El juez corrupto Salvador Alba alega un día antes de tener que entrar en la cárcel una enfermedad que le impide volar

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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A un día de que finalice el plazo que le concedió el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) para entrar de forma voluntaria en la cárcel, el aún juez Salvador Alba, condenado por los delitos de prevaricación judicial, cohecho y falsedad documental, ha presentado un escrito en el que solicita suspender el requerimiento de ingreso en prisión. Alega que padece una enfermedad grave que le impide viajar en avión y que no puede cumplir la condena en las Islas porque ninguno de sus centros penitenciarios posee un modulo específico de seguridad para autoridades encargadas de la persecución de delitos. 

La última petición de Alba, formulada este martes por su abogado, Nicolás González-Cuéllar, llega después de que el alto tribunal canario frustrara su anterior intento de dilatar su ingreso en la cárcel. El magistrado, suspendido provisionalmente de funciones, pretendía que quedara sin efecto la orden de entrada en prisión hasta que se resolviera el incidente de nulidad que había presentado contra la sentencia del Tribunal Supremo que lo condenó a seis años y medio de cárcel y a 18 de inhabilitación por su “acuerdo corrupto” para perjudicar a Victoria Rosell, actual delegada del Gobierno contra la Violencia de Género.

El TSJC desestimó esa penúltima solicitud de Alba este lunes, lo que ha provocado la inmediata respuesta de su abogado con la presentación de un escrito en el que informa de que el juez condenado padece una enfermedad muy grave que le fue diagnosticada el pasado 23 de noviembre, seis días después de que la Sala de lo Penal del Supremo dictara su sentencia condenatoria y dos días antes de que fuera notificada a las partes. 

Alba ha aportado un informe médico en el que dos facultativos especialistas de la clínica privada San Roque de Las Palmas de Gran Canaria hacen constar que el juez no deberá viajar en avión al menos durante tres meses hasta una nueva valoración a través de pruebas diagnósticas ya programadas. Ese informe está fechado el 26 de enero, el día en que vencía el primer plazo que le había otorgado el TSJC para entrar en prisión de manera voluntaria

Este miércoles se cumplen los diez días hábiles que le había dado el alto tribunal canario en un segundo requerimiento de ingreso voluntario en prisión, notificado personalmente al juez condenado el pasado 1 de febrero en el Palacio de Justicia de la capital grancanaria. En ese plazo, Alba tenía derecho a elegir el centro penitenciario en el que deberá cumplir su condena. Su abogado entiende que no puede ser en Canarias, puesto que ninguna de sus cárceles dispone de módulos específicos para presos miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ni de autoridades encargadas de la persecución de delitos. 

Su defensa aduce que “gran parte de la población” reclusa en prisiones de las Islas “ha sido condenada” por Alba, que ejercía en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, por lo que sostiene que debe viajar a algún centro ubicado en la Península. Solo cinco prisiones garantizan su seguridad. Se localizan en Madrid (Estremera), Sevilla (Sevilla 1), Albocasser (Castellón 2), Lugo (Monterroso) y Logroño.

Alba se remite a varios artículos del Código Penal, del 80 al 87, para pedir la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, un supuesto contemplado para aquellos casos en los que la persona condenada esté aquejada “de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables” que implique, por sí misma, “la desaparición de la peligrosidad criminal”. Alude, además, a la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la materia y otra jurisprudencia menor para tratar de convencer al TSJC de que no es necesario de que exista “un peligro inminente o inmediato de muerte”, sino que basta con acreditar que la estancia en prisión incida negativamente en la evolución de la patología. Su defensa insiste en que la enfermedad que padece es “de suma gravedad” y le impide “hacer vida normal”. 

El abogado del juez condenado defiende razones de salud y humanitarias, así como la necesidad de “protección” de su integridad física, para pedir la suspensión del ingreso en prisión “al menos hasta que una prueba diagnóstica acredite que no se encuentra en un riesgo vital” y que pueda terminar su tratamiento. El escrito remarca, además, el “arraigo” de Alba en el Archipiélago y sus “lazos familiares” en esta comunidad, ya que está casado con una letrada de la Administración de Justicia que ejerce en la capital grancanaria. 

Alba solicita que cualquier requerimiento de ingreso en prisión quede en suspenso hasta que su petición sea resuelta en firme y ser examinado por médicos forenses. Su defensa recuerda que el procedimiento en su contra se inició en mayo de 2016 y que la sentencia del Supremo se dictó más de cinco años después, en noviembre de 2021, sin que durante todo este periodo se adoptara medida cautelar alguna contra el ya condenado. A pesar de los numerosos recursos que presentó a lo largo de todo este proceso judicial, el abogado de Alba sostiene que la dilación no es “en absoluto” imputable a su representado y que “no existen razones lógicas que conviertan en perentorio el ingreso en prisión”.  

Fuentes jurídicas autorizadas han explicado a este periódico que, ante este tipo de situaciones, las instituciones penitenciarias organizan el traslado de los internos sin arriesgar su salud y que una vez expira el plazo de ingreso voluntario en prisión se inicia el procedimiento de ejecución forzosa y se dicta la orden de busca y captura de la persona condenada para su inmediata entrada en la cárcel.

El juez Alba fue condenado por conspirar contra Victoria Rosell, por utilizar un procedimiento penal por fraude fiscal contra un empresario como “coartada” para impulsar una “investigación paralela y ajena” a los hechos con la única finalidad de perjudicar la carrera política y profesional de la actual delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, a la que había sustituido al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria cuando la jueza decidió pedir la excedencia y concurrir a las elecciones generales de 2015 en las listas de Podemos por Las Palmas. 

La sentencia condenatoria dictada por el TSJC en septiembre de 2019 y ratificada por el Supremo el pasado noviembre concluye que Alba usó ese procedimiento “para fines personales, el fraude, la manipulación y el retorcimiento del proceso”, contribuyendo con sus informes falsos a que el alto tribunal admitiera a trámite la querella que el entonces ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria (PP), había presentado contra Rosell en plena campaña electoral, una querella que sería finalmente archivada.