El Gobierno impone un 10% de IVA a los pisos turísticos y permitirá que los Ayuntamientos dupliquen su IBI
El Real Decreto-Ley de vivienda publicado este miércoles interviene el mercado de los pisos turísticos al gravar esta actividad como lo que son: un negocio. Así, las estancias de menos de 30 días estarán gravadas con un 10% de IVA desde el 1 de diciembre de este año, siempre que el arrendador no preste “servicios complementarios propios de la hostelería” como restaurante o limpieza o si supera el mes de estancia.
Tampoco se aplicará este 10% del IVA si la vivienda arrendada es la misma en la que el propietario tiene como vivienda habitual, según recoge el texto aprobado en el Consejo de Ministros de este martes. Este porcentaje, que es el tipo reducido del impuesto, queda lejos del objetivo que se había fijado el Gobierno, que era incluirlo dentro del 21%, que es el tipo general, un gesto del Ejecutivo para llegar a un acuerdo con el resto de partidos.
Según datos de la patronal Hosteltur, la cifra de negocio de las plataformas de alquiler turístico como Airbnb o Booking se acercaba a los 2.100 millones de euros en 2022, lo que permitiría aflorar una cuantía notable a través de este impuesto.
Al otro lado, y para promocionar la vivienda protegida, el decreto rebaja el IVA de esta construcción al 4%. En cambio, aumenta los impuestos a las socimis hasta el 25% sobre los beneficios. Este impuesto se puede reducir un 50 y hasta un 100% si la socimi en cuestión destina parte de su cartera al alquiler asequible.
Un recargo del IBI de hasta el 150%
Otra novedad de alcance en materia fiscal es que el decreto autoriza a los Ayuntamientos a aplicar un recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de aquellas viviendas que están destinadas a alquiler turístico, aunque aquí limita su aplicación a los municipios en zonas de mercado residencial tensionado.
El recargo que prevé es de hasta un 50% en la cuota líquida de este impuesto, aunque podrá elevarse hasta el 100% (es decir, duplicar el pago previsto) o el 150% si los propietarios lo son de dos o tres inmuebles residenciales, o de cuatro o más, respectivamente. “Su establecimiento y regulación corresponden a los ayuntamientos mediante ordenanza fiscal”, detalla la norma.
No es la primera vez que el Gobierno intenta intervenir en el mercado de los pisos turísticos. El Ministerio de Vivienda ya intentó poner en marcha un registro único de alquileres turísticos, pero el Tribunal Supremo lo tumbó por invadir competencias autonómicas, tras un recurso presentado por la Generalitat valenciana.
Con todo, el grueso de la regulación en la materia corresponde a las comunidades autónomas y los Ayuntamientos. Ciudades como Madrid o Barcelona ya han empezado a intervenir: la primera de manera más tímida, y la segunda ha anunciado que no otorgará más licencias y que las actuales expirarán en 2028.
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