Los asalariados recurren la resolución que obliga a los taxistas a ir uniformados

Para de taxis del Parque de San Telmo en Las Palmas de Gran Canaria.

Arminda Pérez

Las Palmas de Gran Canaria —

La presidenta de la Asociación de Asalariados del Auto Taxi de Canarias, María Eugenia García, ha interpuesto un recurso contencioso – administrativo contra la resolución (notificada el 1 de agosto) del concejal de Movilidad Ciudadana y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Ángel Sabroso, en la cual se acuerda el uniforme que deberán llevar los taxistas de Las Palmas de Gran Canaria, de forma obligatoria, a partir del 1 de septiembre. Según García, el escrito se ha presentado por la vía de urgencia porque “se vulneran los derechos fundamentales de la persona”, y también por el corto margen de tiempo que tienen para recurrir.

El recurso señala que la competencia para autorizar esta resolución recae en la Junta de Gobierno Local y no en el concejal. Además, la presidenta alega que nunca se concertó una audiencia con las asociaciones representativas del sector de este transporte para discutir el asunto y que el trámite no se abrió a la información pública.

La taxista también cree que no tiene sentido que la vestimenta sea obligatoria, a diferencia del caso de los conductores de Guaguas Municipales, donde el Ayuntamiento gestiona el servicio, porque se pretende “imponer un uniforme a autónomos y sus asalariados sin consentimiento previo de los mismos”. Asimismo, García señala que no se ha tenido en cuenta que se trata de profesionales que van a estar en contacto directo con el público y que el uniforme que se plantea “masculiniza” a la mujer.

El escrito argumenta que “tampoco que se ha tenido en cuenta las peculiaridades del clima y las condiciones del trabajo”, pues los taxistas deben permanecer dentro del coche y el calor del motor, acompañado de la climatología, son factores que obligan a llevar una vestimenta cómoda, “cosa que se obvia al ser de obligatorio cumplimento calzar zapatos cerrados con calcetines”. Tampoco se cumpliría ese factor de confort en los pantalones, faldas, polos y camisas descritos en la resolución a juicio de la representante de los asalariados.

La parte afectada ha expuesto que la cancelación de la resolución no ocasionaría ningún perjuicio a la Administración y, de adoptarse la medida cautelar, “tampoco se produciría ningún perjuicio o perturbación grave de los intereses generales o de terceros”. En cambio esto si ocurriría, si no se suspende la resolución, con los profesionales del sector del taxi que tendrían que hacer un “gasto excesivo e inútil” en comprar los uniformes.

La parte afectada considera que la resolución va en contra de la dignidad de la persona, el libre desarrollo de la personalidad, del derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen.

Por lo tanto, los afectados suplican que se suspenda el cumplimiento de dicha resolución que iría en contra de sus intereses y derechos.

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