El MARM da el visto bueno al proyecto de mejora de la Dársena de Pesca del Puerto de Tenerife sin evaluación de impacto

Gobierno de Canarias “recomienda” el estudio y recuerda que hay un procedimiento abierto por un presunto delito sobre la ZEC de San Andrés

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 19 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino ha dado el visto bueno al proyecto de mejora de la Dársena de Pesca del Puerto de Tenerife sin que sea necesario hacer un estudio de impacto ambiental.

El proyecto, según se ha publicado la pasada semana en el Boletín Oficial del Estado, pretende mejorar la capacidad de las instalaciones de varada de la dársena “ya que los muros del muelle existente actualmente son de construcción antigua y su estabilidad frente a las nuevas cargas resulta dudosa”.

Las actuaciones consisten principalmente en la ejecución de dos travel lift de 400 y 60 toneladas de capacidad que se construirán en tiempos diferenciados, pero que conllevará, entre otros, la demolición del foso actual y para lo que será necesario operaciones de dragado, drenaje y canalizaciones, entre otras.

En este sentido, y según las administraciones consultadas, la proximidad de la dársena con la proximidad de la Zona de Especial Conservación de San Andrés, la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias así como la Zona de Especial Protección de las Aves de Anaga se recomienda evitar obras en periodos de reproducción.

Esta ha manifestado también que se ha abierto un procedimiento por una presunta comisión de delito contra los recursos naturales y el medio ambiente en relación con la ampliación de la explanada.

El Ministerio en este sentido ha respondido que las obras se desarrollan en un entorno entropizado. Pide que se tomen medidas en los momentos de presencia en las zona marítima de aves pero que las obras no están en la zona ZEC sino en una explanada ganada al mar, “por lo que consecuentemente no conserva ninguno de los hábitats ni especies que motivaron la declaración de esta ZEC”.

El resto de repercusiones, según expone el BOE tienen efectos “que pueden ser considerado de efecto mínimo y temporal”, para proponer un Plan de Vigilancia Ambiental durante las obras así como una serie de medidas en su ejecución, así como un Plan de Gestión Ambiental durante la fase de explotación.

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