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El Supremo rebaja la pena a dos militares condenados por unas maniobras con un herido

Militares en Fuerteventura. (CARLOS DE SÁA)

Saúl García

Puerto del Rosario —

La Sala de lo militar del Tribunal Supremo (TS) ha rebajado la pena a dos militares (un teniente y un sargento del Ejército de Tierra) que habían sido condenados por un delito contra la eficacia del servicio por unas maniobras en el campo de tiro de Pájara que acabaron con el cabo Marco Antonio Álvarez herido por un proyectil.

El teniente Miguel Marraco y el sargento Carlos Rachid Gómez habían sido condenados a diez meses de cárcel, pero el Supremo, al que habían apelado los dos acusados, en una sentencia de este mismo mes, considera que se les debe aplicar el nuevo Código penal militar, que entró en vigor en mayo de este año y que es más favorable para los acusados.

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2010 en el Campo de maniobras y tiro de Pájara, en el seno del Ejercicio Beta IV-nov 2010 realizado por la Brigada de Infantería Ligera de Canarias. En esas maniobras de adiestramiento para Afganistán, denominadas Velites-2010, intervinieron distintas unidades del Ejército de Tierra, como el Regimiento de Infantería Ligera Tenerife 49 y el Batallón de Zapadores XV, perteneciente a Las Palmas de Gran Canaria. Se trataba de “operaciones ofensivas sobre enemigo asimétrico”, “acciones contra IED” (artefacto explosivo improvisado) y “ruptura de contacto” con fuego real.

Este último ejercicio, según consta en la sentencia, consistía en que un pelotón progresara en formación de combate por el cauce seco de un barranco y, ante la aparición de un supuesto fuego enemigo (revelado por el fuego de la base realizado por personal ajeno al ejercicio), la unidad debía replegarse rápidamente, reuniéndose en una nueva y única hilera, parapetándose en la zona más próxima que ofreciera protección. En esa posición, el primer integrante de la formación haría fuego “a las doce”, con varios disparos, hacia donde estuviera situado el supuesto enemigo.

Estaba previsto que el fuego real se produjera en el Barranco de Terife. No se había autorizado “ni tácita ni expresamente que pudiera hacerse fuego disparando al suelo o sobre el personal integrante del ejercicio o por encima de las figuras de los mismos. El teniente acusado, señala el fallo, acababa de salir de la Academia y eran las segundas maniobras en que participaba, mientras que el Capitán-jefe de la Compañía se hallaba junto a otra de sus secciones en las inmediaciones del Barranco, ”aunque algo alejado y sin posibilidad de ejercitar ningún control directo sobre el adiestramiento que se realizaba, el cual se desarrollaba bajo la dirección del teniente acusado“.

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