Condenan al SERIS a indemnizar a una sanitaria por la agresión de un paciente en el Hospital San Pedro

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Logroño ha estimado íntegramente el recurso presentado en representación de una trabajadora del Servicio Riojano de Salud (SERIS), obligando a la Administración a indemnizarla por los daños materiales sufridos tras la agresión de un paciente en el Hospital San Pedro.

Según ha explicaod CSIF, representante de la trabajadora, los hechos se produjeron el 10 de abril de 2026, cuando la trabajadora, Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE) de la Unidad de Salud Mental Infantojuvenil, se dirigía a su puesto de trabajo y fue abordada por un paciente ingresado en la planta de Psiquiatría, que le arrancó y rompió la montura de las gafas.

A pesar de que la trabajadora presentó la correspondiente reclamación y acreditó los daños mediante fotografías y factura, la Administración riojana rechazó inicialmente su petición de indemnización, argumentando que los desperfectos habían sido ocasionados por un tercero y que, por tanto, no existía responsabilidad del Servicio Riojano de Salud. Sin embargo, la sentencia desmonta este argumento y considera que el paciente causante de los daños no era una persona ajena a la Administración, sino alguien ingresado en las dependencias hospitalarias y que se encontraba bajo la atención y asistencia del servicio sanitario público.

El fallo judicial establece que la Administración debe asumir directamente el pago de los daños materiales sufridos por su personal en el ejercicio de su actividad profesional, sin perjuicio de que posteriormente pueda reclamar el importe al responsable material de los hechos. De esta manera, el juzgado reconoce el derecho de la trabajadora a percibir una indemnización de 159 euros, más la correspondiente actualización y los intereses legales, y condena además a la Administración al pago de las costas procesales.

La resolución también considera acreditado que el incidente ocurrió cuando la profesional se dirigía a su unidad de destino, dentro de su jornada laboral, y subraya que no existía constancia de que hubiera provocado el altercado ni de que hubiera incumplido protocolo o recomendación alguna.

CSIF valora muy positivamente esta sentencia porque supone un respaldo a los derechos de los trabajadores sanitarios y refuerza el principio de que ningún profesional debe asumir personalmente las consecuencias económicas de los daños sufridos durante el desempeño de su actividad laboral.

CSIF considera “vergonzoso” que los trabajadores tengan que acudir a los Tribunales para que la Administración cumpla con su obligación de protegerles, ofrecerles respaldo y garantizar que no queden desamparados cuando sufren situaciones de violencia o agresiones en sus centros de trabajo. “Es una nueva vuelta de tuerca al maltrato que sufren los profesionales de la sanidad riojana, a parte de la ansiedad y el mal trago que viven en el momento de la agresión, se le suma el tener que lidiar y recurrir a la justicia para que la Administración les proteja y asuman las responsabilidades que les corresponden”, concluyen.