El Tribunal Supremo absuelve al ex presidente de la Audiencia de Las Palmas pero avala la instrucción penal
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 10 (EUROPA PRESS)
La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha absuelto al ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, José Antonio Martín Martín, que había sido condenado a suspensión de empleo o cargo público que implique el desempeño de funciones jurisdiccionales durante un año y seis meses por un delito de actividades prohibidas a los funcionarios públicos, del que había sido acusado por favorecer presuntamente a un narcotraficante.
El Alto Tribunal celebró el pasado 19 de enero una vista para revisar el recurso planteado por el condenado y en la que el fiscal pidió que el Supremo confirmase la condena impuesta en abril del año pasado por la Audiencia Provincial de Las Palmas. El representante del Ministerio Público defendió que el juez de instrucción que investigó el caso actuó “con arreglo al derecho” y no hubo “ninguna persecución” contra Martín.
El fallo, dado a conocer hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), declara la inocencia de Martín al considerar que su asesoramiento “carece de relevancia suficiente” y precisa que no encaja con “las banalidades referidas a la conveniencia de la brevedad y claridad en el mensaje a verter en una vista oral, ni el ofrecimiento de fianza, pues ese extremo aparece ofertado y, por otra parte, es una practica habitual en el cuestionamiento de las medidas cautelares de contenido personal”.
En todo caso, el Supremo avala la instrucción penal llevada a cabo por la magistrada Carla Bellini y el juez Miguel Ángel Parramón y desestima la denuncia contra intervenciones telefónicas y la actuación del juez Parramón al no inhibirse en los primeros momentos de las diligencias, planteadas en el recurso de casación interpuesto por las representaciones de los acusados Martín Martín y Wilebaldo Luis Yanes --también condenado como cooperador necesario por la Audiencia Provincial en esta causa--, contra la sentencia dictada el día 15 de abril por el TSJC, en la causa seguida contra ellos por un presunto delito de actividades prohibidas a los funcionarios, que el TS casa y anula.
(Habrá ampliación)