Francisco Cabrera recusa a los magistrados de la Sala de lo Penal
recurso de súplicaauto de la Sala de lo Penalarchivó su denuncia
En el escrito de súplica los letrados de Cabrera -Pedro Limiñana y José Manuel Rivero- aluden a la nulidad de “pleno derecho” del auto emitido por la Sala de lo Penal la pasada semana. Citan como argumento el artículo 3 de la Ley de Ordenamiento del Poder Judicial, que trata de la omisión de normas esenciales en el procedimiento por parte de los magistrados -Antonio Castro, Margarita Varona y Carla Bellini-.
Estos tres representantes del Alto Tribunal canario se convirtieron, según el auto, “en instructor y enjuiciador a la vez”, por lo que el recurso señala que para respetar la Constitución Española en lo tocante a la imparcialidad en los procesos judiciales, “la instrucción y enjuiciamiento, si se estimara el presente recurso, tendría que corresponder a otros magistrados”, con el fin de que éstos “no estuviesen contaminados”, es decir, no fueran quienes decidieron el archivo la pasada semana. Lo curioso es que deben los propios Castro, Bellini y Varona quienes decidan si se inhiben en favor de otros funcionarios de su rango.
Según lo recogido en el escrito de súplica, los magistrados deberían haber nombrado un instructor de entre ellos y luego ser el conjunto de los tres quienes enjuiciaran los hechos según el trabajo de recopilación de pruebas realizado por el instructor.
Los abogados de Cabrera señalan, además, que la indefensión de su representado ha quedado clara en tanto que no ha sido llamado ni para ratificarse en su denuncia, “sobre todo cuando el auto recurrido hace un juicio de valor sobre la contundencia” empleada por Cabrera en su denuncia por la presunta falsedad de Soria.
José Manuel Soria afirmó en la comisión de investigación eólica seguida en la Cámara regional, que no estuvo presente cuando se trató, en el Consejo de la Autoridad Portuaria celebrado el 10 de enero de 2005, la adjudicación de suelo en Arinaga a la empresa Promotora de Recursos Eólicos, propiedad de José Ignacio Esquível, uno de los actores imputados en la trama eólica y hermano de Javier Esquível, quien tenía arrendada una vivienda de gama alta a la familia Soria; sin asentar en el balance de la empresa propietaria de dicho inmueble -Atlantic Building- pago alguno por el alquiler. Sí aparecieron, escritos de puño y letra por la cónyuge del segundo de los Esquível, unos recibos al estilo de los que se emplean para repartir participaciones de lotería. Ella misma señaló que era la esposa de Soria, María del Carmen Benítez, quien supuestamente le entregaba en un sobre el dinero pactado por el alquiler, es decir, no existe movimiento bancario que lo constate.
Las facilidades que se intentaron dar a Promotora de Recursos Eólicos para su ubicación en el que los técnicos estiman como uno de los mejores campos de viento de Europa -Arinaga-, habrían supuesto a dicha sociedad beneficios millonarios.
En el recurso de súplica se incluye también una grabación en la que el alcalde de Agüimes, Antonio Morales -entonces miembro del Consejo de la Autoridad Portuaria-, reconoce que Soria no se había ausentado cuando se trató el asunto que beneficiaba a los Esquível. Además se pide que se escuche a todos los consejeros que participaron en dicha reunión. El auto de archivo consideró inexacta y posterior el acta oficial del Puerto.