España acepta la condena del Tribunal de la UE sobre la opa de E.ON sobre Endesa

El Tribunal de Justicia de la UE condenó hoy a España por no haber acatado la decisión de la Comisión Europea de retirar varias de las condiciones a la opa de E.ON sobre Endesa, pero no entró a evaluar si las medidas son compatibles con la legislación comunitaria.

Los jueces europeos dieron la razón al ejecutivo de la UE, que había solicitado en reiteradas ocasiones al Gobierno español que levantara algunas de sus restricciones a la entrada de E.ON en la eléctrica española, y condenaron a España al pago de las costas judiciales.

Para Bruselas no es aceptable obligar a mantener la marca Endesa durante cinco años; no vender en ese plazo los activos eléctricos fuera de la Península; utilizar sólo carbón de producción nacional y no desviar gas producido en España a otros mercados, y no adoptar decisiones estratégicas que puedan afectar a la seguridad del suministro contrarias al ordenamiento legal español.

Esas medidas vulneran, según la Comisión, los principios de libertad de establecimiento y libre circulación de capitales.

Además, el ejecutivo de la UE denuncia que, al imponer requisitos a la operación, Madrid se inmiscuyó en una fusión de dimensión comunitaria, sobre las que Bruselas tiene competencia exclusiva.

El Gobierno niega que las condiciones a E.ON vulneren la legislación y argumenta que su único objetivo era garantizar la seguridad energética nacional.

Pero el Tribunal de Justicia no entró a evaluar estos argumentos y recalcó que un Estado miembro no puede defenderse de un recurso por incumplimiento aduciendo la ilegalidad de la decisión.

Sólo podría hacerlo si la decisión de Bruselas adoleciera “de vicios especialmente graves y evidentes”, dice la sentencia, algo que no ocurre en este caso.

Según el Tribunal, “sin que sea necesario examinar si las medidas controvertidas se adoptaron para proteger un interés legítimo” como la seguridad pública, no procede en este caso cuestionar la validez de la decisión de la Comisión.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, recalca, además, que el hecho de que E.ON retirara su oferta por Endesa no eximía a España del cumplimiento de la decisión de Bruselas.

La Comisión Europea se declaró satisfecha por el fallo judicial que, a su juicio, confirma la obligación de los Estados miembros de cumplir sus exigencias.

Según Bruselas, queda claro que la Comisión “puede y debe” vigilar las medidas nacionales, para garantizar que los Gobiernos no impongan trabas injustificadas a fusiones de dimensión comunitaria.

El Gobierno, por su parte, aceptó la sentencia de la corte con sede en Luxemburgo pero subrayó que “no limita su capacidad de actuar en un futuro para garantizar el suministro energético”.

El vicepresidente segundo, Pedro Solbes, lamentó la contradicción de la normativa comunitaria, que permite a los países aducir razones de estrategia nacional para poner condiciones a una operación en el sector energético y en la práctica no las acepta.

Fuentes gubernamentales incidieron en que la sentencia tiene efectos “prácticamente nulos”, no modifica la situación del sector y “elimina las condiciones de una operación que no se produjo”.

La corte europea debe aún pronunciarse sobre la ampliación de competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que permitió al regulador imponer requisitos a la opa de E.ON, primero, y después a la de Enel y Acciona.

Bruselas abrió un nuevo expediente sancionador a España por las medidas a Enel y Acciona, muy similares a las fijadas para E.ON, que estaba abocado a terminar también ante la corte de Luxemburgo.

Pero el Gobierno español se ha adelantado a la previsible denuncia de Bruselas y ha recurrido ante el Tribunal de Primera Instancia la decisión de declarar “ilegales” parte de las exigencias a Enel y Acciona.

Madrid ha solicitado, incluso, medidas cautelares a la corte, es decir, que no se le obligue a cumplir la decisión de Bruselas -retirar las medidas- hasta que haya una sentencia sobre el fondo del asunto.

Bruselas, 6 mar (EFE).- El Gobierno español ha recurrido ante la Justicia europea la decisión de la Comisión Europea de declarar “ilegales” varias de las condiciones a la opa de Enel y Acciona sobre Endesa y ha pedido que se suspenda la aplicación de esa decisión hasta que haya una sentencia sobre el fondo del asunto.

El ejecutivo comunitario dictaminó en diciembre pasado que algunas de las medidas para autorizar la oferta de Enel y Acciona eran incompatibles con la normativa de la UE y, tras negarse España a retirarlas, le abrió un procedimiento de infracción.

El portavoz de Competencia del ejecutivo comunitario, Jonathan Todd, indicó hoy que Bruselas ha paralizado ese procedimiento después de que España solicitara al Tribunal de Primera Instancia de la UE medidas cautelares, es decir, que no se aplique la decisión de Bruselas hasta que dictamine sobre el fondo de la cuestión.

La Comisión abrió el proceso sancionador a España en enero, con el envío de una carta de emplazamiento, a la que Madrid ya respondió.

Tras evaluar la contestación de las autoridades españolas, Bruselas debía ahora decidir si les enviaba un “dictamen motivado”, segundo paso del procedimiento, previo a la denuncia ante el Tribunal de la UE.

Era previsible que la disputa por no retirar las condiciones a Enel y Acciona llegara hasta la corte con sede en Luxemburgo, igual que sucedió con las impuestas a E.ON, cuestión sobre la que hoy se pronunció el Tribunal.

En su sentencia, los jueces dictaminaron que España infringió la legislación comunitaria al no retirar las medidas a E.ON, como le había solicitado la Comisión, pero no entraron a evaluar si éstas eran o no “ilegales”.

Al presentar un recurso contra la decisión de declarar las nuevas condiciones a la compra de Endesa (por Enel y Acciona) también incompatibles con la legislación comunitaria, España fuerza al Tribunal a pronunciarse sobre su capacidad de intervenir en una fusión comunitaria para defender la seguridad energética.

Según el Reglamento europeo de concentraciones, la Comisión tiene competencia exclusiva sobre esas fusiones y los Estados miembros sólo pueden prohibirlas o condicionarlas para proteger intereses distintos a la competencia.

La seguridad pública, la pluralidad de los medios y las reglas prudenciales son los únicos intereses considerados legítimos por Bruselas e incluso en esos casos las medidas deben ser proporcionadas y compatibles con las leyes europeas.

El Gobierno español argumenta que, con sus restricciones, primero a E.ON y luego a Enel y Acciona, su único objetivo es garantizar la seguridad energética nacional.

Madrid, 6 mar (EFE).- El Gobierno acepta la sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la UE, que condena a España por no retirar varias de las condiciones a la opa de E.ON sobre Endesa, pero señala que la decisión judicial “no limita su capacidad de actuar en un futuro para garantizar el suministro energético”.

Según explicaron a Efe fuentes gubernamentales, la sentencia no entra a analizar los argumentos que justifican las condiciones impuestas a E.ON ni la legislación en que se apoyan y se limita a juzgar la actuación del Gobierno en una operación de ámbito comunitario.

En 2006 se aprobó una ley que amplió las competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en la que se apoyan los requisitos impuestos a E.ON.

Bruselas llevó esta norma a los tribunales europeos antes de que la CNE se pronunciara sobre la opa del grupo alemán, pero el Tribunal del Luxemburgo todavía no se ha pronunciado sobre este caso.

Desde el Ejecutivo recuerdan que la normativa europea reconoce la capacidad de los Estados miembros para intervenir con el objetivo de asegurar la seguridad del suministro energético.

En este sentido, el ministro de Economía, Pedro Solbes, lamentó esta mañana la contradicción de la normativa comunitaria en este punto, ya que permite a los países aducir razones de estrategia nacional para poner condiciones a una operación en el sector energético y en la práctica no las acepta.

Además, las fuentes consultadas señalaron que la sentencia tiene efectos “prácticamente nulos”, no modifica la situación del sector y “elimina las condiciones de una operación que no se produjo”.

Aunque E.ON aceptó las condiciones dictadas por Industria, que modificaban las acordadas previamente por la Comisión Nacional de la Energía (CNE), finalmente retiró su opa por Endesa tras cerrar un acuerdo con Enel y Acciona.

El Gobierno insiste en que no pudo acatar los requerimientos de la Comisión Europea porque la operación no llegó a concretarse.

El Ejecutivo español se reafirma en la necesidad de imponer estas condiciones para garantizar el suministro y considera que se ajustan a la normativa europea.

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