El 012 devuelve la llamada

El Servicio de Atención Telefónica 012 del Gobierno de Canarias, que atiende una media diaria de 31.000 llamadas, incorporará como novedad el compromiso de devolver las llamadas a los ciudadanos en un plazo máximo de tres días, cuando no se disponga de la información solicitada.

Así consta en la nueva carta de servicios del 012, en la que se incluye el compromiso de responder siempre a la solicitud de información general relativa a programas públicos, consultas, dudas, proyectos o actuaciones que los ciudadanos se propongan realizar ante la Administración Pública del Gobierno de Canarias.

Si por alguna causa, en el momento de la llamada no se dispusiera de la información demandada, se llamará al solicitante y se comprometerá a ofrecérsela lo antes posible, en un plazo máximo de 3 días hábiles, según recoge el citado documento, indica en un comunicado la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.

La Carta de Servicios, publicada en el Boletín Oficial de Canarias, relaciona los servicios que se ofrecen al ciudadano desde el 012, los compromisos que se adquieren así como el cumplimiento de indicadores de calidad vinculados a los tiempos de espera de todas las llamadas recibidas o el porcentaje de llamadas atendidas en el primer intento, entre otros.

También se recuerda que desde el 012 se ofrecen dos tipos de servicios, los de información general y especializada relativa al Gobierno de Canarias, y los de concertación de citas previas y realización de trámites administrativos vía telefónica.

En el ámbito de las citas previas, hay que destacar las relativas al Servicio Canario de Salud, empleo y registro de asociaciones y parejas de hecho, entre otras.

Las Cartas de Servicios son documentos que tienen por objetivo informar al ciudadano acerca de las cualidades con que se proveen las prestaciones y servicios públicos, y su finalidad es facilitar a los ciudadanos el ejercicio efectivo de sus derechos.

También se pretende fomentar la mejora continua de la calidad y hacer explícita la responsabilidad de los gestores respecto a la satisfacción de los ciudadanos y ante los órganos superiores de la Administración u organización a que se refieren.

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