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Las detenciones de migrantes sin techo que acabaron en deportación: “De la calle a Marruecos”

Un hombre migrante en situación de calle pasea por las calles de Las Palmas de Gran Canaria con sus pertenencias a cuestas

Iván Alejandro Hernández / Natalia G. Vargas

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Furgones de la Policía Nacional rondaban la parroquia de San Pedro el pasado 2 de marzo. En el interior, al menos medio centenar de migrantes en situación de calle almorzó gracias a la solidaridad de Jorge Hernández, el cura responsable del recinto, de la plataforma Somos red y de los vecinos y vecinas del barrio de La Isleta, en Las Palmas de Gran Canaria. Al salir, mientras decidían dónde pasar la noche con sus mantas y sacos a cuestas, fueron sorprendidos por los agentes. Los retiraron a un lugar apartado y les pidieron la documentación sin permitir que nadie se acercara, durante un despliegue que duró aproximadamente una hora y en el que también solicitaron la identificación a las personas que grababan lo que ocurría.

Solo uno de los migrantes fue detenido y trasladado a la comisaría, quedando en libertad pocas horas después. Unos días antes, un episodio similar tuvo lugar en una playa de la capital grancanaria. Naim* pasó la noche bajo una montaña escarpada tras salir del campamento para migrantes Canarias 50. A la mañana siguiente, la Policía acudió a la zona y se llevaron a seis personas hasta la comisaría de la Jefatura Superior de Policía de Canarias. 

Entre ellos estaba Naim, que pocas horas después regresó por sus propios medios a la parroquia. “Me metieron en un calabozo durante una hora, pero me dijeron que me iban a dejar libre y me abrieron la puerta”, recuerda este joven marroquí de 26 años que llegó a Gran Canaria en noviembre atravesando la ruta atlántica desde Dajla. Agotado tras apenas haber dormido, reconoció estar “acostumbrado” a este tipo de situaciones y dice que no le dieron ningún papel que acreditara el motivo por el que fue llevado a dependencias policiales, como exige la Ley 4/2015 de protección de la Seguridad Ciudadana. Ibrahim*, otra de las personas trasladada a dependencias policiales en los últimos días que dejaron en libertad, muestra el volante en el que se justificaba su detención, donde se refleja que el objetivo era “prevenir la comisión de un delito”. 

La normativa fija que los agentes podrán solicitar la identificación a una persona en la vía pública en caso de que tengan constancia de una infracción o para prevenir un delito. Si bien, la circular de la Dirección General de la Policía 2/2012 establece “la improcedencia de trasladar a dependencias policiales” una vez se ha acreditado la identificación y se ha aportado un domicilio susceptible de comprobarse “por el mero hecho de constatar su residencia irregular”.

Para que una persona migrante pueda ser llevada a comisaría, además de los dos supuestos contemplados, una vez se ha facilitado la documentación, se debe dar la circunstancia de la imposibilidad de acreditar la identificación, o bien por la negativa de la persona a la que se le ha solicitado o porque carece de la misma. Solo se podrá permanecer hasta un máximo de 6 horas para practicar esta diligencia. Si son puestos en libertad, la Policía tiene que expedir a su salida un volante acreditativo del tiempo de permanencia en comisaría, la causa y la identidad de los agentes que intervinieron. 

“Los migrantes deben ir con mucho cuidado para no incurrir en ningún tipo de infracción, como no atravesar una calzada donde no haya un paso de peatones. En el momento en el que cometan una, ya hay una justificación para pedir el carnet de identidad y ahí se puede desarrollar el acuerdo de devolución”, explica el abogado especializado en extranjería Daniel Arencibia. El Ministerio del Interior ha negado que la Policía Nacional tenga instrucciones de detener a personas migrantes, como reconociera la Dirección General de la Policía en 2009, cuando corroboraron la existencia de una orden para detener a extranjeros irregulares en Madrid.

“Puede tener que acreditar si una persona está de forma regular en España; dependiendo del procedimiento, puede llevarles a comisaría para comprobar su filiación”, señala Interior, después de que la Delegación del Gobierno en Canarias no contestara a las preguntas de esta redacción. La Policía Nacional añade que “no se están identificando a todos los migrantes que están en la ciudad” y añade que a algunos se les identifica y detiene, “tanto por un delito que puedan cometer como por infracciones a la Ley de Extranjería; si tiene una orden de devolución vigente y se puede proceder a ejecutarla, se ejecuta”. 

De la comisaría a Marruecos

Tras pasar por comisaría, algunos son liberados. Otros, terminan deportados. Es el caso de cuatro migrantes que han hablado con esta redacción desde Marruecos después de su expulsión. El pasado 23 de febrero, cerca de sesenta jóvenes decidieron abandonar un centro de acogida ubicado en Tunte (San Bartolomé de Tirajana) porque “las condiciones no eran buenas”. Allí convivieron cien personas después de que el complejo turístico en el que fueron alojados dejara de funcionar como recurso de emergencia. “Estaba lejos de la ciudad. No había supermercado ni lugar donde poder sacar el dinero que nos enviaban”, cuenta Khalil*. Cogieron sus pertenencias y comenzaron a andar por la carretera hacia el hotel en el que habían sido alojados tras llegar en patera a la isla porque allí “no habían tenido problemas”. 

De pronto, les sorprendió la Policía Nacional. Fueron detenidos y algunos, trasladados a la Jefatura Superior de la Policía de Canarias, en la capital grancanaria, y otros a las dependencias de San Bartolomé de Tirajana. Los que tenían pendiente una visita como solicitantes de asilo fueron liberados. Este grupo, conformado por cerca de una veintena de personas, se ha ido esparciendo por las calles de la isla.

Cuando se tuvo noticias de los demás, ya estaban en Marruecos. “Estuvimos en la comisaría tres días. En un sitio sin luz, donde nos daban de comer solo algunos zumos y galletas”, relata Said. El jueves por la tarde, esposados, fueron trasladados al aeropuerto de Gran Canaria para entrar en un vuelo de deportación con destino a El Aaiún. Said, que creció en El Borouj - una región de Marruecos donde buena parte de la población ha probado suerte en Europa-, revela que se sintió humillado en el aeropuerto de Gran Canaria. “No entendía bien lo que decían los agentes, pero notaba que no querían estar con nosotros”. También describe una actitud “poco humana” dentro del avión, donde solo había “deportados y policías”. “Estaba sentado y tenía hambre. Quería comerme una galleta que me había guardado y me la quitaron de la boca, diciéndome que no me podía quitar la mascarilla. Tampoco nos dieron agua”. 

En este mismo vuelo iba Ahmed, de 22 años. Algunas de las personas que conoció en Gran Canaria dejaron de tener noticias de él el martes por la tarde, cuando entró en comisaría. La siguiente noticia que tuvieron de Ahmed llegó tres días más tarde. “Estoy en Marruecos”. Pasó más de doce horas en una guagua que le trasladó desde El Aaiún hasta su región, Beni Melal. Cuando llegó a casa, le esperaba su madre. “Se alegró de verme, pero si fuera por mí, volvería a Canarias esta misma tarde”, cuenta. La reacción de la familia de Hamza, de 23 años, fue muy diferente. “Estoy muy triste y mi familia está muy triste. Quiero volver a España, pero legalmente. Quiero conseguir un visado para ir a trabajar. Si me quedo aquí, me suicidaré”. 

Los cuatro aseguran que se les practicó una prueba PCR antes de partir. Esta es una de las condiciones del acuerdo de readmisión alcanzado entre España y Marruecos en los últimos meses de 2020. Ninguno de ellos pasó por el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Barranco Seco. El juez de control del establecimiento, Arcadio Díaz Tejera, aclara que, “si en algún momento hay un avión que tenga plazas y la orden de devolución es firme, no hay que pasar por el CIE porque la orden de devolución ya está firmada por la Policía y el abogado, con intérprete”.

La orden de devolución 

Cuando una persona que ha atravesado la ruta atlántica llega a Canarias, durante las primeras 72 horas la Policía Nacional realiza un procedimiento en el que recaba sus datos y, al hallarse en una situación administrativa irregular, tramita un expediente de expulsión. En ese proceso, la persona extranjera puede manifestar su intención de solicitar asilo a través de un abogado de oficio e impedir su expulsión. 

Sin embargo, el Defensor del Pueblo ha constatado que los letrados “no siempre hacen el debido seguimiento”, en ocasiones, “ante la imposibilidad de mantener una conversación privada con su cliente, con asistencia de intérprete” en situaciones sucedidas, sobre todo, cuando la dársena del muelle de Arguineguín fue el escenario en el que se llevaba a cabo el procedimiento y estuvieron hacinadas más de 2.000 personas. Ante estas circunstancias, “se limitan a convalidar con su firma la resolución de devolución”, según refleja en su extenso informe La migración en Canarias.

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) explica que, tras el desmantelamiento del campamento de Arguineguín, las órdenes de devolución se tramitan en el Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE) de Barranco Seco. “Se les identifica, se les hace un expediente de devolución y, si en esas 72 horas no se puede proceder a la devolución, quedan en libertad”. En este último caso, el SUP asegura que “cuando se pueda, se localiza y se expulsa a los que se pueda deportar, es decir, a quienes no son solicitantes de asilo”. 

Díaz Tejera explica que “no siempre una orden de devolución, aunque esté firme, puede ser ejecutada de forma inmediata”, porque “no hay un avión esperando para devolver a las personas expulsables”. Además, el cierre de fronteras que acarreó la pandemia de coronavirus también impidió ejecutar las expulsiones. “La policía pide el internamiento en un centro de internamiento de extranjeros porque en un plazo de 72 horas no consigue plaza en un vuelo al país de origen”, entonces un magistrado ordena el ingreso como medida cautelar, estableciendo un plazo de 60 días máximo de estancia hasta ejecutar la deportación. Hasta el pasado 3 de marzo había 69 personas en el CIE de Barranco Seco (Gran Canaria), según el juez Díaz Tejera. La mayoría es de nacionalidad marroquí, salvo tres senegaleses. La capacidad máxima del recinto es de 112 personas, pero el juez de control ha decretado que no puede haber más de 70 para evitar “el contagio masivo”. 

El número de ciudadanos marroquíes en el CIE aumentó cuando se aceleraron las deportaciones a Marruecos después de meses de limitaciones. En algunos escritos enviados por la Policía Nacional a los juzgados de instrucción de Las Palmas para conseguir el internamiento de los extranjeros, la Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones (UCER) vinculó la inmigración con la delincuencia. “Los inmigrantes que quedan en libertad y no disponen de recursos acaban delinquiendo para subsistir”, argumentó la UCER en un auto de internamiento al que tuvo acceso elDiario.es.

El juez explica que solo las personas internadas en un CIE tienen limitada la libertad deambulatoria. “El movimiento de personas dentro de España es responsabilidad del Gobierno central”, señala. Y en este punto recuerda que en el aeropuerto de Gran Canaria hay policías que, antes de pasar el control de embarque para salir, piden la documentación y el billete. “Explican que es para informar sobre el coronavirus, pero para eso no hace falta que sean agentes de la autoridad. Lo que están haciendo es intentar que los marroquíes, senegaleses y mauritanos no salgan de Canarias y que de las Islas sean deportados a sus países de origen. A los que son migrantes los separan y con el argumento de que van a comprobar su identidad, a dónde van… pierden el avión. Los retienen hasta seis horas”, relata.

Arencibia corrobora este punto y añade que no solo son retenidos. Desde puertos o aeropuertos a los que acuden con intención de viajar a península, también “los llevan detenidos para expulsarlos con la excusa del coronavirus”. Según el abogado, los migrantes están “en una especie de centro de internamiento de extranjeros geográfico en la isla”, donde la limitación a la libertad de movimiento aplicada al recinto se extrapola al territorio con el mismo fin que el establecido en la normativa para el establecimiento de Barranco Seco y Hora Fría (ubicado en Tenerife): la deportación.

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