Los seísmos de Lorca se cobran la demolición de 18 inmuebles y habrá más
MURCIA, 3 (EUROPA PRESS)
El alcalde de Lorca, Francisco Jódar, ha precisado que una vez se cumplen tres semanas de los terremotos que asolaron la localidad “se han demolido ya 18 inmuebles”, aunque ha advertido que “vendrán más”.
Por ello, Jódar ha resaltado la necesidad de que “no se corran riesgos, de forma que todos aquellos edificios en los que no exista una certeza absoluta de que se puede reparar la estructura habría que ir a la demolición y con las ayudas públicas, a la reconstrucción de los mismos”.
En esta misma línea, ha hecho un llamamiento a la población para que realicen la petición de ayudas, ya que “empezó con mucha fuerza y ahora parece ser que se está relajando un poco”.
Así, le ha transmitido a los afectados el mensaje de que “acudan a las oficinas que están abiertas tanto en el Centro de Desarrollo Local como en el Centro Cultural de la ciudad a formalizar las peticiones de ayuda”.
Y es que, ha apuntado, “parece ser que hay información que puede distorsionar un poco, consistente en que hay que esperar a que los edificios se asienten para poder repararlos y esto puede ser verdad pero no impide en nada que la gente presente sus solicitudes de ayudas”.
Al hilo, ha subrayado que estas ayudas comenzarán a pagarse “en el momento en que los expedientes empiecen a resolverse”, tras lo que ha avanzado que previsiblemente la próxima semana “comiencen a pagarse las ayudas públicas, al margen de los pagos que ya se están empezando a hacer por parte del Consorcio de Compensación de Seguros, que va por otra vía”.
El plazo de presentación de documentación finaliza el 18 de junio y en la actualidad hay horas libres para citas en los dos puntos con un total de 35 puestos en los que se gestionan, ubicados en el Centro de Desarrollo Local y el Centro Cultural.
Del mismo modo, en estos mismos puntos se pueden solicitar ya las ayudas de alquiler y reposición de enseres de primera necesidad, para facilitar y agilizar su retorno a la normalidad. Hasta el momento, sólo se han presentado de este tipo de solicitudes poco más de 150, por lo que el Consistorio ha invitado a los lorquinos que tienen su vivienda inhabitable (color amarillo o rojo) a que preparen toda la documentación y realicen este trámite que les permitirá alojarse en una vivienda en alquiler.
Estos puntos tienen un horario ininterrumpido de lunes a sábado de 9.00 a 20.0:00 horas, pero es necesario solicitar la cita previa en la web 'www.lorca.es' y el teléfono '900 11 78 16'. Los formularios de solicitud y listado de documentos requeridos se pueden descargar de esta web municipal o recoger en los puntos de gestión de ayudas.
REQUISITOS PARA ACOGERSE A LAS AYUDAS
Según el Real Decreto, para acogerse a las ayudas para la reparación y reconstrucción, los beneficiarios deberán ser propietarios, usufructuarios o arrendatarios de una vivienda afectada en el municipio de Lorca y que la vivienda siniestrada constituya el domicilio habitual o permanente del propietario, usufructuario o arrendatario con contrato de arrendamiento.
Además, serán perceptores de las ayudas los propietarios de las viviendas y, en el caso de las Comunidades de Propietarios, el representante legal de las mismas.
Los documentos que deben acompañar a la solicitud de ayudas a la reconstrucción son fotocopia del DNI/CIF del solicitante; escritura pública, certificación registral, nota simple, documento privado, recibo del impuesto sobre bienes inmuebles, u otro medio probatorio del cumplimiento de los requisitos; y contrato de arrendamiento, en su caso.
Por su parte las comunidades de propietarios deberán aportar un acta de la junta de propietarios o certificado del administrador en el que se refleje el acuerdo de la comunidad para ejecutar las obras, facultando al representante para solicitar las ayudas correspondientes, en el caso de que los daños a reparar se hayan producido en elementos comunes en edificios de uso predominadamente residencial.
Por último, se deberá adjuntar una declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social así como que el inmueble constituye domicilio habitual del solicitante.
Por otro lado, para solicitar las ayudas para la reposición de enseres de primera necesidad en la vivienda habitual siniestrada por el terremoto que hubieran sufrido daños o destrucción.
La documentación a presentar en este caso es la solicitud en modelo normalizado, la Declaración responsable en modelo normalizado, las facturas que acrediten el gasto realizado para reponer los enseres de primera necesidad, la fotocopia del DNI / NIF / NIE del solicitante y la fotocopia de la cuenta bancaria donde consten los 20 dígitos (código cuenta cliente).
Por su parte, los requisitos que se deben cumplir para las ayudas para el alquiler de viviendas de propietarios y arrendatarios de viviendas demolidas o destruidas o que precisen ser reparadas o rehabilitadas, cuando la ejecución de estas obras exija su desalojo son tener residencia en el municipio de Lorca y ser propietario o arrendatario de vivienda siniestrada por el terremoto y que dicha vivienda constituya el domicilio habitual del propietario o arrendatario.
La documentación a presentar en el caso de propietarios son la solicitud en modelo normalizado, la declaración responsable en modelo normalizado, fotocopia del DNI/NIF/NIE del solicitante; escritura pública, certificación registral, nota simple, documento privado, o recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI urbana, que se facilita en las mismas oficinas de presentación de solicitudes) u otro medio probatorio admitido en derecho, acreditativo de la condición de propietario de la vivienda siniestrada, salvo que ya conste en el expediente de ayuda para rehabilitación o construcción.
También deberán presentar un nuevo contrato de arrendamiento de la vivienda de realojo en el que conste la superficie útil y el precio o renta del alquiler mensual; la fotocopia del DNI/NIF/NIE del arrendador de la vivienda de realojo; y la fotocopia de la cuenta bancaria donde consten los 20 dígitos (código cuenta cliente).
En el caso de arrendatarios deberán presentar la Solicitud en modelo normalizado, la Declaración responsable en modelo normalizado, la fotocopia del DNI/NIF/NIE del solicitante, Contrato de arrendamiento de la vivienda siniestrada, anterior al 11-05-2011 y nuevo contrato de arrendamiento de la vivienda de realojo en el que conste la superficie útil y el precio o renta del alquiler mensual, además de la Fotocopia del DNI/NIF/NIE del arrendador de la vivienda de realojo y la fotocopia de la cuenta bancaria donde consten los 20 dígitos (código cuenta cliente).