El Cabildo lleva desde 2003 sin fiscalizar correctamente sus contratos 'a dedo'
a dedo
La Mesa del Cabildo grancanario aprobó este miércoles una propuesta de los Servicios de Intervención y Contratación para realizar de manera correcta todo el procedimiento negociado sin publicidad.
A partir de ahora, los expedientes de contratación de cualquier servicio de la Corporación tramitados por el procedimiento negociado sin publicidad, al igual que se procede en las licitaciones públicas por medio de los concursos abiertos, deberán ser remitidos al Servicio de Contratación con informes justificativos de la necesidad de contratar y del procedimiento elegido, con documentos contables acreditativos de la consignación presupuestaria debidamente fiscalizado, además de los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares, junto al decreto que apruebe el expediente de contratación y el procedimiento a dedo.
El informe, que ha motivado un dura crítica del PSC-PSOE por entender que llega a escasos días del final del mandato y debió hacerse desde el principio del mismo, aduce que se debe acometer a partir de ahora este proceso previo al negociado sin publicidad “en aras de garantizar la correcta preparación de los expedientes de contratación del Cabildo”, porque desde el Servicio correspondiente se es consciente de que “la actual fiscalización en dichos procedimientos negociados sin publicidad se está realizando cuando ya está todo el procedimiento convocado y realizadas las invitaciones”.
La propuesta de Intervención General y Contratación explica que esa fiscalización a posteriori conlleva “una problemática superior cuando se establecen reparos al procedimiento o a los documentos que lo integran”, y además provoca “una contradicción en la correcta fiscalización previa realizada en las contrataciones públicas”.
A la Mesa no llegarán los contratos en exclusividad
Los procedimientos negociados sin publicidad seguirán pasando, con estas nuevas prerrogativas, por la Mesa de Contratación, pero a partir de ahora quedan excluídas del órgano donde tienen representación los grupos de la oposición “los contratos que por causa de su especificidad técnica o artística o por motivos relacionados con la protección de derechos en exclusiva sólo puede enconmendarse a una determinada persona física o jurídica, cuando, previamente, el Servicio de Contratación y la Intervención ya han constado que se cumplen con los requisitos para estos supuestos sin que dé lugar a cuestionamiento alguno en la Mesa de Contratación”.