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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

La Audiencia ordena que se juzgue al promotor de Hoya Pozuelo por un delito de estafa

“En la conducta del acusado se dan elementos objetivos y subjetivos del delito de estafa”. Esta afirmación y otras de similar contundencia pueblan el auto de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas por la que se revoca el sobreseimiento de la causa que se seguía en Instrucción 5 contra el promotor inmobiliario Jaime Cortezo Massieu y se ordena la incoación de procedimiento abreviado para que se celebre juicio oral.

El empresario, propietario de la emisora 7.7 Radio y del islote del Francés, en Arrecife, tendrá que responder por lo tanto ante la reclamación masiva de una docena de propietarios de dúplex de la urbanización Hoya Pozuelo, en Telde, vendidos cuando ya era firme una sentencia que ordenaba la demolición de casi todos ellos por invadir zona de protección afectada por la Ley de Costas.

La resolución, de la que actuó como ponente el magistrado Salvador Alba, ordena la celebración de juicio oral, “donde se desplieguen los medios de defensa precisos para demostrar la actitud leal y verdadera que mostró el querellado para con los compradores y la ausencia de ese engaño que, insistimos, debemos suponer ante las evidentes circunstancias del caso”.

El ponente es extremadamente duro con el comportamiento del empresario promotor, por entender que “el querellado señor Cortezo procede a vender la mayoría de las viviendas que se encontraban afectadas por expediente sancionador de Medio Ambiente y Urbanismo, así como por orden de demolición, una vez se había dictado sentencia de la Sala de lo Contencioso confirmando la resolución de la Administración en este sentido”.

En el auto se rechaza el argumento de la magistrada instructora, Ana de Vega, de que los compradores debieron conocer esas circunstancias por la prensa. Fuera “o no dada a conocer por los medios de comunicación, [la orden de demolición] fue ocultada por el vendedor a los compradores, pues al manifestar que las viviendas estaban libres de cargas y gravámenes, se faltaba a la verdad deliberadamente”.

Entiende Salvador Alba que “el engaño debe entenderse como ardid u ocultación maliciosa de la verdad” e invoca “la lógica más básica que nos dice que nadie adquiere una vivienda por más de treinta millones de las antiguas pesetas si sabe que sobre ella pesa una orden de demolición”.

Por todo ello, la Audiencia Provincial revoca el sobreseimiento dictado por la juez instructora y le conmina a que concluya la instrucción e incoe procedimiento abreviado para la celebración de juicio oral.

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