Revocada la sentencia que daba la custodia de una menor a su padre condenado por maltrato

Manifestación en la puerta del Colegio de Santidad y en algunas calles del casco urbano promovida por Susana Guerrero. Foto: Radio Arucas

Efe

Las Palmas de Gran Canarias —

La Audiencia Provincial de Toledo ha estimado el recurso presentado por Susana Guerrero, una madre que se niega a entregar a su hija al padre condenado por maltrato, y ha revocado la sentencia dictada en 2015 por un Juzgado de Talavera de la Reina que daba la guarda y custodia de la menor al padre.

La sentencia de la sección primera de la Audiencia de Toledo revoca la sentencia que dictó el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Talavera de la Reina el 6 de mayo de 2015 y desestima la demanda que interpuso el padre de la menor.

El Juzgado había estimado la demanda del hombre y le otorgó la guarda y custodia de la niña, que tiene 10 años, y ahora la Audiencia explica en la sentencia que “no es irrelevante que exista una condena por malos tratos puesto que siendo un derecho del menor el desarrollarse en un ámbito en el que la resolución de los conflictos no venga de la mano del uso de la fuerza”.

No obstante, la Audiencia Provincial de Toledo señala que “en interés de la menor parecería oportuno que el actual régimen de comunicaciones tuviera en cuenta la nueva situación generada con el traslado de la madre a residir a Canarias”.

El Juzgado de Talavera de la Reina sustanciaba su sentencia en los comportamientos de la madre y su entorno para que la niña rechazara el contacto con su padre y llegó a definir la existencia de un síndrome de alienación parental que decía la sentencia que había que corregirse dando la custodia al padre.

Sin embargo, la Audiencia explica que no es preciso entrar “en gran profundidad” en la cuestión referida al síndrome de alienación parental, algo “muy discutido en la doctrina científica” y que no cuenta con respaldo de organismos tan solventes como la Organización Mundial de la Salud o la Asociación de Psiquiatría de Estados Unidos.

“Si los especialistas no se ponen de acuerdo en su existencia con menor razón pueden los tribunales hacer aseveraciones tajantes en uno u otro sentido”, sostiene la Audiencia.

Añade que la sentencia dictada el año pasado por la juez de Talavera de la Reina es “incongruente” porque modificó la guarda y custodia sobre la base del síndrome de alienación parental, y precisa que “lo que importa” es de qué manera el interés de la menor queda mejor protegido.

Varias concentraciones se convocaron en distintas ciudades del país, entre ellas Madrid, en apoyo de Susana Guerrero hace un par de semanas coincidiendo con la reunión de la Audiencia de Toledo para tratar este asunto.

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