Coalición Canaria enmienda los Presupuestos de 2026 para perdonar a plataneros de La Palma los reintegros de ayudas por el volcán
Coalición Canaria (CC), en alianza y plena sintonía con la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias, que lidera el herreño de AHI Narvay Quintero, hizo la presentación de esta acción política en la isla de La Palma hace algo más de una semana y ahora se confirma su tramitación por la vía parlamentaria a través de una enmienda al proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias (CAC) para 2026, que es la que este miércoles ya se aprobó en ponencia con el respaldo además del PP, ASG y AHI, los partidos que apoyan al Gobierno en la Cámara.
Pese a haberse aprobado el miércoles, este jueves por la mañana esa misma enmienda se ha decido ampliar con otra in voce y, por ello, con un texto que incorpora otro artículo más, el cuatro, ahora tendrá que ser aprobada en la reunión de la Comisión de Presupuestos a celebrar el 11 de diciembre próximo, algo para lo que CC cuenta con apoyos suficientes, aunque es muy probable que incluso sume alguno más, por ejemplo el del PSOE. Esto aún no se sabe con certeza.
¿Qué ha pasado? Pues muy sencillo. A algún departamento del Gobierno de Canarias no le gustó el texto aprobado en ponencia, quizá por escasa fiabilidad, y ha decidido recomendar, para que no haya impedimentos legales en las medidas que se van a aplicar, una merecida ampliación, con este tenor: “[Artículo] 4. La tramitación de estas ayudas no requerirá de la emisión de los informes que resulten preceptivos”.
En este nuevo artículo 4, ahora se incluye el apartado de Justificación de la enmienda que pasó por la ponencia y algunas cositas más, a saber: “Respecto a la exceptuación de la obligación de solicitar la emisión del informe sobre compatibilidad con las normas de la competencia de la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea, esta viene determinada por la urgencia en aprobar la medida dada la especial gravedad de la situación que está atravesando el sector platanero en la isla de La Palma, tras la situación de emergencia por catástrofe natural provocada por la erupción volcánica (…). Se indica además que con la presente enmienda in voce se modifica la enmienda número 116 [la aprobada en ponencia] de los grupos nacionalista canario [CC], Partido Popular, ASG y el grupo mixto [con AHI]”.
La iniciativa de esta enmienda, para algunas fuentes consultadas supuestamente ilegal, estuvo abanderada por la secretaria insular de CC en La Palma, Nieves Lady Barreto (también consejera de Presidencia en el Ejecutivo autonómico), y en teoría se plantea como la solución más eficaz para evitar que hasta 3,5 millones de euros en reintegros de ayudas ya percibidas, que están o estaban (si se gastaron) en las cuentas de muchos plataneros palmeros, no se tengan que devolver.
La aprobación de la medida vía enmienda esquiva que esta solución se haya sometido antes a todos los controles preceptivos, jurídicos y financieros, los que hubieran sido obligatorios de haberse presentado como parte del proyecto de ley que entró en la Cámara autonómica.
Aquellos reintegros ocurrieron por una gestión fallida de la entonces consejera socialista en ese mismo departamento autonómico, la palmera Alicia Vanoostende (etapa 2019-23), que realizó el último abono del citado subsidio especial por los efectos del volcán poco tiempo antes de las elecciones de 2023, el mes de diciembre anterior. Entonces ya no se pudo resolver el problema con las cantidades excedidas, que fueron las abonadas con el anticipo de la misma ayuda a finales de 2021. Para ello, la Consejería de entonces se apoyó en un trabajo estadístico realizado por el Istac.
Un mal cálculo arreglado con más gasto público
El desfase resultó fatídico, cuantioso, y ello debía activar, como marca la ley, los procesos de reintegro de las cantidades indebidamente cobradas, algo que hasta ahora andaba metido en una gaveta. Pero desde hace un tiempo, CC en La Palma ya lo tenía claro y había visto la solución: iba evitar, con una fórmula mágica introducida en lo que antes se llamaba ley de acompañamiento de los Presupuestos (ómnibus), que ese dinero público recibido en La Palma no se devolviera al erario autonómico.
Ese ha sido el objetivo de la presentación, la defensa y la en breve aprobación de la enmienda ahora tramitada in voce. Y es posible que el PSOE hasta la apoye, sobre todo por no dejar vendida a Vanoostende, hoy diputada autonómica por la isla de La Palma y concejala en Los Llanos de Aridane (tras un mal resultado electoral en esa isla), y a su partido en la Isla Bonita.
Es justo la cantidad indebidamente pagada de 3,5 millones de euros la que CC en La Palma, con los apoyos parlamentarios necesarios logrados, ahora quiere perdonar o regalar a los plataneros de esa isla que recibieron más ayuda de la que se debió otorgar para compensar la pérdida de renta por los efectos del volcán con cargo a la citada campaña.
Tal y como se ha publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias, la enmienda de adición presentada por CC y apoyada por los grupos políticos afines al Gobierno, la primera versión aprobada en ponencia (ahora ampliada y que se ratificará el 11 de diciembre próximo), “tiene por objeto la redacción de una disposición adicional en la Ley de Presupuestos Generales de CAC para 2026”. Esta nueva disposición adicional, “sobre ayudas de minimis al sector platanero afectado por el volcán en La Palma [la erupción del Tajogaite en septiembre de 2021]”, se titula Ayuda de minimis al sector platanero afectado por la erupción volcánica de la isla de La Palma del año 2021.
En ella se establece que “la persona titular de la Consejería competente en materia de agricultura podrá conceder en el primer trimestre del año 2026 ayudas de minimis [o sea, ya mismo] a quienes hubiesen sido beneficiarios de las ayudas por pérdida de renta como consecuencia de la erupción volcánica de la isla de La Palma del año 2021, las correspondientes a la campaña 2021-2022, y obtuvieran un pago a cuenta en exceso una vez aplicada la formula del artículo 30.7 del Reglamento (UE) 702/2014, de la Comisión de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícolas y forestales y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE”.
Además, se añade que “la cuantía de tales ayudas corresponderá al mismo importe del exceso resultante del pago a cuenta de esas ayudas por pérdida de renta, hasta el límite establecido en el Reglamento (UE) 2024/3118, de la Comisión, de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica el Reglamento (UE) 1408/2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis en el sector agrícola”.
Aquellos “beneficiarios de las ayudas [todos productores plataneros en la isla de La Palma] en los que el importe de exceso del pago a cuenta por pérdida de renta supere el importe máximo de la ayuda de minimis concedida deberán reintegrar la diferencia previa tramitación del correspondiente expediente [un reintegro parcial]”.
También se subraya que “la concesión de la ayuda prevista en el apartado anterior no requerirá de aprobación de gasto, ya que tales importes se encuentran en poder de los beneficiarios [fueron ingresados y aún no han sido devueltos]”. Debe recordarse que se pagaron de más 3,5 millones de euros totales a unos 1.300 beneficiarios, de los 5.000 perceptores finales en La Palma. A esos, los 1.300, se les pretende compensar el máximo posible con esta nueva ayuda de minimis, con el único objetivo de evitar los reintegros del exceso abonado.
En este punto, cabe subrayar qué hará el Gobierno de Canarias, o mejor, la Consejería de Agricultura, con el expediente abierto por lesividad ante esa anomalía administrativa: el resultado de pagar más de lo que corresponde en ayudas y no reintegrar lo excedido a las arcas públicas de la CAC.
Telaraña legal para tener contentos a 5.000 palmeros
La misma enmienda “habilita a la persona titular de la Consejería competente en materia de agricultura a autorizar la tramitación de las modificaciones de crédito que resulten precisas para conceder ayudas de minimis por la pérdida de producción en la campaña 2021-2022 al resto del sector platanero de la isla de La Palma, como consecuencia de la erupción volcánica sufrida en esta isla en el año 2021”.
Esto quiere decir que el premio que reciba el beneficiario afectado por el reintegro también será otorgado al resto de los receptores de la medida compensatoria, a partir de enero de 2026, con el objetivo de que la primera de estas medidas no solo termine contribuyendo a una parte de los plataneros (los 1.300 con reintegro por lo pagado de más), sino a todos por igual: los 5.000.
Dicho de otra manera: para poder hacerle el regalo a unos, conviene que los otros no se quejen, y así todos entran en la nueva compensación de manera teóricamente justa, con una ficha financiera a definir para conseguirlo (la medida una es una compensación, y para la dos, se autoriza la modificación de créditos), de entre nueve y 11 millones de euros. Todos los millones, solo para La Palma, gracias a la gran idea de CC en esa isla, apoyada por Narvay Quintero desde la Consejería de Agricultura.
La justificación de estas dos medidas, que viene a ser una, siempre según la enmienda, “viene determinada por que la pérdida de renta se calculó conforme al artículo 30.7 del Reglamento (UE) 702/2014, utilizando producciones individuales de cada explotación y precios medios de mercado certificados por el Istac” para abonar el anticipo de 2021.
Luego, “la campaña 2021-2022 registró precios extraordinariamente altos (de 0,58 a 0,83 euros/kg, con un más 43%), lo que generó ingresos adicionales para quienes pudieron mantener la producción; por el contrario, las explotaciones afectadas por la erupción [las palmeras] quedaron excluidas de esa mejora coyuntural [del mejor precio]”.
“Dado que el artículo 30.7 ya reseñado se basa en medias plurianuales, dicho diferencial coyuntural -se argumenta- no queda plenamente captado”. Además, los beneficiarios no han dejado de cumplir sus obligaciones ni han realizado acciones para percibir una mayor subvención; el exceso deriva de un cierre técnico de cálculo frente a pagos a cuenta en un contexto extraordinario“.
Se concluye así que, “para paliar ese desajuste, la Consejería de Agricultura podrá realizar las modificaciones de créditos oportunas y conceder en el primer trimestre de 2026 una ayuda de minimis a los productores de plátanos con exceso en el pago a cuenta, compensando la pérdida de producción por la erupción volcánica 2021-2022 hasta el límite fijado en el Reglamento 2024/3118. Si el exceso supera ese tope, se tramitará el reintegro del importe que lo exceda”.
Algunos agentes del sector, incluso palmeros, han criticado con dureza esta solución que, al ser ley, no podrá ser recurrida por los particulares o las personas jurídicas. Sí cabe contra esa decisión una causa de inconstitucionalidad, según han confirmado fuentes parlamentarias bien informadas.
Fuentes jurídicas sostienen que la decisión adoptada por CC y apoyada de forma mayoritaria rompe “el principio de seguridad jurídica e irretroactividad (artículo 9.3 CE): una norma nueva no puede modificar decisiones administrativas firmes ni cambiar reglas después del pago”. Puede pasar lo mismo, , aseguran, con “el principio de no arbitrariedad y sometimiento a la ley (artículo 103 CE): no se pueden inventar excepciones para tapar errores o para contentar a un territorio concreto”.
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