Dudas sobre el reparto de fondos estatales
La Audiencia de Cuentas de Canarias considera que los criterios de reparto autonómico de los fondos estatales incumplen los principios de equidad, suficiencia y solidaridad con el archipiélago, lo que se traduce en una pérdida de calidad de la prestación de los servicios básicos.
Esta es una de las conclusiones de un informe sobre las fuentes de financiación de la Comunidad Autónoma de Canarias en 2011, presentado en comisión parlamentaria por el presidente de la Audiencia, Rafael Díaz, informó este organismo en un comunicado.
Según la Audiencia, es necesaria una ley de financiación más transparente que permita conocer el reparto entre comunidades autónomas antes de comprometer los gastos.
El informe señala que las políticas de gasto más importantes para la administración autonómica canaria son las destinadas a prestar servicios fundamentales, como sanidad, educación y acción social, que concentran el 70 por ciento del gasto.
El Estado debe garantizar la financiación del nivel mínimo de estos servicios básicos, pero en el caso de Canarias la Audiencia considera que los recursos provenientes del sistema de financiación actual, en vigor desde 2009, no fueron suficientes para cubrir el coste en los ejercicios 2009 y 2010.
“En el ejercicio 2010, aunque Canarias mejoró respecto al ejercicio anterior, situándose en la quinta posición más alejada de la media española, la brecha deficitaria en la financiación per cápita se incrementó debido, en parte, al recorte estatal de gastos”, indica la Audiencia.
Este déficit de financiación, continúa la Audiencia de Cuentas, se ha tenido que cubrir en las islas restando recursos de otras partidas o compensándolo con deuda, en detrimento de otros servicios.
Por tanto, la Audiencia considera necesario “que se lleve a cabo una revisión del sistema para evitar incrementar aún más la brecha de financiación per cápita existente entre las regiones mejor y peor financiadas”.
El déficit de financiación estatal en Canarias, de acuerdo con este informe de la Audiencia de Cuentas, se vincula con un mayor gasto por habitante, originado en parte por el hecho insular.
“Aunque esto se tiene en cuenta para el cálculo de la financiación que corresponde a Canarias, su ponderación no es suficiente, al no garantizar la igualdad de la prestación de estos servicios para todos los ciudadanos españoles”, agrega la Audiencia de Cuentas.
Además, las necesidades globales “no se han estimado sobre un análisis del coste real de los servicios en cada región, sino que se ha basado en el cálculo realizado en el momento del traspaso de las competencias del Estado, sin considerar que las regiones no partían del mismo nivel de prestación de servicios”.
También se ha mantenimiento la situación del sistema de financiación anterior, “con la finalidad de que las comunidades no se vieran perjudicadas con la aplicación del nuevo modelo aprobado en 2009”.
Para la Audiencia de Cuentas esta situación podría haberse paliado si Canarias no hubiese tenido que compensar al Estado con recursos del Régimen Económico y Fiscal (REF), por un lado, mediante la compensación del antiguo impuesto IGTE, inexistente desde 1991, y por otro, al computar en uno de los fondos del sistema el denominado Fondo de Competitividad.
“Es preciso rediseñar el cálculo de las necesidades globales de financiación de la Comunidad Autónoma para conseguir un sistema homogéneo en términos de coste mínimo o medio, de tal forma que en todas las comunidades se pudieran proveer los servicios con un estándar de calidad similar, debiendo tenerse en cuenta al establecerse su cuantía los sobrecostes de la insularidad y la ultraperificidad que afectan a Canarias”, concluye la Audiencia de Cuentas.
Además, se recomienda valorar la supresión de los recursos del REF en el cálculo del reparto del fondo de competitividad, instaurar un sistema de evaluación de políticas que detecte las ineficacias o ineficiencias en la prestación de los servicios públicos fundamentales y efectuar una revisión del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común con efectos de 1 de enero de 2014.