El fiscal sólo acusa a Martín de un delito de negociaciones prohibidas
El portavoz de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Canarias informó este martes de que se ha solicitado a la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que abra el procedimiento judicial para acusar a José Antonio Martín Martín, ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas (suspendido en el cargo) de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos.
Entiende el fiscal que Martín, con la colaboración de Wilebaldo Luís Yanez, imputado en el caso Eólico, asesoró a la familia y abogados del entonces imputado Rafael Bornia Bordón, condenado por narcotráfico, sobre la manera de conseguir su puesta en libertad provisional, mientras se tramitaba la causa por el delito de tráfico de estupefacientes que le llevó a la cárcel.
Pero, según expone la Fiscalía, “a pesar de la exhaustiva investigación realizada, no existe base probatoria suficiente para considerar acreditada la comisión de un delito de cohecho”.
Los hechos se remontan al pasado 18 de enero de 2006 cuando tuvo entrada en Instrucción Siete de Las Palmas de Gran Canaria relativa a una pieza separada donde se encontraba la intervención, grabación y escucha del teléfono utilizado por Wilebaldo Luis Yanes para esclarecer un presunto delito de cohecho, al apreciarse que “formaba parte de una trama delictiva encaminada a conseguir de forma fraudulenta la adjudicación de un concurso público para la asignación de energía eólica, convocado por la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias”.
De la pieza se desprenden “supuestos hechos delictivos referidos a la actuación ilegal que promoviese o favoreciese la puesta en libertad de Rafael Bornia Bordón, procesado por un delito de tráfico de drogas por el que se encontraba en prisión provisional”. En ella se concluía la posible participación en los nuevos hechos delictivos José Antonio Martín Martin, magistrado presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas y de su Sección Primera.