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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

El fiscal solicitó al juez de Menores que retirara la libertad vigilada al 'Rafita'

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de Menores solicitó hasta en dos ocasiones retirar a Rafael Fernández, alias 'Rafita', la libertad vigilada que se le impuso por participar en el asesinato de Sandra Palo al no ser una medida cautelar, es decir, no existir la posibilidad real de que alguna instancia pudiera evitar su reiteración delictiva en el ámbito de la delincuencia adulta, indicaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En junio de 2007, 'Rafita' abandonó el centro de internamiento de menores Renasco (Carabanchel) para pasar a un régimen de libertad vigilada hasta el próximo junio. Según la familia de Sandra Palo, la salida se produjo sin tener en cuenta los informes psicológicos que le describían como un joven inadaptado, agresivo, egocéntrico, descontrolado, dado a la ira e incapaz de relacionarse con los demás.

Desde entonces, el chico ha quebrantado en tres ocasiones esta medida judicial. Está acusado de robar el pasado junio un ordenador en Málaga, de otro robo con fuerza ocurrido el pasado 23 de diciembre en Alcorcón y el robo perpetrado el pasado sábado en el barrio de Cuatro Caminos.

Según las mismas fuentes, el fiscal solicitó al juez de Menores encargado de ejecutar la condena que se le impuso que le retirara la medida de libertad vigilada, puesto que ésta no aseguraba su control al no llevar aparejada ningún castigo.

En la jurisdicción de los adultos, el incumplimiento de la libertad condicional conlleva el ingreso en prisión, mientras que en el ámbito de la delincuencia juvenil el quebranto de la medida de libertad vigilada no implica ninguna consecuencia.

La libertad vigilada consiste sólo en que el menor infractor debe presentarse los días 1 y 15 de cada vez ante el Juzgado de Menores para acreditar que no ha salido de la comunidad que controla su tutela. El menor no está obligado a realizar los cursos o talleres propuestos por su asistente social para facilitar su reinserción.

'Rafita', de 22 años, debe ser tratado ya judicialmente y penalmente como cualquier adulto porque es un ciudadano de pleno derecho al tener la mayoría de edad. El juez de Menores ha instado por auto en dos ocasiones a Instituciones Penitenciarias para que se haga cargo de 'Rafita'.

ACLARACIÓN

Para resolver las dudas que plantea la libertad vigilada, la entidad dependiente de Interior se reunirá en los próximos días con representantes del Poder Judicial, la Fiscalía de Menores y las comunidades autónomas implicadas en la reinserción de Rafael Fernández, conocido como 'Rafita', para debatir sobre una posible adaptación de la medida de libertad vigilada al Código Penal, informaron a Europa Press fuentes de este organismo.

Esta medida judicial está recogida en la Ley que regula la Responsabilidad Penal del Menor, cuyo contenido establece que le corresponde a las comunidades autónomas ejecutar su cumplimiento.

Según la Ley, la ejecución de las medidas judicialmente impuestas corresponde a las entidades públicas de protección y reforma de menores de las Comunidades Autónomas, bajo el inexcusable control del Juez de Menores.

En cuanto a la libertad vigilada, la Ley dispone que el menor infractor está sometido, durante el tiempo establecido en la sentencia, a una vigilancia y supervisión a cargo de personal especializado, con el fin de que adquiera las habilidades, capacidades y actitudes necesarias para un correcto desarrollo personal y social.

Sin embargo, la Comunidad de Madrid sostiene que cuando se trata de medidas impuestas por delitos muy graves, como es el caso de 'Rafita', la medida puede pasar a depender de Instituciones Penitenciarias una vez que se cumple la mayoría de edad penal.

Fuentes del departamento que depende del Ministerio del Interior insisten en que esta medida no está contemplada en el Código Penal. Por ello, quieren que los implicados en este asunto se sienten a debatir sobre cómo llevar a cabo una medida que no existe en la jurisdicción de la delincuencia adulta.

Instituciones Penitenciarias asegura que no quiere “polemizar” con este asunto, sino resolver el problema. De igual modo, la Comunidad de Madrid opina que el problema no es a quien le corresponde vigilar esta medida, sino que se trata de un problema de la persona que delinque.

LA CULPA, DE LA LEY

El consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, Francisco Granados, aseguró este martes que “la culpa es de la ley y no de quien tiene la responsabilidad de la libertad vigilada”. Además, se mostró partidario de modificar la Ley que regula la Responsabilidad Penal del Menor, reducir la edad penal y, en el caso de que no se produzca la reinserción, que se prolongue la estancia en prisión.

Asimismo, se mostró a favor de abrir un debate “sosegado” en la sociedad a favor de establecer penas de cadena perpetua revisables en casos de delitos graves, puesto que entiende que no va en contra de la Constitución.

Según el consejero, fijar un plazo máximo de prisión en un “contrasentido” si no se produce la reinserción, finalidad que persiguen las penas de prisión en España conforme a lo establecido en la Constitución. “Habría que abrir un debate sosegado y acabar con esta hipocresía”, apuntó el popular, quien también abogó por endurecer las penas a imponer a los menores en delitos graves.

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