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Canarias remite a la Fiscalía del Estado dos casos de abusos sexuales en la iglesia, uno ya juzgado y recurrido

Seminario de La Laguna.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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La Fiscalía Superior de Canarias ha comunicado a la del Estado la existencia de dos procedimientos penales en tramitación sobre presuntos delitos de abusos o agresiones sexuales a menores en el seno de la iglesia, ambos en la provincia de Santa Cruz de Tenerife. En uno de estos casos ya ha recaído, incluso, una sentencia condenatoria contra el acusado, un ex “ayudante de disciplina” del Seminario Menor ubicado en el municipio de San Cristóbal de La Laguna. Esa resolución, que impone al procesado una pena de dos años de cárcel, no es firme, se encuentra recurrida, por lo que ha sido incorporada al informe remitido desde el Archipiélago, al permanecer abierto el proceso judicial.

La Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife mantiene abiertas, además, unas diligencias de investigación por otro presunto caso de pederastia en una organización religiosa, aunque aún se encuentran en una fase “muy inicial”, informan fuentes oficiales del Ministerio Público.  

La Fiscalía General del Estado (FGE) emitió el pasado 31 de enero un oficio que ordenaba a las fiscalías provinciales y de área recopilar las denuncias o querellas sobre abusos sexuales en la iglesia que se estuvieran tramitando en sede judicial o fiscal. El objetivo es iniciar un estudio en profundidad, en todo el territorio nacional, sobre la pederastia en el seno de las congregaciones, colegios o cualquier otra institución religiosa. La FGE había marcado el 10 de febrero, es decir, este jueves, como fecha límite para que cada región entregara sus informes. 

La Fiscalía Superior de Canarias ha informado de dos casos en Santa Cruz de Tenerife y la inexistencia de procedimientos penales en tramitación por esta causa tanto en la Fiscalía Provincial de Las Palmas como en las fiscalías de área de Arrecife y Puerto del Rosario. 

El Ministerio Público asumió esta investigación a gran escala después de que el diario El País entregase al papa Francisco y al presidente de la Conferencia Episcopal Española, Juan José Omella, un dosier con 251 casos inéditos de presuntos abusos cometidos por sacerdotes, religiosos y trabajadores seglares del ámbito religioso. El pasado 1 de febrero, un día después de que la FGE ordenase a las fiscalías de las comunidades autónomas recabar esos datos, la Mesa del Congreso de los Diputados admitía a trámite una iniciativa de Unidas Podemos, Esquerra Republicana y Bildu para crear una comisión de investigación sobre la pederastia en la iglesia. El PSOE ha propuesto que sea el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, quien lidere esta investigación y que esté apoyado por un comité independiente de expertos. 

Dos años de cárcel para un seminarista

Uno de los casos remitidos por la Fiscalía Superior de Canarias a la del Estado se refiere a unos hechos ocurridos entre 2016 y 2018 en el Seminario Diocesano de Tenerife. El encausado, nacido en 1995, cursaba sus estudios para ordenarse sacerdote en el Seminario Mayor y durante tres cursos desempeñó, además, el cargo de “distributario” en el Seminario Menor. Su función era acompañar a menores internos en la capilla, en el comedor y en el estudio y garantizar el cumplimiento de las normas y pautas de funcionamiento de la institución. 

Las diligencias penales se incoaron tras una denuncia presentada por la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife en abril de 2019 a raíz de una investigación interna del rector de esa organización religiosa que acabó con la expulsión del seminarista. Fue el polémico obispo de Tenerife, Bernardo Álvarez, el mismo que hace unos días calificó la homosexualidad de “pecado mortal” -unas palabras que recientemente ha condenado de manera unánime el Parlamento de Canarias-, quien puso los hechos en conocimiento de la justicia. 

La Fiscalía pedía para el seminarista 18 años de cárcel por tres delitos de abusos sexuales, además de la prohibición de aproximarse a sus víctimas en un radio de 500 metros en un determinado periodo de tiempo (diez, ocho o seis años, en función de la gravedad de los hechos imputados en relación a cada una de ellas); la inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, fuera remunerado o no, que conllevara el contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de seis años superior a la pena privativa de libertad, e indemnizaciones por daños morales que sumaban 65.000 euros. 

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife solo consideró acreditado uno de los tres delitos imputados al acusado, que quedó absuelto de los otros dos. Se le impuso una pena de dos años de prisión por un delito de abuso sexual, la medida de libertad vigilada durante los cinco años posteriores al periodo de privación de libertad, la inhabilitación para ejercer durante tres de esos cinco años cualquier actividad que implique un contacto con menores de edad y la prohibición de comunicarse con su víctima o de aproximarse a ella durante dos años, además de la obligación de indemnizarlo con mil euros. 

La sentencia, que ha sido recurrida al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, cuenta con un voto particular, el del presidente del órgano provincial, Joaquín Luis Astor Landete, que considera que se debía condenar al procesado por los tres delitos y no solo por uno. El resto de magistrados aplicaron el principio in dubio pro reo para las denuncias de dos de las presuntas víctimas. Es decir, absolvieron al procesado al considerar que no había pruebas suficientes para condenarlo por un delito de abusos sexuales contra esos menores. 

El caso por el que el seminarista fue condenado se remonta a los cursos 2016-2017 y 2017-2018. Cuando comenzaron a producirse los hechos, tenía 21 años. Su víctima, 13. La sentencia considera probado que, en una ocasión en la que ambos estaban de noche a solas en la lavandería del centro, el acusado cogió la mano del menor y la colocó sobre su pene erecto, por encima de la ropa. “El procesado, a la vez, intentó tocar los genitales del menor, si bien este se apartó”, recoge el fallo de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. 

Antes de ese episodio, el seminarista aprovechaba los momentos en los que ambos se encontraban a solas, como en el dormitorio de alguno de ellos o en el office, para decirle “que en el Evangelio había pasajes que defendían la homosexualidad, que la práctica homosexual era normal y buena y que en el seminario otros internos mantenían relaciones sexuales”. También considera acreditado que en octubre de 2017, cuando la víctima contaba con 14 años y con ocasión de las fiestas de El Rosario en la parroquia del barrio de Machado, acarició la espalda del menor y, al regreso al seminario, le preguntó si quería darle un beso. “Como quiera que le besó en la mejilla, el procesado le dijo yo me esperaba otra cosa”, añade la sentencia.  

Desde ese momento, comenzó a dejarle mensajes a través de notas “dentro de un libro, en mano o por debajo de la puerta”, preguntándole “si quería mantener sexo oral con él”, a lo que el menor siempre se negó. Meses después, en julio de 2018, el distributario envió al interno una foto de sus genitales, “acompañada de una insinuación para que le hiciera una felación”. 

A partir de los testimonios y elementos probatorios recabados durante ese procedimiento, la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife llegó a la conclusión de que el encartado “perseguía acercamientos de naturaleza sexual con menores internos en el seminario y que llegó a realizar actos sexuales de diversa índole con varios de ellos”. El seminarista los invitaba a su dormitorio en horas nocturnas a pesar de que estaba prohibido “con la intención de que los mismos consintieran contactos, tocamientos o incluso otros actos sexuales que implicaran acceso carnal (felaciones), animándoles en ocasiones al visionado compartido de películas pornográficas”. 

La Sala precisa que, para ello, no ejerció “violencia o intimidación”, pero sí se sirvió de su ascendente sobre los menores, del temor que les infundía por su posición de superioridad. 

Sin embargo, con respecto a las otras dos denuncias, que también recogen acusaciones de asusos, todos los magistrados, excepto el presidente de la Audiencia Provincial, albergan dudas sobre el carácter incriminatorio de las pruebas, que catalogan de “sospechas”. 

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