió de los empresarios y que contactó con el funcionario Honorato López una vez había sido cesado de su cargo para continuar el plan trazado para beneficiar a esos licitadores en el procedimiento (delito de cohecho).

De igual forma, en relación con la malversación de caudales públicos, ha habido unanimidad: el ex director general de Industria es culpable por haber adquirido libros para su uso personal con cargo a las arcas del Gobierno de Canarias.

De las pruebas practicadas en el plenario y los documentos obrantes en la causa, el jurado tampoco alberga ninguna duda de que Mónica Quintana abrió una cuenta en el Fortis Bank de Luxemburgo con el objetivo de percibir las comisiones que su pareja cobraba por beneficiar a los empresarios en el concurso eólico y que, por tanto, fue cooperadora necesaria de un delito de cohecho. También lo fue, a juicio del jurado, en el de malversación por la compra de libros con dinero de la Consejería.

Con respecto a los tres empresarios encausados (Enrique Guzmán, José Ignacio Esquivel y Alfredo Briganty) y al funcionario Honorato López, los miembros del jurado también coinciden en sus conclusiones y consideran fiable la confesión de todos ellos, que admitieron su participaron en la trama para el cobro de comisiones ilegales a cambio de favores en el concurso, ya fuera con transferencias al banco de Luxemburgo, con cesión de acciones en sociedades a las que repercutirían los beneficios de la asignación de potencia eólica o con el pago de parte de las reformas en el domicilio que compartían Celso Perdomo y Mónica Quintana en la capital grancanaria. 

El jurado no aprecia ninguna circunstancia que justifique la suspensión de la ejecución de la pena o el indulto para los acusados.

Penas solicitadas por la Fiscalía

Celso Perdomo. Cuatro años y tres meses de cárcel, nueve de inhabilitación para empleo o cargo público y dos multas que suman 249.000 euros. 

Mónica Quintana. Dos años y nueve meses de cárcel, nueve años de inhabilitación y multas de 28.500 euros. 

Enrique Guzmán. Cinco meses de cárcel a sustituir por una multa de 15.000 euros y otra sanción de 50.000 euros.

Alfredo Briganty. La petición de pena contempla dos alternativas. La primera es de cinco meses de cárcel o multa de 15.000 euros más otra de 50.000. La segunda, de un año y dos meses de cárcel, una multa de 7.500 euros y la inhabilitación para obtener subvenciones o ayudas públicas o contratar con la administración durante un año y once meses. 

José Ignacio Esquivel. Cinco meses de prisión a sustituir por una multa de 15.000, además de una sanción de 50.000 euros.

Honorato López. La Fiscalía también plantea para el funcionario dos escenarios diferentes en función de la aplicación o no de la reforma del código penal operada en 2015. En el caso de que no lo hiciera, se quedaría con una pena de cinco meses de cárcel sustituible por una multa de 9.000 euros y un año y tres meses de inhabilitación. Si se rige por la última reforma, la condena sería de un año y dos meses de prisión, la multa se reduciría a la mitad (4.500 euros) y la inhabilitación se incrementaría hasta los dos años y ocho meses.