Trib.-Declarado culpable por matar a su novia en un hotel de Gran Canaria y la fiscal aumenta a 25 años su petición
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 14 (EUROPA PRESS)
El jurado popular del juicio contra Y.A.M., acusado de matar “con alevosía” a su novia en el hotel Valencia de la capital grancanaria en diciembre de 2008, ha declarado culpable de asesinato al acusado a la vez que la fiscal del caso ha aumentado su petición a la pena máxima de prisión, consistente en 25 años. No obstante, la sala emitirá la sentencia mañana.
Así lo determinó hoy el jurado del caso durante el fallo de su veredicto sobre el juicio que desde el lunes está acogiendo la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas. En concreto, los miembros del jurado probaron por unanimidad que el acusado “es culpable de la muerte, ocasionada de forma voluntaria” de J.R.D. a la que su novio le propinó “voluntariamente repetidos golpes”.
La fiscal del caso, con la aprobación de la acusación particular, la abogacía del Estado, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y el Instituto Canario de la Mujer (ICM), aumentó hasta los 25 años de prisión su petición de la pena para el acusado. Además, el Ministerio Fiscal pidió a Y.A.M. una indemnización de 120.000 euros para los herederos de la fallecida, que se vio incrementada hasta los 200.000 por la representante del organismo regional de la mujer.
Por su parte, el abogado de la defensa afirmó mostrarse “conforme a derecho” en la pena de cárcel, pero rechazó la cuantía solicitada porque la joven “no dependía económicamente” del acusado.
El abogado de la acusación, Javier de la Llave, valoró “muy positivamente” el veredicto del jurado porque demuestra que se ha conseguido “probar que se dan las circunstancias, por un lado la mista de parentesco del artículo 23 y luego el jurado ha declarado probado que existe también además de alevosía ensañamiento”.
“En consecuencia podemos solicitar y así será que se le imponga la pena máxima de 25 años, que es en definitiva lo que perseguíamos además de la indemnización”, manifestó el letrado.
Asimismo, de la Llave consideró “un éxito” la pena solicitada por la fiscal y destacó que “el jurado popular ha sido sensible a las pruebas propuestas y practicadas”. En este sentido, los hermanos de la víctima, José Luis y Carmen, insistieron en que “el resultado del veredicto era justamente lo que estábamos pidiendo, la condena máxima de 25 años”.
“Desde un principio siempre lo que nosotros pedíamos era justicia y gracias a dios hoy se hizo justicia y quedó la pena máxima”, indicó José Luis quien aseguró que en sus padres “ahora estarán un poco más tranquilos” porque “estaban con mucha pena, llorando todos los días esperando esta noticia”.
Por tanto, el jurado popular desechó las declaraciones del acusado, que hace unos días aseguró que la joven tenía “intención de acabar con su propia vida” y que su muerte se produjo porque “con ánimo suicida comenzó a golpearse en repetidas ocasiones la cabeza contra el suelo” de la habitación 218 del hotel Valencia, situado en la calle Valencia de Las Palmas de Gran Canaria.
“AUMENTÓ DE FORMA INNECESARIA EL SUFRIMIENTO” DE LA VÍCTIMA
En consecuencia, después de que la pareja mantuviera una discusión, “con la intención de acabar con la vida de J.R.D., el acusado la tiró al suelo entre las dos camas de la habitación, poniéndose encima de ella, agarrando su cuello y comenzando a golpear en repetidas ocasiones y con mucha fuerza la cabeza de la víctima contra el suelo, perdiendo ésta el conocimiento”.
El jurado probó este hecho por considerar que las pruebas aportadas por los testimonios de los empleados del hotel y la autopsia realizada por los forenses confirmaban los hechos anteriormente relatados.
Así, también se tuvo en cuenta que el acusado “en su actuación y de forma voluntaria, aumentó innecesariamente el sufrimiento” de la fallecida “al haber perdido ésta la conciencia”.
Por todo ello, los miembros encargados de la deliberación probaron que el fallecimiento de la joven, que tuvo lugar en el Hospital Universitario Doctor Negrín de la capital, se produjo por “una fractura de cráneo, unida a asfixia y destrucción de centros vitales cardiorrespiratorios del encéfalo”.