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Absuelven al denunciante de la trama eólica y condenan a Soria a las costas

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Santa Cruz de Tenerife, Mercedes Ortiz, ha absuelto a uno de los denunciantes de la trama eólica, Francisco Cabrera, de los delitos de injurias y calumnias por los que le denunció el vicepresidente de Gobierno, José Manuel Soria. La juez ha condenado al denunciante al pago de las costas judiciales.

La denuncia fue interpuesta por Soria en la Jefatura Superior de Policía de Las Palmas de Gran Canaria al día siguiente de que Cabrera compareciera en la comisión de investigación de la trama eólica constituida en el Parlamento de Canarias. En esa sesión, en la que intervino Soria como portavoz del PP, partido del que es presidente regional, Cabrera relató cómo descubrió en 2004 que se estaba tratando de favorecer desde la Autoridad Portuaria de Las Palmas a una empresa cuyos propietarios eran a su vez los titulares de un chalet en el que el dirigente político residió como “inquilino preferenciado”.

El compareciente relacionó ese trato de favor hacia la empresa Promotora de Recursos Eólicos con la amistad de Larry Álvarez, entonces número dos del PP, con el abogado Alfredo Briganty, secretario del consejo de administración de la compañía y hoy procesado por varios delitos en relación con el caso Eolo.

Igualmente, relató cómo los hermanos Esquivel, dueños de Promotora de Recursos Eólicos y del chalet donde vivió Soria sin pagar alquiler, fueron de viaje a la fábrica alemana de turbinas eólicas Enercon junto a Luis Soria, hermano de José Manuel, y a la sazón consejero de Industria del Gobierno de Canarias cuando se convocó el fallido concurso eólico que dio lugar a una investigación penal (caso Eolo) y a la comisión parlamentaria donde Cabrera compareció.

La magistrada no aprecia el delito de calumnias en lo dicho por Cabrera ante la comisión parlamentaria, a pesar de que pudiera haber acusado a Soria de “la comisión de tres posibles delitos: tráfico de influencias, cohecho y prevaricación”. No cree que el acusado haya atribuido al vicepresidente del Gobierno los dos primeros, y descarta el de prevaricación “porque el señor Soria no podría cometerlo porque como presidente del Cabildo carecía de competencia para la adjudicación” del concurso eólico.

Además, en la sentencia se recuerda que Francisco Cabrera acudió a la comisión de investigación del Parlamento obligado por la ley, sin ánimo de calumniar, “máxime cuando las afirmaciones que realizó en la comparecencia tienen un apoyo documental, obrante en la documentación remitida por el Parlamento de Canarias”.

La juez ha condenado a José Manuel Soria a pagar las costas judiciales por haber mantenido la acusación contra Cabrera, a pesar de que el Ministerio Fiscal pidió siempre el archivo y, en el juicio oral, la libre absolución del acusado. Según la sentencia, la acusación del vicepresidente obligó “al acusado a defenderse de una acción penal y civil infundada, sometiéndolo no sólo a la incertidumbre y a la angustia de ser acusado en un proceso penal y a una reclamación económica importante, sino también a una serie de gastos que no es justo que corran por su cuenta”.

Soria interesó una pena de dos años de prisión y catorce meses de multa, a razón de 60 euros diarios, además de una indemnización para él de 750.000 euros.

(Lea aquí la sentencia)

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