Noelia Afonso, abogada que ha representado a cuatro de los quince acusados en el caso Emalsa, ha destacado este viernes que la sentencia que absuelve a todos de los delitos de apropiación indebida y administración desleal “pone de manifiesto la importancia del rigor técnico y del análisis exhaustivo en los procedimientos de criminalidad económica-corporativa”.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas notificó este jueves a las partes la sentencia que absuelve a los acusados, con el magistrado Francisco Luis Liñán como ponente. Para la Sala, durante las catorce sesiones del juicio no quedó acreditado que los socios privados de la compañia mixta de aguas de Las Palmas de Gran Canaria, Saur y Valoriza, ocasionaran un quebranto económico al socio minoritario, el público, el Ayuntamiento capitalino.
Noelia Afonso, cofundadora de Alfonso Briso Abogados, representó a cuatro de los acusados en este procedimiento. En concreto, a José Manuel Calderero, Guy Christian Fournier, Pierre Jose Claude Pans y Alfonso Ignacio López Díaz de Durana.
“Ha sido un procedimiento largo y técnicamente muy complejo. La sentencia confirma lo que siempre defendimos: no hubo ni perjuicio, ni deslealtad en la gestión, por lo que nunca pudo configurarse ningún delito”, señala la letrada en una nota.
El despacho destaca que el caso Emalsa, iniciado hace más de trece años, “ha sido uno de los procesos más relevantes en materia de penal económico en Canarias en los últimos años”.
Briso Abogados incide en que la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas demuestra que “no existió perjuicio patrimonial para la empresa ni para el socio minoritario”, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canraria; que las decisiones analizadas en la investigación “se enmarcan en la gestión empresarial ordinaria” y que “no hubo quebrantamiento relativo a las normas de contratación aplicables”.
Para Noelia Afonso, esta causa refuerza la necesidad de diferenciar entre “decisiones empresariales complejas” y conductas que puedan tener relevancia penal. La abogada subraya que el derecho penal económico “debe actuar como un instrumento de garantías y no de criminalización de la actividad empresarial”.
La letrada incide en que su estrategia de defensa se basó en tratar de demostrar “la existencia de un estricto cumplimiento de las obligaciones de la empresa concesionaria y sociedades vinculadas; la inexistencia de daño económico y beneficio ilícito y la adecuación a derecho de las decisiones cuestionadas”.
“Esta sentencia devuelve la tranquilidad a quienes han soportado más de una década de proceso. Para nosotros, como defensores, supone la confirmación de que el estudio profundo del expediente y el rigor jurídico son esenciales para garantizar la justicia”, concluye.