El TSJC admite a trámite el recurso de los trabajadores de Endesa en la Isla

El recurso interpuesto por Comisiones Obreras se apoya en la normativa laboral y en la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo que vienen a reconocer la validez del procedimiento seguido en la demanda por los trabajadores.

El Hierro Ahora

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el sindicato Comisiones Obreras (CCOO) contra la sentencia que desestima la demanda de los 18 trabajadores de Operación de Endesa en El Hierro.

Una vez recibida la sentencia desestimatoria, CCOO la puso en conocimiento de los trabajadores y solicitó un análisis a los servicios jurídicos, que decidieron recurrir y esperan que haya una resolución en el próximo trimestre.

La demanda se basaba en la reclamación salarial de la totalidad de la plantilla de Operación por las funciones de superior categoría que estos trabajadores herreños realizan desde la entrada en funcionamiento de la central hidroeólica de Gorona del Viento en junio de 2015.

CCOO considera curioso que “la sentencia de la magistrada del Juzgado de lo Social Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife se centrara en argumentar que si la central de Llanos Blancos está calificada como central tipo C, sus trabajadores no tienen derecho a la reclamación, pues el convenio de Endesa impone que su categoría como Nivel Competencial 4 es la única posible”.

“Es significativo --añaden-- que la sentencia no haga mención de la central hidroeólica de Gorona del Viento”.

Así, en la sentencia, la jueza ignora por completo la existencia de los trabajos que estos trabajadores realizan en la otra central, Gorona del Viento, “cuestión que quedó claramente documentada en el juicio, desvirtuando todo el sentido de la demanda”.

Testigo cuestionado

A CCOO le resulta igualmente grave que la magistrada admitiera como testigo de la dirección al responsable de la central de Endesa, Juan Luis Padrón, “cuando en el juicio se demostró que forma parte del Consejero de Administración de Gorona del Viento y, por lo tanto, representa objetivamente los intereses de la parte demandada, lo que lo anularía como testigo”.

El recurso interpuesto por Comisiones Obreras se apoya en la normativa laboral y en la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo que vienen a reconocer la validez del procedimiento seguido en la demanda por los trabajadores.

CCOO espera ahora que los jueces del TSJC sepan situar las claves del caso y den la razón a los que, por justicia, la tienen: los trabajadores herreños, que son quienes padecen la actual situación.

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